El Tribunal Supremo ha apelado al “trastorno económico” que supondría para la banca devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo de hipotecas declaradas abusivas y ha zanjado de forma definitiva la discrepancia entre los jueces sobre el asunto, al concluir que se restituirán aquellas desde el 9 de mayo de 2013.
Ese día, el Supremo dictó una sentencia en la que declaraba nulas todas las cláusulas suelo que no cumplieran con los criterios de transparencia, incluso si el cliente se benefició “durante un tiempo” de caídas en el euríbor y declaraba la irretroactividad de su decisión.
Las dos nuevas sentencias del Supremo (138/2015 y 139/2015) establecen claramente que "cuando en aplicación de la doctrina fijada en la sentencia de Pleno de 9 de mayo de 2013, ratificada por la de 16 de julio de 2014, y la de 24 de marzo de 2015, se declare abusiva y, por ende, nula la cláusula suelo inserta en un contrato de préstamo con tipo de interés variable, procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula a partir de la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013". Si aún tenéis cláusula suelo y queréis anularla y recuperar lo pagado de más desde esa fecha sólo tenéis que enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos del proceso de demanda judicial para conseguirlo.
La nueva sentencia del Supremo cuenta, además, con el voto particular del magistrado Francisco Javier Orduña, partidario de haber distinguido la acción individual de la colectiva y de devolver las cantidades íntegras cuando se haya anulado una de estas cláusulas.
Considera que hace dos años sus compañeros condenaron a las entidades de crédito a cesar en la aplicación de las cláusulas suelo y abstenerse de utilizarlas en el futuro, pero “en ningún caso” se pronunciaron “en relación a la restitución de las cantidades indebidamente cobradas”.
Por ello, opina que es necesario examinar cada caso individual y, de declararse la nulidad, deberá tener un “efecto devolutivo” de las cantidades percibidas por la aplicación de la cláusula.
“Todo ello, sin contar que el verdadero motivo de la limitación del denunciado efecto retroactivo de la nulidad de la cláusula, en su momento, no fue otro que el posible riesgo de trastornos graves o sistémico en las entidades financieras; riesgo que en la actualidad ha desaparecido merced al saneamiento financiero efectuado”, concluye.
Aquí tenéis las sentencias completas: Sentencias del Tribunal Supremo anulando cláusulas suelo 2015
Aquí tenéis las sentencias completas: Sentencias del Tribunal Supremo anulando cláusulas suelo 2015
Se confirma lo avanzado por clausulasuelo.info sobre la nulidad de las cláusulas suelo
Con estas dos sentencias, se confirma lo que avanzamos hace unas semanas pues el pleno precisa que la doctrina tiene efecto a 9 de mayo de 2013, con lo que los bancos que sean condenados a reintegrar las cantidades cobradas por la cláusula suelo abusivas, deberán hacerlo desde esa fecha. Además vuelve a afirmar otra vez que las cláusulas suelo con falta de transparencia son nulas así judicialmente se pueden anular sin problema prácticamente todos. Si queréis saber si la vuestra es anulable y podéis recuperar todo lo pagado desde el 9 de Mayo de 2013 sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y nuestro abogado os revisará el caso de manera gratuita y os informará de la viabilidad de la demanda para eliminarla y recuperar lo pagado de más así como del precio de la demanda judicial para eliminarla y recuperar lo pagado de más. Ya lo hemos conseguido en más de 300 casos.
Posibilidad de recuperar cantidades pagadas desde el 9 de mayo de 2013 en todos los casos judicialmente
Con esta sentencia se abre la puerta a todo el mundo a anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más desde el 9 de Mayo de 2013. Aquí os informamos de la demanda judicial ya que ahora más que nunca vale la pena:
De hecho justamente hoy mismo hemos conseguido una nueva sentencia en Madrid con los términos exactos de la nueva sentencia del Supremo, es decir nulidad y devolución de cantidades desde 9 de mayo de 2013:
http://www.clausulasuelo.info/2015/04/nueva-sentencia-conseguida-en-madrid.html