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domingo, 2 de febrero de 2014

Se suceden las sentencias eliminando la cláusula suelo

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Desde que fue dictada la sentencia del Tribunal Supremo en mayo de 2013 estamos viviendo un oleada de resoluciones que van encaminadas en este mismo sentido. Objeto del presente comentario es la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Vigo dictada hace apenas un mes, con fecha 16 de diciembre de 2013.stros
La demanda fue interpuesta por los representantes de un particular contra NCG Banco y es la primera que se dicta en el ámbito territorial mencionado. La misma declara la nulidad de la Cláusula suelo y pone de relieve la discusión existente respecto al reembolso de cantidades. Así, afirma que la cuestión es expresamente polémica. En contra, se han pronunciado algunas resoluciones, como la del JM de Barcelona, JM Murcia o la AP de Cáceres. En cambio a favor de la restitución de cantidades podemos mencionar también otras, no sólo en la instancia -JM Orense, JM Bilbao, JM de Barcelona-, sino también algunas Audiencias Provinciales –AP Álava, AP Cuenca-.

Nuestro criterio, como ya hemos manifestado en otros comentarios (pueden consultarlo aquí, http://www.clausulasuelo.info/2014/01/solicitar-efectos-retroactivos-clausula-suelo.html) es a favor del reintegro de las cantidades que el cliente ha venido abonando durante la aplicación indebida de una cláusula que a posteriori ha sido declarada nula.
A parte de las razones jurídicas ya alegadas en el comentario que pueden consultar en el enlace arriba referenciado, es claro que debe decretarse la restitución de las cantidades por razones de pura congruencia, ya que de lo contrario el causante del daño (bancos o cajas) quedarían impunes de una mala praxis bancaria que han extendido durante años y cuyos costes habrían asumido todos los afectados por la misma.

Juan Bartolomé. Abogado.
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lunes, 20 de enero de 2014

Se puede solicitar con efectos retroactivos el dinero desembolsado por la cláusula suelo

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Tras la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de mayo de 2013, por la que declaraba la nulidad de la Cláusula suelo sin efectos retroactivos, venimos mediante el presente artículo a esbozar las razones por las cuales consideramos que el afectado puede, no solo solicitar la eliminación de la Cláusula suelo en su préstamo con garantía hipotecaria, sino también exigir el reintegro de las cantidades abonadas en exceso como consecuencia de su aplicación indebida.
Hay que partir de la base de que los efectos de la nulidad son bien conocidos por los profesionales que se dedican al derecho. El artículo 1.303 del Código civil es claro al señalar que declarada la nulidad, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato. Por tanto, la declaración de irretroactividad de la STS es contraria al principio básico de los efectos que se derivan de la nulidad.
Pero además, podemos apreciar otros motivos de peso que nos llevan afirmar que la irretroactividad declarada por el Tribunal Supremo solo afecta a su Sentencia y no de otras que se pudiera derivar de cualquier reclamación judicial. Exponemos muy brevemente algunas de las razones que permiten corroborar lo expuesto:

  1. El pronunciamiento de irretroactividad contenido en la sentencia incurre en incongruencia, dado que ninguna de las partes lo había solicitado.
  1. El alcance de la irrectroactividad afecta únicamente a la sentencia, así lo indica el TS con expresiones como “no ha lugar a la retroactividad de esta sentencia”.
  1. La irretroactividad se sustenta en razones de política-económica y no jurídicas, en concreto, por trastornos graves con trascendencia al orden público económico. Circunstancia que en ningún caso podría darse cuando el reclamante fuera un número reducido de afectados o uno solo.
  1. No puede protegerse a las entidades financieras con una declaración de irretroactividad erga omnes cuando han comercializado los préstamos hipotecarios de tapadillo, a sabiendas que el consumidor desconocía las trascendencia económica de la Cláusula suelo (y en muchos caso su mera existencia).
  1. La irretroactividad contraviene la Directiva comunitaria 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas, que no solo se refiere a los efectos futuros sino también a los consumados.

Las resoluciones que declaran la retroactividad de la cláusula suelo y por tanto el reintegro de las cantidades indebidamente cobradas son numerosas. Por ello, podemos concluir que cualquier afectado, independientemente del banco o caja de donde provenga y previo cumplimiento de los requisitos, puede instar el reembolso de las cantidades abonadas en exceso durante los años de aplicación de la cláusula suelo.


Miguel Butler. Abogado.

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martes, 31 de diciembre de 2013

Cajamar, obligada a devolver 6.000 euros de una cláusula suelo

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El juzgado mercantil número 2 de Málaga ha condenado a Cajamar a devolver a un cliente las cantidades pagadas por efecto de la cláusula suelo de su hipoteca, que ha sido declarada abusiva. El demandante, representado por Ausbanc, recupera 5.022 euros más las cuantías pagadas de más desde la interposición de la demanda hasta el 9 mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, que condena a Cajamar a eliminar de sus contratos esta cláusula.

Para el delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, nos encontramos ante una «importante sentencia que condena a Cajamar a devolver las cantidades pagadas por aplicación de la cláusula suelo al entender que, tratándose de una acción individual, no se da la excepción aplicada por el Tribunal Supremo para dejar sin efectos la declaración de nulidad». Y es que el juzgado malagueño estima que en una acción individual, la devolución de cantidades no implica riesgo alguno para el sistema económico español».

La asociación considera que la sentencia da la razón a la tesis que viene defendiendo, en el sentido de que anular una cláusula y no aplicarle todas las consecuencias que establece el ordenamiento jurídico español, y europeo, por tratarse el condenado de un banco es «una vergüenza extrema para la historia de España y de su judicatura». «Afortunadamente la correcta interpretación de la Sentencia del Tribunal Supremo admite la devolución de cantidades a los consumidores en procedimientos individuales», apunta Martínez.

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martes, 1 de octubre de 2013

Recopilación sentencias judiciales que anulan las cláusula suelo

60 comentarios
Para los que hayáis reclamado sin éxito a vuestro banco y al banco de España para que os eliminen la cláusula suelo y no hayáis tenido éxito os ánimo a que estudiéis la vía judicial. Aunque implique un desembolso las posibilidades de éxito son muy altas pues la mayoría de los juzgados está declarándolas nulas. Para que tengáis una idea, nuestro abogado colaborador está eliminando todas las cláusulas suelo judicialmente. Comentar también que en caso de que se declaré nula lo normal es que el banco tenga que asumir todas las costas judiciales y los intereses. Como guía vamos a ir poniendo información sobre las sentencias judiciales que anulan la cláusula suelo en hipotecas. Si conocéis alguna sentencia que no esté recogida en el resumen postearla o mandárla y la incluiremos.

Últimas sentencias que anulan la cláusula suelo

Después de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de Mayo



20/04/2015 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº 12 de Las Palmas - Bankia con devolución de cantidades
24/03/2015 Sentencia del Mercantil de Elche (Alicante) - Banco de Valencia (Caixabank)
18/03/2015 Sentencia del Mercantil de Barcelona - Banco Popular
16/03/2015 Sentencia Juzgado Mercantil nº 4 de Madrid - Banco Popular con devolución de cantidades
09/03/2015 Sentencia del Mercantil de Barcelona - CaixaBank
06/03/2015 Sentencia Mercantil de Barcelona - Banco Popular
24/02/2015 Sentencia Juzgado Mercantil de Valladolid - Caja España con devolución de cantidades
05/02/2015 Sentencia Juzgado Mercantil de León - Caja España con devolución de cantidades 
21/01/2015 Sentencia Juzgado Mercantil de Segovia - Bankia con devolución de 9000 euros
17/12/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº8 de Barcelona- Banco Popular
06/11/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº8 de Barcelona-La Caixa (Caixabank)
24/10/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº1 de Valencia - Banco Popular
26/09/2014 Sentencia Juzgado Mercantil de Barcelona - Caja España Duero
19/02/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº8 de Barcelona - Catalunya Banc
19/02/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga que obliga a la devolución de lo pagado de más - Cajamar
12/02/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil de San Sebastián - Caja España
31/12/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga que obliga a la devolución de lo pagado de más - Cajamar
06/10/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Córdoba - CajaSur
29/09/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Madrid - - Bantierra
17/07/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Vitoria - Liberbank
20/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Caja España (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
19/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Liberbank (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Caja Extremadura (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Liberbank (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº9 de Barcelona -BMN (anula cláusula suelo pero no obliga la devolución)
19/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº1 de Bilbao - NCG
23/05/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Cajamar
21/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - Banco Popular
13/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - NCG
10/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - Banco Popular


Antes de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de Mayo

18/03/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Bilbao - Banco Guipuzcoano
15/01/2013 Sentencia Juzgado Mercantil de Cáceres - Caja de Ahorros del Mediterráneo-Cajamar
19/12/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1.Caja de Extremadura (Liberbank)
28/11/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga. Banco Pastor (Banco Popular).
19/11/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Palma de Mallorca - Banco demandado Cajamar
16/11/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba
13/11/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cuenca - Banco de Castilla La Mancha 
12/11/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Orense. Novagalicia (Nova Caixa Galicia)
09/11/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1. Caja de Extremadura (Liberbank)
05/10/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1. Caja de Extremadura (Liberbank)
04/10/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Alicante - Banco demandado BBVA
04/10/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
25/09/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
18/07/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1 - Caja de Extremadura (Liberbank).
11/07/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y Mercantil de Cáceres - Caja de Extremadura (Liberbank).
10/07/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1 - Caja de Extremadura (Liberbank)
05/07/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Banca Cívica.
05/06/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Banca Cívica.
16/05/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Cádiz.
24/04/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres- Banco demandado Caja de Ahorros de Extremadura
23/03/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Burgos - Banco demandado Caja Rural de Burgos
23/03/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres-Caja Extremadura (Liberbank)
20/03/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga
20/03/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres.
13/02/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres - Caja Extremdura (Liberbank)
10/02/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Alicante - Banco demandado Banco Popular
02/02/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº2 de Palma de Mallorca. - Caixa Rural de Balears
09/01/2012 Sentencia Juzgado de Primera Inst. nº2 de San Bartolomé de Tirajana - Caja Grl. de Ahorros de Canarias
21/12/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Cádiz -Unicaja
20/12/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Málaga - BBVA
24/11/2011 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Zaragoza - Caja España
18/10/2011 Sentencia Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
24/04/2011 Sentencia Audiencia Provincial nº 18 de Cáceres
19/09/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Burgos. Banco Cooperativo (Caja Rural de Burgos)
11/03/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de León. Caja España.
07/04/2011 Sentencia Audiencia Provincial nº 14 de Barcelona
21/02/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 Alicante - Nova Caixa Galicia
30/09/2010 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº2 de Sevilla - BBVA, Cajamar y Caixa Galicia
07/04/2010 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Mollet del Vallés


cláusula suelo

Cómo véis últimamente todas las sentencias son favorables a los clientes y declaran nulas las cláusulas suelo. Parece pues que cada vez es más fácil eliminar la cláusula suelo, aunque los Bancos obliguen muchas veces a tener que poner la demanda judicial. Por ello tenemos habilitado nuestro servicio de demandas con el que estamos anulando todas las cláusulas suelo:

http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html


PD: Muchas gracias a Miguel que nos ha facilitado más sentencias referentes a la cláusula suelo, hemos ya incluido algunas e iremos incluyendo todas una vez comprobadas

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domingo, 29 de septiembre de 2013

Declarada nula la cláusula suelo de Bantierra

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El Juzgado Mercantil número 1 de Madrid ha declarado la nulidad de la cláusula suelo incluída en los préstamos hipotecarios de Bantierra y por tanto su aplicación. Esta cláusula, que infringe el principio de buena fe, "supone una suerte de redondeo al alza del tipo mínimo de interés", según indica la sentencia. De hecho, añade, constituye "un injusto desequilibrio de prestaciones que el banco blinde su riesgo frente a una evolución bajista del tipo de interés en la propia redacción del clausurado".
El fallo solicita a la entidad resultante de la fusión de Multicaja y Cajalón a "eliminar dicha condición general de la contratación u otras que, en otros términos, establezcan en ella el mismo contenido de determinar un tipo de interés mínimo a pagar por el prestatario".
Según indicó ayer la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), esta sentencia "beneficia a miles de clientes de la entidad, ya que declara nula la cláusula suelo". A partir de esta resolución, los clientes tienen en su mano el poder reclamar las cantidades ya pagadas mediante el ejercicio de una demanda individual, y recuperar así el dinero pagado de más durante la vida del préstamo.
Bantierra respondió ayer al fallo al asegurar que la sentencia contiene "debilidades de planteamiento" que proporcionan argumentos procesales y jurídicos "sólidos" para apelarla. La entidad mantiene que la consideración de "abusivas" de estas cláusulas depende "de cómo se haya informado al cliente en el momento de firmar la hipoteca". Por último, a juicio de Bantierra, la sentencia introduce "elementos de inconsistencia jurídica que no facilitan la adecuada relación cliente entidad".
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viernes, 23 de agosto de 2013

Unicaja deberá anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas y devolver lo cobrado

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Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga impone a Unicaja a anular las cláusulas suelo de 28 préstamos hipotecarios y a devolver a los afectados lo indebidamente cobrado de más, al considerar ésta "abusiva". Según las estimaciones de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), que impulsó la demanda agrupada que dio lugar a la sentencia, la cantidad supera los 225.000 euros.

A algunos de los afectados la entidad deberá devolver más de 30.000 euros, agregan las mismas fuentes. El volumen de estas cantidades "demuestra el perjuicio económico que esta cláusula abusiva puede llegar a tener para cientos de miles de familias", destacan desde Adicae.

En la sentencia se recoge que Unicaja se oponía a la demanda alegando que la cláusula "no constituye una condición general de la contratación que pueda ser considerada abusiva afirmando que fue individualmente negociada con cada uno de los actores prestatarios, resultando libremente pactadas". La Sala recuerda que para que una cláusula tenga condición de abusiva debe cumplir varios requisitos: que no se haya negociado, que sea contraria a la buena fe y que cause un desequilibrio en los derechos y obligaciones derivados del contrato.
Estaba inserta en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria firmados entre 2005 y 2011

La cláusula a la que se refiere la sentencia se encuentra inserta en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria a interés variable otorgados por las partes en escritura pública, en distintas fechas comprendidas entre 2005 y 2011.

Según la jueza que ha dictado el fallo, "nos encontramos ante una cláusula que aparece integrada en una pluralidad de contratos, elaborada, con carácter general, de manera unilateral y previa por la entidad bancaria en la normalidad de los casos, resultando ser la excepción su variación y negociación particular". "Tampoco consta que la entidad prestamista demandada facilitara a los actores una perfecta comprensión de las implicaciones financieras del contrato de préstamo hipotecario que finalmente contrataron, ni una adecuada comprensión del contenido íntegro del contrato", destaca la resolución jurídica.

Además, señala que no consta que el notario informara a los demandantes de la existencia de esta cláusula en sus contratos ni les advirtiera "expresamente" del significado de aquellas cláusulas que, "por su propia naturaleza, pudieran pasarle inadvertidas". Por ello, concluye que "como consecuencia del desequilibrio que el demandado produce al incluir esta cláusula en el contrato de préstamo, se evidencia que su actuación es contraria a la buena fe, puesto que el desequilibrio causado en perjuicio del consumidor no queda justificado".
El fallo no es firme y puede ser recurrido

Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Además, han señalado que Unicaja ha pedido una aclaración de la misma, de manera que dependiendo de la respuesta del juzgado, la entidad estudiará la presentación del recurso.

Este nuevo revés judicial a la polémica cláusula suelo se suma a la relevante sentencia emitida por el Tribunal Supremo el 9 de mayo que obligaba a tres entidades financieras (BBVA, Novagalica Banco y Cajamar) a quitar el suelo de todos sus préstamos hipotecarios. Desde entonces, las demandas de afectados del resto de entidades financieras ha aumentado.


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lunes, 5 de agosto de 2013

Un juez obliga a BMN a eliminar una cláusula suelo de Caja Granada y devolver el dinero cobrado de más a un cliente

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Poco después de conocerse que BMN no iba a eliminar las cláusula suelo se ha conocido esta noticia que deja en evidencia que las cláusulas suelo de BMN al igual que las de otras entidades en la mayoría de casos adolecen de falta de transparencia. De hecho en varias reclamaciones que hemos hecho a través de nuestro servicio personalizado de reclamaciones hemos conseguido la anulación de la cláusula suelo por la falta de transparencia.

Hoy mismo se ha conocido que el juzgado de lo Mercantil 2 de Málaga ha obligado a Caja Granada, entidad integrada en Banco Mare Nostrum (BMN), a eliminar la cláusula suelo establecida en la hipoteca de un granadino y a devolverle el dinero cobrado de más por este concepto desde la firma del servicio.

La sentencia del juzgado malagueño, que ha dado hoy a conocer la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) de Granada y a la que ha tenido acceso Efe, ha considerado "abusiva" la cláusula suelo incluida por CajaGranada en la hipoteca de uno de sus clientes.

Así, el juzgado de lo Mercantil 2 de Málaga, donde se ha tramitado la demanda, ha condenado a la entidad bancaria a eliminar este punto del contrato hipotecario y a devolver al afectado los poco más de mil euros que le cobró de más atendiendo a esta condición del contrato hipotecario.

El delegado de Ausbanc en Granada, Alfredo Martínez, ha celebrado la decisión judicial y ha detallado que, aunque en este caso la devolución ronda los mil euros, la mayoría de los usuarios bancarios con cláusulas suelo pagan de media entre 5.000 y 7.000 euros por este concepto.

Esta sentencia, aplicable pero contra la que cabe recurso en la Audiencia de Málaga, es la primera que Ausbanc gana frente a CajaGranada.

El pronunciamiento judicial malagueño se apoya en la sentencia del Tribunal Supremo, del pasado mes de mayo, que consideró abusivas las cláusulas suelo incluidas por tres entidades crediticias, aunque en esta ocasión sí se especifica la devolución del importe cobrado por este concepto.

El delegado de Ausbanc en Granada ha subrayado que, de momento, la Asociación ha ganado todos los pleitos interpuestos por particulares, aunque ha detallado que menos del 20 % de los afectados recurre a la vía judicial.

Ausbanc ha apuntado además que estiman alcanzar los 2.000 casos de cláusulas abusivas con CajaGranada, un número mínimo frente a las cerca de 50.000 hipotecas que mantiene la entidad.

Cada afectado por cláusula suelo pagará una media de 20.000 euros de más por su hipoteca, según Ausbanc, mientras las demandas judiciales se tramitan en un plazo medio de ocho meses.

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sábado, 13 de julio de 2013

BBVA y Cajamar recurren la sentencia del Supremo sobre la cláusula suelo

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BBVA y Cajamar han presentado un recurso de nulidad ante el Supremo sobre la sentencia que este mismo tribunal falló el pasado 9 de mayo declarando nulas las cláusulas suelo opacas. Dicho incidente de nulidad se resolverá en setiembre.

Un fallo que llevó a estas dos entidades y a Novagalicia a anularlas de su cartera, con un impacto millonario para sus resultados. Pese a presentar este recurso, las tres entidades ya han comenzado a retirar las cláusulas suelo de todas sus hipotecas.

Fuentes jurídicas afirman que tanto BBVA como la entidad almeriense ya comunicaron que recurrirían esta sentencia. Aseguran que con los niveles de transparencia exigidos, “la sentencia infringe preceptos constitucionales y cambia las reglas del juego que no estaban contempladas.La sentencia del Supremo no había sido objeto de debate con las partes para tratar el precio con las entidades”.
Otras fuentes jurídicas añaden que la sentencia se centraba “en base a hechos y fundamentos jurídicos distintos de aquellos que habían sido objeto del proceso y declarados probados en la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, con vulneración del principio de congruencia”.
Novagalicia ha decidido no unirse al recurso de nulidad de BBVA y Cajamar al entender que una vez que ha comenzado a eliminar las cláusulas suelo –a los afectados se les paga un 4% de interés desde mayo hasta que se les quite del contrato dicha cláusula– “no tiene mucho sentido para ellos presentar un recurso”



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