Seguimos a la espera de la sentencia que anula las cláusulas suelo por parte del Tribunal Supremo cuando hay falta de transparencia. Lo único que se sabe de momento es la nota de prensa publicada.
La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha estimado
parcialmente un recurso de casación (485/2012) en el que se planteaba un
asunto sobre las denominadas “claúsulas suelo”, con arreglo a los
siguientes puntos:
1. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.
2. º Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas.
3. º Se razona que este pronunciamiento no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.
No se han anunciado votos particulares al fallo.
Una vez esté redactada por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.
Madrid, 20 de marzo de 2013.
Mientras tanto Ausbanc que fue una de las entidades que interpuso en el recurso en el Supremo ha preparado ya dos tipos de cartas para los afectados con cláusula suelo en función de si son de las entidades demandadas o no.
Para las entidades demandadas (BBVA, Cajamar y Caixa Galicia):
Carta reclamando eliminar cláusula suelo bancos demandados
Para las otra entidades:
Carta reclamando eliminar cláusula suelo
De todas maneras nosotros recomendamos, siempre que sea posible preparar una reclamación personalizada como comentamos en el post ¿Cómo eliminar la cláusula suelo? pues siempre será más efectiva una reclamación adaptada a nuestro caso que una genérica.
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NOTA DE PRENSA
EL PLENO DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL SUPREMO HA RESUELTO UN RECURSO SOBRE LAS DENOMINADAS CLAÚSULAS SUELO
1. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.
2. º Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas.
3. º Se razona que este pronunciamiento no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.
No se han anunciado votos particulares al fallo.
Una vez esté redactada por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.
Madrid, 20 de marzo de 2013.
Mientras tanto Ausbanc que fue una de las entidades que interpuso en el recurso en el Supremo ha preparado ya dos tipos de cartas para los afectados con cláusula suelo en función de si son de las entidades demandadas o no.
Para las entidades demandadas (BBVA, Cajamar y Caixa Galicia):
Carta reclamando eliminar cláusula suelo bancos demandados
Para las otra entidades:
Carta reclamando eliminar cláusula suelo
De todas maneras nosotros recomendamos, siempre que sea posible preparar una reclamación personalizada como comentamos en el post ¿Cómo eliminar la cláusula suelo? pues siempre será más efectiva una reclamación adaptada a nuestro caso que una genérica.