¿Qué es la oferta vinculante?
Es un documento que los bancos y cajas de ahorro (entidades de crédito en general) tienen obligación de entregar al cliente. Esta oferta debe contener todas las condiciones financieras del péstamo hipotecario. Así mismo la validez de la oferta vinculante no puede ser inferior a diez días hábiles a partir de su fecha de entrega.¿En qué casos es obligatorio?
Hasta 2007 para hipotecas nuevas con límite de 150.253,03 euros (Orden Ministerial de mayo de 1994, sobre Transparencia de las Condiciones Financieras de los Préstamos Hipotecarios). En este caso cuando sea obligatoria deberá estar firmada por el cliente AL MENOS TRES DÍAS ANTES de la firma de la escritura de la hipoteca.A partir de del 8 de diciembre de 2007 para hipotecas de CUALQUIER IMPORTE (Ley 41/2007, de 7 de Diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de Marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario, BOE del 8 de diciembre de 2007) se debería facilitar la oferta vinculante o documentación análoga referente a la hipoteca :
"La información relativa a la transparencia de los créditos o préstamos hipotecarios, siempre que la hipoteca recaiga sobre una vivienda, se suministrará con independencia de la cuantía de los mismos".
Sin embargo, la obligatoriedad estricta de los 3 días de acuerdo a la Orden Ministerial de Mayo de 1994 sigue siendo aplicable a las hipotecas sólo a las hipotecas con límite de 150.253,03 euros.
En los casos de subrogación de hipoteca existente con NOVACIÓN también es obligatoria en los mismos límites comentado arriba: Sin embargo no es así cuando haya una subrogación de la hipoteca existente por ejemplo la del promotor y NO haya novación.
Para las hipotecas más nuevas, el 28 de Octubre de 2011 se publicó la Orden EHA/2899/2011 que derogada la Orden Ministerial de Mayo de 1994. Por lo tanto a partir del 29 de Julio de 2012 (fecha establecida para entrar en vigor los cambios sobre la oferta vinculante) deja de ser obligatoria la oferta vinculante aunque el cliente si puede pedirla.
¿Por qué es importante en las reclamaciones de la cláusula suelo?
Es importante porqué si no firmamos la oferta vinculante y era obligatoria para nuestra hipoteca el Banco ha incurrido en claro incumplimiento de la ley por lo que será más fácil eliminar la cláusula suelo.¿Cómo es una oferta vinculante?
Algunos nos habéis preguntado el aspecto que tiene una oferta vinculante. A continuación os mostramos la primera página de una del BBVA para que os hagáis una idea aproximada.Normalmente tiene más de una página y debe contener toda la información de la nuestra futura hipoteca.
¿Puedo eliminar la cláusula suelo aunque tenga oferta vinculante correcta?
La respuesta es que sí. Desde la sentencia del Supremo se están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo judicialmente aunque exista oferta vinculante. El motivo es que la sentencia del Supremo establece unos criterios de transparencia que ningún banco ha cumplido aunque entregase la oferta vinculante. Sin ir más lejos, nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar el 100% de los casos y ya tenemos más de 3000 procesos en marcha. Si estáis interesados en eliminar vuestra cláusula suelo y recuperar lo pagado de más sólo debéis enviar un email a: demandas@clausulasuelo.infoAquí tenéis la información del servicio de demandas judiciales se están eliminando en todos los casos las cláusulas suelo:
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
Además se están consiguiendo la imposición de las costas al banco por lo qué lo hayamos pagado al abogado y procurador se recupera!
Si tenéis cualquier duda sobre la oferta vinculante en particular o la cláusula suelo en general podéis usar nuestro foro: foroclausulasuelo.com.