Atención!! Recupera todo el dinero de la cláusula suelo y ahora también los gastos de tu hipoteca y de los intereses de tu tarjeta revolving. Envíanos un email a clausulasuelo.info@gmail.com para recuperarlo.
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lunes, 10 de enero de 2022

Servicio de demandas judiciales con nuestro abogado para eliminar la cláusula suelo y recuperar todo lo pagado de más

224 comentarios
Ya hemos conseguido eliminar 5240 cláusula suelo tanto extrajudicialmente como judicialmente de usuarios de clausulasuelo.info y recuperar lo pagado de más por dichas cláusulas suelo. Por ello ofrecemos a todo el mundo la posibilidad de demandar con los abogados colaboradores de nuestra sin coste ya que la demanda judicial de momento nos ha permitido eliminar el 99,99% de las cláusulas suelo y recuperar lo pagado de más que han tramitado nuestros abogados. A día de hoy ya tenemos más de 5.000 interesados en el servicio de demandas judiciales para anular la cláusula suelo y recuperar todo lo pagado.

Además de no tener coste el proceso, para los usuarios de clausulasuelo.info se ofrece un estudio de viabilidad totalmente gratuito de manera rápida para los interesados en demandar judicialmente para asegurar el éxito total de la demanda. Además, nuestros abogados son de los mejores especialistas en cláusulas suelo de España y prueba de ello son las más de mil sentencias favorables obtenidas. Además recientemente el TJUE estableció que debe devolverse todo lo pagado de más por la cláusula suelo desde el inicio de la hipoteca por lo que ahora se puede recuperar muchísimo dinero de la cláusula suelo.

Los que estéis interesados en demandar judicialmente la eliminación de vuestra cláusula suelo, sólo tenéis que enviar un correo electrónico a demandas@clausulasuelo.info (pulsa aquí para abrir el correo)Allí os explicaremos todos los detalles y os concertaremos una cita con el abogado colaborador de manera totalmente gratuita para que revise vuestro caso y os explique la viabilidad de vuestro caso.

-Atención visita gratuita: Si queréis una visita de forma gratuita y sin compromiso para que nuestro abogado analice personalmente si la reclamación judicial de vuestra cláusula suelo es viable, podéis  enviar un correo a clausulasuelo.info@gmail.com indicando los días y horarios de vuestra preferencia así como un teléfono de contacto, y se pondrán en contacto con vosotros para concertar la cita lo antes posible (nuestros abogados tienen despacho en MadridBarcelona, Canarias, Valencia, Alicante, Bilbao, Murcia...) . En caso de que no dispongamos de un abogado en vuestra localidad el más próximo os realizará el estudio de viabilidad gratuito.


Es importante que contactéis a través del email: a clausulasuelo.info@gmail.com ya que los usuarios de la web tienen un precio muy reducido y tiene preferencia de cara a la demanda con nuestros abogados.

Nuestros abogados están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Mencionar también que aunque los despachos principales de nuestros abogados coordinadores están en Barcelona y Madrid, se realizan visitas gratuitas en varias ciudades de España y se interponen demandas para anular la cláusula suelo en toda España. Además como hemos comentado el TJUE ha establecido que se puede recuperar todo el dinero pagado de más por la cláusula suelo desde el inicio de la hipoteca, así que no dudéis en reclamar ya vuestro dinero porque es mucho dinero!

Aquí tenéis algunas de las sentencias de los casos ya resueltos anulado la cláusula suelo (el 100% de los casos resueltos) por nuestros abogados. Hemos eliminado cláusulas suelo de todos los bancos, por ejemplo hemos eliminado miles de cláusulas suelo del Banco de Sabadell, del Banco Popular, de Caixabank, de Liberbank, de Caja España-Duero, de Credifimo, Bankia, de Globalia, CCM, Cajas Rurales...

Sentencia anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando todo lo pagado de más en Cádiz

Sentencia recuperando todo lo pagado de más en una hipoteca de Banco Popular en Valencia

Sentencias conseguidas en Madrid anulando una cláusula suelo de Banco Popular y otra de Globalcaja y recuperando lo pagado y las costas judiciales

Sentencia anulando una cláusula suelo de Credifimo y recuperado lo pagado de más

Sentencia ganada a Caixabank recuperando lo pagado de más

Sentencia anulando una cláusula suelo de CCM (Liberbank) en Toledo y recuperando lo pagado de más desde 2013

Sentencia conseguida en Alicante contra Caja Duero-España anulando la cláusula suelo y recuperando lo pagado de más

Sentencia anulando cláusula suelo de Ibercaja y recuperando todo lo pagado de más

Sentencias en Canarias anulando cláusulas suelo de La Caixa y Bankia y recuperando lo pagado de más

Sentencia en Girona anulando una cláusula suelo de Banco Popular y recuperando más de 13.000 euros

Sentencias en Valencia anulando varias cláusulas suelo de Caja Duero y recuperando miles de euros

Sentencia en Ourense anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando dinero pagado de más

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Banco Popular en Ávila , recuperando lo pagado de más desde 2013 y condenando al banco también al pago de las costas.

Dos sentencias (en Las Palmas y San Bartolomé de Tirajana) anulando dos cláusulas suelo de Bankia, recuperando lo pagado, y condenando a costas al banco

Sentencia anulando cláusula suelo de la Caja Rural de Zamora y recuperando lo pagado de más desde 2013 y las costas

Sentencia en Donostia anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando lo pagado desde 2013

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Banco Popular en Ávila , recuperando lo pagado de más desde 2013 y condenando al banco también al pago de las costas.

Dos sentencias (en Las Palmas y San Bartolomé de Tirajana) anulando dos cláusulas suelo de Bankia, recuperando lo pagado, y condenando a costas al banco

Sentencia anulando cláusula suelo de la Caja Rural de Zamora y recuperando lo pagado de más desde 2013 y las costas

Sentencia anulando una cláusula suelo de Ibercaja en Tenerife, recuperando las cantidades pagadas desde mayo de 2013

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Bankia en Segovia con devolución de las cantidades pagadas y condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo de Bankia en Las Palmas con devolución de las cantidades pagadas

Sentencia anulando una cláusula suelo en  Gijón (Asturias) de Banco Popular, recuperando las cantidades y condenando al pago de costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo en Segovia de Banco Popular, recuperando las cantidades y condenando al pago de costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo del 4,25% de Banco Popular en Las Palmas (Canarias), recuperando las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013

Sentencia anulando una cláusula suelo de Banco Popular en Madrid, recuperando las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013 y condenando en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo de Bankia en Las Palmas (Canarias), recuperando las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013

Sentencia anulando una cláusula suelo de Caja España Duero en Valladolid y recuperando cantidades

Sentencia anulando una cláusula suelo del 2,25% de Caixabank de una hipoteca subrogada con condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo del 4% de Caixabank con condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo del 3,25% de Banco Popular con condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo de Caixabank en Elche (Alicante) ganando nuevamente las costas

Sentencia eliminando una cláusula suelo de Caja España Duero en León y recuperando cantidades

4 Anulaciones con devolución del Banco Sabadell recuperando 20.000 euros

Sentencia eliminando cláusula suelo de Bankia y recuperando retroactivamente 9000 euros

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Banco Popular del 4,45% en Barcelona, con condena en costas al banco

Demanda ganada contra Credifimo eliminando la cláusula suelo de 2 hipotecas y ganando las costas

Auto anulando cláusula suelo de Bankia y recuperando 3000 euros pagados

Sentencia anulando cláusula suelo del 3,8% de Banco Popular en Barcelona

Sentencia anulando cláusula suelo en Valencia de Crèdit Valencia (Cajamar)

Sentencia eliminando cláusula suelo del 5% de Banco Popular (IRPH)

Sentencia eliminando cláusula suelo del 3,5% de Catalunya Banc (CX)

Sentencia eliminando cláusula suelo de Caja España Duero en León

Sentencia eliminando cláusula suelo de Banco Popular

Sentencia eliminando cláusula suelo de La Caixa en Barcelona de una subrogación del promotor

Sentencia eliminando cláusula suelo de Banco Popular en Valencia

Sentencia eliminando cláusula suelo Caja España Duero

Sentencia eliminando cláusula suelo del Banco Popular en Barcelona

Sentencia eliminando dos cláusulas suelo de Caixabank (La Caixa)

Sentencia eliminando cláusula suelo subrogación Caixa Catalunya -  CX


Sentencia cláusula suelo



A modo de resumen hemos incluido un pequeño cuadro para que podáis ver el perjuicio que causa la cláusula suelo en diferentes escenarios mostrando tanto el sobrecoste mensual, como el de los próximos tres años (en que se prevé que los tipos de interés sigan estando muy bajos) como lo pagado hasta ahora de más por la cláusula suelo:

cláusula suelo, devolución


Es evidente que el dinero que está cobrando de más es grandísimo sobretodo porque si consideramos que en muchos de los casos las hipotecas con cláusula suelo aún tiene más de 20 años restantes, el perjuicio puede superar a lo largo de toda la hipoteca más de 30.000 euros!!


Tenemos usuarios que han demandado en toda España:

Andalucía
-Cádiz
-Córdoba
-Granada
-Huelva
-Málaga
-Málaga
-Jaén
-Sevilla

Aragón
-Zaragoza
-Huesca
-Teruel

Asturias
-Asturias

Baleares
-Baleares

Cantabria
-Cantabria

Castilla y León
-Burgos
-León
-Salamanca
-Segovia
-Soria
-Zamora
-Valladolid

Castilla-La Mancha
-Albacete
-Ciudad Real
-Toledo
-Cuenca
-Guadalajara

Catalunya
-Barcelona
-Girona
-Tarragona
-Lleida

Comunidad Valenciana
-Valencia
-Castellón
-Alicante

Galícia
-A Coruña
-Ourense
-Lugo

Madrid
-Madrid

País Vasco
-Guipúzcoa
-Bizcaia
-Álava

Canarias
-Santa Cruz de Tenerife
-Las Palmas


Los bancos con demandas judiciales de anulación de la cláusula suelo ganadas y en curso son:

-Banco Sabadell
-Banco Popular-Pastor
-Caja España
-Caja Duero
-La Caixa
-Bankia
-Banco Bilbao Vizcaya (BBVA)
-BMN
-Unicaja
-Caja Castilla La Mancha
-Caja Extremadura
-Caja Rural Burgos
-Caja Rural del Sur
-Caja Rural Central
-Caja Rural Extremadura
-Catalunya Banc
-Caja3
-GlobalCaja
-Credifimo
-Caixa Ontinyent
-Caixa Penedès
-Caixa Tarragona
-Caixa Altea
-Cajasol
-Caja Canarias
-Caja Cantabria
-CAI
-Liberbank
-Bancofar
-Kutxa Bank

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viernes, 7 de julio de 2017

El TS obliga a la banca a pagar las costas en los juicios perdidos por las cláusulas suelo

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Nuevo revés judicial contra la banca. La Sala I del Tribunal Supremo acaba de establecer, como criterio general, que los bancos condenados por cláusulas suelo abusivas tienen que pagar las costas judiciales de las dos primeras instancias.

El alto tribunal entiende que el consumidor sale perjudicado cuando un banco no es condenado a costas en los casos en los que pierde un juicio por las cláusulas suelo, y que, al tener este que pagar los gastos derivados del procedimiento judicial se produce un efecto disuasorio, "no para que los bancos dejaran de incluir las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios sino para que los consumidores no promuevan litigios por cantidades moderadas".

Es la primera vez que el alto tribunal se pronuncia sobre la imposición de costas de las instancias anteriores tras la estimación del recurso de casación interpuesto por un particular, "con la consiguiente obligación de restitución de la totalidad de las cantidades cobradas de más en virtud de la cláusula suelo declarada nula, con completo efecto retroactivo, tras ajustar la sala su doctrina a la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]", señala en una nota


"La sentencia aborda la cuestión de la imposición de costas sustancialmente desde el principio de efectividad, toda vez que el cambio de jurisprudencia de la sala se basa esencialmente en el pronunciamiento de la STJUE de 21 de diciembre de 2016 (Gutiérrez Naranjo), que a su vez se funda en el derecho de los consumidores a no estar vinculados por una cláusula abusiva. La norma general en la imposición de costas es el principio de vencimiento, de modo que la no imposición de costas al banco demandado supondría en este caso la aplicación de una salvedad a dicho principio en perjuicio del consumidor. Si el consumidor, a pesar de vencer el litigio, tuviera que pagar sus gastos en las instancias, se produciría un efecto disuasorio inverso, para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas".

Y añade el Tribunal Supremo que "la actividad procesal del banco demandado pretendió, más allá de invocar a su favor la anterior doctrina jurisprudencial, intentar su suspensión por prejudicialidad civil, negar por completo la obligación de restitución, y oponerse a la admisión antes y después de tener conocimiento del contenido de la STJUE de 21 de diciembre de 2016".

Cómo eliminar y/o recuperar el dinero de la cláusula suelo

Si aún tenéis cláusula suelo o no os han devuelto el dinero pagado de más no dudéis en enviarnos un correo a demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos a anularla totalmente (si no la tenéis anulada), recuperar lo pagado y rebajar vuestra cuota mensual. 

Ya hemos conseguido eliminar decenas de centenares de cláusulas suelo mediante la demanda judicial en toda España y de la mayoría de bancos: La Caixa, Banco Popular, BMN, La Caixa, , Bankia, Unicaja, Credifimo, Caja España Duero, Banco Sabadell, CCM, Liberbank, Caja Segovia, Cajas Rurales..






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jueves, 15 de mayo de 2014

Cajatres, condenada a suprimir la cláusula suelo por sentencia firme

1 comentario
El juzgado de lo mercantil numero tres de Madrid ha condenado al Banco Grupo Cajatres a suprimir la cláusula suelo de un contrato hipotecario por inexistencia de oferta vinculante y falta de transparencia. Además, la entidad deberá devolver los intereses pagados desde la fecha de interposición de la demanda.
Por su parte, el Grupo Cajatres ha aceptado el contenido de la sentencia y ha optado por no recurrir la decisión del juez. Por lo tanto, se convierte en una sentencia firme a pesar de que se trata de un fallo de emitido por una primera instancia. Una decisión singular debido a que las entidades financieras suelen recurrir los fallos en su contra hasta agotar todos los recursos posibles.

El fallo condena a la entidad a suprimir la claúsula suelo por nulidad de la misma, a restituir los intereses cobrados en exceso como consecuencia de la aplicación de la clausula suelo, declarada nula desde la fecha de la interposición de la demanda, y al pago de las costas del proceso.
Los argumentos jurídicos esgrimidos por el juez tienen en cuenta la falta de transparencia en la contratación y el desequilibrio que se produce como consecuencia de su aplicación, haciendo mención a legislación europea, legislación española y a la sentencia del 9 de mayo de 2013 emitida por el Tribunal Supremo.

Para el afectado, que contrató su hipoteca con Caja Badajoz (perteneciente a Grupo Cajatres), esta sentencia supone un ahorro del 20% en su cuota hipotecaria actual o un ahorro de más de 1.400 euros al año, recuperar además 1.400 euros por los intereses pagados de más durante el transcurso del proceso judicial y finalmente recuperar el importe desembolsado por la interposición de la demanda gracias a la condena en costas.
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domingo, 27 de abril de 2014

Anulada una "cláusula suelo" de una hipoteca por no informar de las consecuencias en Palencia

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El Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Palencia ha anulado mediante sentencia una  cláusula suelo del 3% contenida en un contrato de préstamo hipotecario suscrito entre el demandante y la entidad bancaria en abril de 2010, al considerar que «dificulta al prestatario la comprensión sobre las consecuencias para él perjudiciales de la cláusula suelo».
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, argumenta que, si bien las cláusulas suelo, en principio, son lícitas, siempre y cuando su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidora del objeto principal del contrato y conocer el reparto real de riesgos de la variabilidad de los tipos, «en este caso la entidad prestamista no ha demostrado que el consumidor prestatario estuviera informado del comportamiento previsible del índice de referencia a corto plazo, ni de que las variaciones a la baja del tipo de referencia no le iba a beneficiar».
«Tampoco consta que se le proporcionase una información suficiente que le permitiera identificar sin la más mínima duda que esa cláusula constituía un elemento definitorio del elemento principal del contrato, cláusula de redacción compleja que dificulta al prestatario la comprensión sobre las consecuencias para él perjudiciales de la cláusula suelo», añade el dictamen.

ARGUMENTACIÓN. Según la argumentación del juez, en realidad se pactaba un tipo de interés variable pero en la práctica, a corto y medio plazo, era un tipo de interés mínimo fijo y variable sólo al alza, sin que el consumidor hubiera sido informado con claridad y transparencia de esa circunstancia.
El demandante, había alegado durante la vista oral, aportando jurisprudencia y directivas nacionales, comunitarias y de consumidores, que esa cláusula es una condición general de la contratación  de carácter abusivo, al no haber sido negociada individualmente, incorporada de manera generalizada por la entidad bancaria en sus contratos de préstamo hipotecario que «transgrede el principio de buena fe al ocasionar en detrimento del cliente un desequilibrio de las obligaciones contractuales injustificado y favorable para una sola de la partes: la entidad bancaria».
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sábado, 8 de marzo de 2014

¿Qué hacer si recibes una carta del banco diciendo que suspende tu cláusula suelo?

6 comentarios
Muchos habéis recibido una carta del banco donde, amablemente, os informa que retira o suspende la cláusula suelo de la hipoteca. Pero esta carta es un  regalo envenenado.

En estas cartas, el banco dice que concede la suspensión o anulación de la cláusula suelo a modo de favor, en consideración a vosotros cómo clientes, pero no estará reconociendo que sea una cláusula incorporada a la hipoteca de forma irregular, ni estará modificando la escritura de hipoteca firmada en el Notario, ni modificará las inscripciones en el Registro de la Propiedad dónde consta la hipoteca. Así lo que parece una victoria del cliente es precisamente lo contrario.

1.- Estaréis a expensas del banco. El banco puede reactivar la cláusula suelo a su conveniencia y mientras quiera. Incluso podría hacerlo antes del plazo que ahora promete, sin ningún perjuicio para éste. Solamente debería enviar una carta igual a la que habéis recibido diciendo que levanta la suspensión voluntaria que en su día concedió.

2.- Cómo el banco no acepta la ilegalidad, este acuerdo no se puede incorporar a ningún registro público ni modifica la escritura, de modo que de cara a terceros  tu cláusula suelo sigue vigente. Es decir, si alguna vez el banco traspasa/vende/negocia en el mercado bancario un paquete de hipotecas (entre las que esté la vuestra), el nuevo banco propietario de la hipoteca sólo deberá regirse por la escritura de hipoteca original, en la que seguirá constando la cláusula suelo. Tened en cuenta que la venta de un paquete de hipotecas está permitida por la ley, es habitual entre entidades bancarias, y se permite expresamente en las mismas escrituras. No es algo poco probable tal y cómo está el mercado bancario. Si un día venden el paquete de hipotecas a otra entidad, no tienen que pedir permiso, ni la entidad nueva tendrá que respetar nada de lo que ahora os ‘regalan’.
Pero además, ante estos nuevos propietarios de vuestra hipoteca ya no se podrían hacer valer las ilegalidades que ahora sí se pueden alegar. Es decir, si distraídos por esta nueva maniobra de los bancos no anuláis ahora la cláusula, y la hipoteca cambia de manos, en el futuro ya no podrás anularla.

3.- La carta de anulación/suspensión, solamente tiene efecto frente al actual deudor. Si un día queréis vender la casa y que alguien se quede la hipoteca subrogándose (lo más habitual para no tener que hacer otra nueva), o la dejáis en herencia (espero que de aquí muchos años), la cláusula suelo ilegal pasará a vuestros herederos y a los nuevos propietarios. Pero con la diferencia de que el nuevo adquirente ya no podrá eliminar la cláusula porque no intervino en la primera hipoteca (la anulación de la cláusula solo puede hacerla aquel a quién no informaron en la hipoteca inicial o subrogada de un promotor).

4.- ¿Debéis responder a ésta carta? Si tenéis la intención de reclamar la nulidad de la cláusula suelo judicialmente no es necesario responder a la carta del banco. Pero si no vas a demandar, tendrías que responderle al banco mediante una carta en la que manifiestes tu disconformidad con una suspensión de la cláusula suelo que no sea total ni para siempre. El transcurso del tiempo, sin hacer nada y aceptando la situación, irá en contra de vuestras posibilidades de anular la cláusula suelo en el futuro. 

5.- ¿Por qué un banco que incorporó a tu escritura una cláusula para que no te pudieras beneficiar de la bajada de los intereses, ahora te hace esta oferta?  Lo hacen porque saben que vuestra cláusula suelo no es legal; saben que no os informaron cómo era su obligación; están perdiendo los juicios de nulidad; y saben que con esta carta muchos de los afectados se darán por conformes y no reclamarán.

Resumiendo, lo hacen por su bien y no por el de los clientes. Esta carta sirve al banco para frenar las demandas y ganar tiempo; pero no os soluciona definitivamente el problema de la cláusula suelo, con la amenaza que para vosotros significa tenerla. Es dar un poco de “pan para hoy”, que sirve a muchos para olvidarse del tema… hasta que vuelvan a surgir problemas en el futuro.

Si vuestro caso es de los que incumple la ley, si es de los que ofrece garantías para solucionar para siempre el asunto y no depender de la voluntad del banco, mi consejo es que lo llevéis al Juzgado.

Martí Solà
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viernes, 7 de marzo de 2014

Un cliente de BBVA recupera en Almería lo pagado de más judicialmente (unos 6000 euros)

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El BBVA está perdiendo muchos juicios donde se solicita la pagado de más hasta la anulación de la cláusula suelo el  9 de mayo por parte  del Tribunal Supremo.

En este caso, 6.000 euros han sido recuperados gracias a la sentencia dictada por el Juzgado Mercantil número 1 de Almería que ha condenado a esta entidad a devolver a un consumidor la cantidad indebidamente pagada durante la vida del préstamo como consecuencia de la cláusula suelo.

El Tribunal Supremo, condenó el pasado 9 de mayo de 2013 a BBVA a eliminar la cláusula suelo de sus contratos. Esta sentencia aplica los criterios del Alto Tribunal en su integridad para declarar la abusividad de la cláusula, pero utiliza, además, otros cuerpos dogmáticos, como la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, Secc, 8ª, de 12 de julio de 2013, para aplicar el criterio relativo a los efectos consecuentes de la nulidad.

El Juzgado Mercantil de Almería, en su Fundamento Jurídico 7ª, deja bien claro, igual que el Fallo, que la no retroactividad se refiere a la sentencia del Supremo, no a otras que se dicten con posterioridad. Además, en el caso resuelto por el Supremo, no se ejercitó una acción de condena a las partes demandadas, como en el caso de autos. Se ejercitaba una acción colectiva de cesación cuyos efectos se proyectan exclusivamente hacia el futuro diferente a la que se dilucida en autos.

“Porque en el caso de autos, por la dimensión de la reclamación, no se quiebra ni se pone en riesgo la seguridad jurídica en el entendido de conservar los efectos ya consumados y que no se produzcan trastornos graves con trascendencia para el orden público económico. No concurren los motivos ni las causas para aplicar la doctrina excepcional de irretroactividad de los efectos de una cláusula nula”.

El artículo 1303 del Código Civil resulta de aplicación al caso en que se declara la nulidad sin que una sentencia judicial pueda abrogar o derogar la Ley, teniendo los jueces el deber inexcusable de resolver los asuntos conforme al sistema de fuentes legalmente establecido (art. 1.7 del Código Civil que establece la primacia de la ley, art. 1300 CC, sobre la jurisprudencia).
“No hay tampoco laguna legal que integrar e, insisto, en el presente caso por definición no concurre la excepcionalidad manifestada por el TS al conocer de una acción colectiva. En suma, en el caso concreto, la devolución de lo cobrado indebidamente en virtud de una cláusula nula es efecto legal imperativo e insoslayable”.

La sentencia continúa afirmando que “todo indica que ha habido un claro enriquecimiento injusto de unos de los contratantes, el banco respecto de cliente. La cláusula no sólo ha operado en perjuicio de uno y en beneficio de otro sino que durante tiempo ha habido un desequilibrio económico para las partes”.

En definitiva, y de forma clara y contundente, la sentencia afirma en el texto que “una vez que ha sido declarada la nulidad de la cláusula suelo, deben restituirse las prestaciones derivadas de dicha nulidad tal y como recoge el artículo 1.303 del Código Civil. Es procedente estimar la acción de condena dineraria ejercitada por la actora en la cuantía solicitada, en tanto que la liquidación practicada no ha sido impugnada de contrario”.

Si tenéis la hipoteca en el BBVA y queréis recuperar todo lo pagado de más podéis hacerlo a través de nuestro servicio de demandas judiciales: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html. Con este servicio os haremos un estudio totalmente gratuito de viabilidad para ver si en vuestro caso se puede recuperar lo pagado de más y si es así podréis iniciar el proceso judicial.
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sábado, 22 de febrero de 2014

Se acumulan las sentencias anulando la cláusula suelo

12 comentarios
Se acumulan cada vez más sentencias anulando cláusulas suelo judicialmente. Para los que hayáis reclamado sin éxito a vuestro banco y al banco de España para que os eliminen la cláusula suelo y no hayáis tenido éxito os ánimo a que estudiéis la vía judicial. Aunque implique un desembolso inicial, las posibilidades de éxito son muy altas pues la mayoría de los juzgados están declarándolas nulas. Sin ir más lejos, nuestro abogado colaborador está eliminando el 100% de las cláusulas suelo judicialmente. Además, en caso de que se declaré nula lo normal es que el banco tenga que asumir todas las costas judiciales por lo que se recupera lo pagado al abogado y al procurador. Para que os hagáis una idea aquí hemos recogida algunas sentencias pero hay centenares. Las iremos actualizando con cualquier nueva sentencia de la que tengamos constancia.

justicia, sentencias

Sentencias que anulan la cláusula suelo judicialmente

19/02/2014 Sentencia Juzgado Mercantin nº8 de Barcelona - Catalunya Banc
19/02/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga que obliga a la devolución de lo pagado de más - Cajamar
12/02/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil de San Sebastián - Caja España
16/01/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Sevilla - La Caixa
31/12/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga que obliga a la devolución de lo pagado de más - Cajamar
06/10/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Córdoba - CajaSur
02/10/2013 Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia - CCM
29/09/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Madrid - Bantierra
29/09/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Unicaja
17/07/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Vitoria - Liberbank
20/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Caja España (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
19/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Liberbank (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
19/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº1 de Bilbao - NCG
18/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Caja Extremadura (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Liberbank (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº9 de Barcelona -BMN (anula cláusula suelo pero no obliga la devolución)
17/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº5 de Barcelona - Banco Sabadell
23/05/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Cajamar
21/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - Banco Popular
13/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - NCG
10/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - Banco Popular
18/03/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Bilbao - Banco Guipuzcoano
15/01/2013 Sentencia Juzgado Mercantil de Cáceres - Caja de Ahorros del Mediterráneo-Cajamar
19/12/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1.Caja de Extremadura (Liberbank)
28/11/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga. Banco Pastor (Banco Popular).
19/11/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Palma de Mallorca - Banco demandado Cajamar
16/11/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba
13/11/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cuenca - Banco de Castilla La Mancha 
12/11/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Orense. Novagalicia (Nova Caixa Galicia)
09/11/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1. Caja de Extremadura (Liberbank)
05/10/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1. Caja de Extremadura (Liberbank)
04/10/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Alicante - Banco demandado BBVA
04/10/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
25/09/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
18/07/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1 - Caja de Extremadura (Liberbank).
11/07/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y Mercantil de Cáceres - Caja de Extremadura (Liberbank).
10/07/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1 - Caja de Extremadura (Liberbank)
05/07/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Banca Cívica.
05/06/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Banca Cívica.
16/05/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Cádiz.
24/04/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres- Banco demandado Caja de Ahorros de Extremadura
23/03/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Burgos - Banco demandado Caja Rural de Burgos
23/03/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres-Caja Extremadura (Liberbank)
20/03/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga
20/03/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres.
13/02/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres - Caja Extremdura (Liberbank)
10/02/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Alicante - Banco demandado Banco Popular
02/02/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº2 de Palma de Mallorca. - Caixa Rural de Balears
09/01/2012 Sentencia Juzgado de Primera Inst. nº2 de San Bartolomé de Tirajana - Caja Grl. de Ahorros de Canarias
21/12/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Cádiz -Unicaja
20/12/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Málaga - BBVA
24/11/2011 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Zaragoza - Caja España
18/10/2011 Sentencia Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
24/04/2011 Sentencia Audiencia Provincial nº 18 de Cáceres
19/09/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Burgos. Banco Cooperativo (Caja Rural de Burgos)
11/03/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de León. Caja España.
07/04/2011 Sentencia Audiencia Provincial nº 14 de Barcelona
21/02/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 Alicante - Nova Caixa Galicia
30/09/2010 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº2 de Sevilla - BBVA, Cajamar y Caixa Galicia
07/04/2010 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Mollet del Vallés


A la vista de la lista anterior es evidente que aunque un juicio tiene un coste inicial es una vía para asegurarse prácticamente seguro la eliminación de la cláusula suelo.

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miércoles, 19 de febrero de 2014

Se anula una cláusula suelo de Catalunya Banc y se obliga al banco a devolver lo cobrado de más

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Catalunya Banc tendrá que anular la cláusula suelo y devolver el dinero que les cobró de más a través de la cláusula suelo que la entidad incluyó en su hipoteca a la hora de renegociar el préstamo, según un fallo del juzgado número 8 de Barcelona, que considera que la incorporación de este tipo de interés mínimo no se negoció, no recibió el consentimiento de esos clientes ni la entidad les informó de su impacto económico.

Los demandantes firmaron un préstamo hipotecario con la antigua caja catalana en 2005 por 194.700 euros, ampliado un año después a 288.000 euros. En 2010, ante la imposibilidad de hacer frente a sus cuotas, los clientes solicitaron una renegociación del préstamo, a lo que la entidad accedió extendiendo el plazo de amortización del crédito en cinco años.
La caja, a través de la novación, incluyó un nuevo tipo de interés y, además, una claúsula suelo del 3,5% y un techo de 15%. La cláusula suelo establece el tipo de interés mínimo que el cliente pagará aunque el Euribor, de referencia para la mayoría de las hipotecas, esté por debajo. Por tanto, una hipoteca con ese límite sigue pagando ese tipo a pesar de que el Euribor está en su nivel más bajo, no permitiendo al deudor beneficiarse de la bajada del índice.

Referencia a la sentencia del Supremo

La magistrada, en su sentencia, considera que los nuevos tipos de interés, que los demandados también pedían anular, estaban perfectamente explicados en el contrato, dando por tanto la razón a Catalunya Banc. Ahora bien, considera que las cláusulas suelo y techo no aparecían en el contrato de origen, sino que es incluyeron tras la renegociación; que «no consta que fuera expresamente negociada ni consentida», y que la entidad no hizo una simulación del impacto económico que tendría en la cuota, más aún teniendo en cuenta la tendencia bajista del Euribor en esos momentos.
«Dichas circunstancias nos llevan a concluir que la cláusulo suelo objeto de este litigio es abusiva y, por ende, nula, pues no consta que la demandada facilitara a los consumidores demandantes información alguna que pudiera permitirles conocer el alcance que podía tener su inclusión en el contrato», concluye la juez, esgrimiendo la sentencia de mayo del año pasado del Tribunal Supremo.

Cada día se anulan más cláusulas suelo

Esta sentencia reafirma la tendencia actual de los juzgados donde se están eliminando casi la totalidad de las cláusula suelo que se demandan judicialmente. Desde nuestra web ofrecemos un nuevo servicio, a través de nuestros abogados colaboradores, para demandar judicialmente a un precio muy reducido y con las máximas garantías de éxito (están eliminando todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente). Aquí detallamos el servicio: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html.



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Un juez obliga a Cajamar a devolver a un cliente lo cobrado de más debido a la "cláusula suelo"

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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha condenado a la entidad Cajamar Caja Rural a devolver a un cliente la cantidad de 8.689,77 euros como consecuencia de la cláusula suelo que tenía su préstamo hipotecario y que habían sido abonados con anterioridad a la sentencia del Tribunal Supremo, dictada el pasado 9 de mayo, por la que obligaba a varias entidades bancarias a eliminar esa condición de los contratos referidos a las hipotecas. 

La sentencia, con fecha de 12 de febrero estima así la demanda presentada por el cliente y en la que denunciaba que Cajamar Caja Rural había aplicado en su préstamo un interés mínimo de referencia al 3,250% mediante "una cláusula no negociada individualmente que no reúne los requisitos de debida incorporación al contrato", por lo que alegó que la entidad "había transgredido el principio de buena fe contractual al ocasionar en perjuicio del cliente un desequilibrio de las obligaciones injustificado y favorable a una sola de las partes". 

La parte demandada, por su parte, se defendió al asegurar que había eliminado la referida cláusula del contrato de los demandantes a raíz de la sentencia del alto tribunal y se negó a la devolución a las cantidades pagadas con anterioridad. 

Sin embargo, el juez considera en su sentencia que debe condenarse a la entidad bancaria a pagar las cantidades percibidas de más "en virtud del principio de seguridad jurídica". 

El citado juzgado de lo Mercantil no se pronuncia, sin embargo, sobre las cantidades que se hayan podido devengar por parte de la entidad al demandante después de la resolución del Supremo.
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domingo, 2 de febrero de 2014

Se suceden las sentencias eliminando la cláusula suelo

6 comentarios
Desde que fue dictada la sentencia del Tribunal Supremo en mayo de 2013 estamos viviendo un oleada de resoluciones que van encaminadas en este mismo sentido. Objeto del presente comentario es la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Vigo dictada hace apenas un mes, con fecha 16 de diciembre de 2013.stros
La demanda fue interpuesta por los representantes de un particular contra NCG Banco y es la primera que se dicta en el ámbito territorial mencionado. La misma declara la nulidad de la Cláusula suelo y pone de relieve la discusión existente respecto al reembolso de cantidades. Así, afirma que la cuestión es expresamente polémica. En contra, se han pronunciado algunas resoluciones, como la del JM de Barcelona, JM Murcia o la AP de Cáceres. En cambio a favor de la restitución de cantidades podemos mencionar también otras, no sólo en la instancia -JM Orense, JM Bilbao, JM de Barcelona-, sino también algunas Audiencias Provinciales –AP Álava, AP Cuenca-.

Nuestro criterio, como ya hemos manifestado en otros comentarios (pueden consultarlo aquí, http://www.clausulasuelo.info/2014/01/solicitar-efectos-retroactivos-clausula-suelo.html) es a favor del reintegro de las cantidades que el cliente ha venido abonando durante la aplicación indebida de una cláusula que a posteriori ha sido declarada nula.
A parte de las razones jurídicas ya alegadas en el comentario que pueden consultar en el enlace arriba referenciado, es claro que debe decretarse la restitución de las cantidades por razones de pura congruencia, ya que de lo contrario el causante del daño (bancos o cajas) quedarían impunes de una mala praxis bancaria que han extendido durante años y cuyos costes habrían asumido todos los afectados por la misma.

Juan Bartolomé. Abogado.
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jueves, 30 de enero de 2014

Un juzgado obliga a Caja España a devolver a un cliente el dinero de la clausula suelo (unos 8000 euros)

8 comentarios
Ha sido el juzgado de lo Mercantil de San Sebastián el que ha dictado la sentencia que califica como nula a todos los efectos la clausula suelo que se incluyó en la hipoteca. Esto significa que la entidad bancaria deberá devolver las cantidades pagadas de más por el cliente desde 2008, unos 8.000 euros.

El juez entiende que hubo una falta de información porque ni siquiera se le entregó la oferta de información vinculante, un trámite obligatorio que deben cumplir los bancos cuando formalizan una hipoteca y que incluye datos relevantes del contrato como el Euribor, el interés de demora o la mencionada clausula suelo.


Si queréis conocer todos los detalles de nuestro servicio de demandas para anular vuestra cláusula suelo sólo tenéis que acceder al siguiente enlace:
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martes, 31 de diciembre de 2013

Cajamar, obligada a devolver 6.000 euros de una cláusula suelo

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El juzgado mercantil número 2 de Málaga ha condenado a Cajamar a devolver a un cliente las cantidades pagadas por efecto de la cláusula suelo de su hipoteca, que ha sido declarada abusiva. El demandante, representado por Ausbanc, recupera 5.022 euros más las cuantías pagadas de más desde la interposición de la demanda hasta el 9 mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, que condena a Cajamar a eliminar de sus contratos esta cláusula.

Para el delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, nos encontramos ante una «importante sentencia que condena a Cajamar a devolver las cantidades pagadas por aplicación de la cláusula suelo al entender que, tratándose de una acción individual, no se da la excepción aplicada por el Tribunal Supremo para dejar sin efectos la declaración de nulidad». Y es que el juzgado malagueño estima que en una acción individual, la devolución de cantidades no implica riesgo alguno para el sistema económico español».

La asociación considera que la sentencia da la razón a la tesis que viene defendiendo, en el sentido de que anular una cláusula y no aplicarle todas las consecuencias que establece el ordenamiento jurídico español, y europeo, por tratarse el condenado de un banco es «una vergüenza extrema para la historia de España y de su judicatura». «Afortunadamente la correcta interpretación de la Sentencia del Tribunal Supremo admite la devolución de cantidades a los consumidores en procedimientos individuales», apunta Martínez.

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