Volvemos a tener buenas noticias esta semana sobre las cláusulas suelo pues nuestros abogados colaboradores de Madrid han conseguido dos nuevas sentencias (una contra Banco Popular y la otra contra Globalcaja) eliminando la cláusula suelo y recuperando lo pagado de más desde 2013.
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Sentencia anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando lo pagado
Este sentencia conseguida en el juzgado Mercantil nº9 de Madrid (sentencia 112/2016) declara la nula la condición general de la cláusula suelo del 2,5% y condena al banco a devolver lo pagado de más desde 2013 y pagar las costas del proceso. Aquí podéis ver el fallo de la sentencia:
"Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. , en nombre y representación de Don y Doña , contra BANCO POPULAR representada por la Procuradora Sra. , debo declarar y declaro la nulidad de la condición general de la contratación
incluida en la escritura pública de préstamo hipotecario de fecha 3 de julio de 2007, suscrita
por las partes y que establece que el tipo de interés mínimo aplicable no será inferior al
2,5%; Y debo condenar y condeno a la demandada a que elimine dicha cláusula del contrato
y devuelva a la parte actora las cantidades abonadas por aplicación de dicha cláusula desde
el 9 de mayo de 2013. Las costas se imponen a la parte demandada"
Sentencia anulando la cláusula suelo de Globalcaja y recuperando lo pagado
Este sentencia conseguida contra la CAJA RURAL DE ALBACETE, CIUDAD REAL Y CUENCA, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE CRÉDITO (GLOBALCAJA) se ha obtenido en el juzgado Mercantil nº9 de Madrid (sentencia 113/2016) también declara la nula la cláusula suelo del 3,5% y condena al banco a devolver lo pagado de más desde mayo de 2013 y las costas. Aquí podéis ver el fallo completo de la sentencia:
"Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. en nombre y representación de Don y Doña Consuelo Rubio
Mucia, contra CAJA RURAL DE ALBACETE, CIUDAD REAL Y CUENCA, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE CRÉDITO (GLOBALCAJA), representada por el Procurador SR. , debo declarar y declaro la nulidad de la condición general de la contratación
incluida en la escritura pública de fecha 12 de marzo de 2009, suscrita por las partes y que
establece “limitaciones a la baja y al alza del 3,50% y 12,00%”; Y debo condenar y condeno
a la demandada a que elimine dicha cláusula del contrato y devuelva a la parte actora las
cantidades abonadas por aplicación de dicha cláusula desde el 9 de mayo de 2013.
Las costas se imponen a la parte demandada.
Seguimos ayudando a la gente en la lucha contra las cláusulas suelo
Estas dos sentencias no son aisladas ya que cada semana estamos consiguiendo ayudar a la gente a anular la cláusula y recuperar lo pagado de más. Este mes sin ir más lejos hemos ayudado a más de 50 usuarios de la web que ya no tienen cláusula y han recuperado su dinero. Durante 2016 hemos recuperado centenares de miles de euros que los bancos habían cobrado de más.
Si aún tenéis cláusula suelo o el banco no os ha devuelto lo pagado de más sólo debéis contactar con nosotros en el email demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo!