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lunes, 6 de noviembre de 2017

Nueva sentencia ganada contra Liberbank anulando otra cláusula suelo y recuperando lo pagado de más

2 comentarios
Nuevamente nuestros abogados colaboradores de Barcelona han conseguido otra victoria judicial en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 9 de Barcelona que ha dictado una sentencia en la que anula la cláusula suelo y condena al banco, en este caso Liberbank, a la devolución de las cantidades asumidas como consecuencia de esta cláusula. La cláusula suelo anulada era del 4% posteriormente rebajada al 2% siguiente el criterio del Tribunal Supremo que hace poco se pronunció sobre los acuerdos de rebaja de cláusula suelo afirmando que no tenían ninguna validez al ser la cláusula nula por lo que no cabía ningún acuerdo posterior.
Además la sentencia condena al banco a pagar todas las costas del proceso.

Aquí tenéis el fallo de la última sentencia conseguida :

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Eulàlia Rigol Trullols en
nombre y representación de D. Daniel  contra LIBERBANK, S.A., y en su virtud:

1.o) Declaro la nulidad de la estipulación contenida en la escritura de préstamo
hipotecario suscrita por las partes el 6 de junio de 2008, por la que se establece un tipo de interés
mínimo aplicable del 4%, así como del contrato de 8 de junio de 2010 por el que se reduce dicho
mínimo al 2%.

2.o) Condeno a LIBERBANK, S.A., a recalcular las cuotas del préstamo desde el
momento de su celebración, y a restituir a D. Daniel García Torres la totalidad de las cantidades
percibidas en aplicación de las cláusulas declaradas nulas, con los intereses legales devengados
desde la fecha de cada cobro.

Condeno asimismo a LIBERBANK, S.A., al pago de las costas causadas.


Si aún tenéis cláusula suelo o el banco no os ha devuelto lo pagado de más, no dudéis en contactar con nosotros en el email: demandas@clausulasuelo.info. Os ayudaremos a anular la cláusula suelo totalmente y/o recuperar hasta el último euro pagado de más.






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viernes, 27 de octubre de 2017

El Supremo confirma que una cláusula suelo abusiva es nula aunque haya acuerdo posterior entre banco y cliente

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que, por primera vez, confirma que las cláusulas suelo abusivas deben anularse siempre y no pueden convalidarse aunque los afectados hayan firmado un acuerdo en ese sentido con el banco.
La sentencia -emitida el pasado día 16 y difundida este viernes- determina que la nulidad de una cláusula suelo abusiva "es una nulidad radical o de pleno derecho", por lo que no puede ser convalidada posteriormente.
En concreto, el fallo judicial hace referencia a un caso en el que los demandantes habían firmado una hipoteca que contenía una cláusula suelo de la que no se les informó; después de la firma, pactaron una reducción de las condiciones de esa cláusula. Pero ahora, el Supremo confirma que, al ser nula la cláusula desde el momento de su firma, la reducción pactada porteriormente no afecta a esa nulidad.

Devolución de todo lo cobrado por la cláusula nula



Como consecuencia de la sentencia, la entidad que realizó el préstamo hipotecario -Banco Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria- ha sido condenado a eliminar la condición general del contrato de préstamo hipotecario y a la consiguiente devolución de todas las cantidades cobradas con arreglo a la cláusula.
Esta sentencia pionera es relevante, ya que puede permitir a miles de consumidores reclamar cantidades cobradas por sus bancos en aplicación de cláusulas que hayan sido declaradas nulas, independientemente de los pactos o acuerdos que hayan negociado con posterioridad a la firma del contrato que las contenía.

El fallo judicial favorece a dos navarros que pidieron un crédito hipotecario a Caja España en 2009. La cláusula determinaba que el interés nominal anual “en ningún caso podía ser superior al 12,50% ni inferior al 3%”. Los firmantes no habían sido informados de la existencia de esa cláusula suelo, así que atribuyeron “mala fe” al banco y le reclamaron la reducción del suelo del préstamo al 2,5%, a lo que el banco accedió.

Un juzgado provincial desestimó la nulidad debido a un pacto



En 2012, Caja España volvió a aplicar el 3% de interés nominal a los afectados, que presentaron una demanda en junio de 2013 en la que requerían la nulidad por falta de transparencia y abusividad, y una indemnización de 3.400.44 euros. Esta demanda fue desestimada por el Juzgado Provincial de Instrucción de Pamplona con la justificación de que habían negociado un nuevo suelo, por lo que la cláusula era válida. El tribunal sí admitió la pretensión subsidiaría y condenó al banco a aplicar el 2,5% e indemnizar a los afectados.
Los afectados recurrieron ante la Audiencia Provincial de Navarra, que también desestimó su demanda, por lo que presentaron un recurso extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo.
El Supremo ha aceptado esa infracción procesal y ha considerado que los afectados no pudieron ejercer su derecho legítimo. Considera, además, que la cláusula suelo no era transparente, por lo que la califica como abusiva y declara su nulidad absoluta.
La sentencia hace referencia también al hecho de que el juez de primera instancia no declarara la nulidad de la cláusula a pesar de que existe ya jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en este sentido.

¿Qué debo hacer si el banco no me ha devuelto el dinero de la cláusula suelo?


Si aún el banco no te ha devuelto tu dinero por la cláusula suelo te recomendamos que nos envíes un correo cuanto antes a demandas@clausulasuelo.info dónde nuestros abogados colaboradores revisarán tu caso de manera totalmente gratuita y te informarán de la mejor manera en tu caso de conseguir cuanto antes tu dinero.


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miércoles, 11 de octubre de 2017

Dos nuevas sentencias ganadas por nuestros abogados en Albacete contra Globalcaja y Liberbank

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Nuevamente tenemos una gran noticia para nuestros usuarios pues hemos conseguido dos nuevas sentencias en Albacete anulando sendas cláusula suelo y recuperando lo pagado de más. La anulación y devolución de las cláusulas suelo se han conseguido contra Globalcaja y contra Banco Castilla La Mancha (Liberbank).

cláusula suelo Liberbank


La primera cláusula suelo anulada estaba establecida en un 2,95% en una hipoteca firmada en 2010 del Banco de Castilla La Mancha. A parte de la nulidad y devolución de todas las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo se ha conseguido la condena en costas al Banco.


Aquí podéis ver el fallo de la mencionada sentencia:

FALLO 

ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por D. FRANCISCO JOSE  y Dª VALENTINA , representados por el Procurador Sr.  contra BANCO DE CASTILLA LA MANCHA, representada por la Procuradora Sra.  y en consecuencia: 

1. DECLARO la nulidad de la cláusula siguiente: “LIMITES: SUPERIOR: 11% INFERIOR: 2´95%”, incluida en la Escritura Pública de modificación y ampliación del préstamo hipotecario suscrito entre D. Francisco Jose y Dª Valentina y BANCO DE CASTILLA LA MANCHA, en fecha 21 de diciembre de 2010. Dicha cláusula se tiene por no puesta en el contrato, conservando su validez el resto de estipulaciones del contrato. 

2. CONDENO a BANCO DE CASTILLA LA MANCHA a devolver las cantidades cobradas de más al amparo de la cláusula declarada nula desde la fecha de celebración del contrato y hasta la efectiva supresión de la clausula. Las cantidades sujetas a devolución se incrementarán en el interés legal desde la fecha de los correspondientes cobros y hasta la fecha de su reintegro. 

3.- CONDENO a BANCO CASTILLA LA MANCHA a recalcular el cuadro de amortización sin la aplicación de la cláusula suelo. 

4. CONDENO a BANCO DE CASTILLA LA MANCHA al pago de las costas del procedimiento



cláusula suelo Globalcaja


La segunda cláusula suelo anulada estaba establecida en un 2,5% en una hipoteca firmada también en 2010 pero en este caso en Globalcaja. Como en el caso anterior, a parte de la nulidad y devolución de todas las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo se ha conseguido la condena en costas al Banco.


Aquí podéis ver el fallo de la mencionada sentencia:


FALLO 

ESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Raquel Zamora Martínez en el nombre y representación de Fernando Galindo Casas, frente a GLOBALCAJA y, en consecuencia:

DECLARO la NULIDAD de la cláusula suelo, limitativa a la baja del tipo de interés variable al 2,5%, que aparece en el punto cuarto de la cláusula financiera tercera bis del contrato de préstamo hipotecario de 21 de mayo de 2.010, con el siguiente tenor literal: “4. TIPOS MÁXIMO Y MÍNIMO.- El tipo de interés revisado, conforme a las reglas anteriores, no podrá ser superior al 15% nominal, ni inferior al 2,50% nominal anual”.

CONDENO a la entidad demandada a estar y pasar por la declaración anterior, a eliminar dicha cláusula del contrato y a abstenerse de aplicarla en lo sucesivo, manteniendo la vigencia del contrato con el resto de sus cláusulas.

Igualmente CONDENO a la entidad demandada a devolver a los demandantes la cantidad que se determine en ejecución, y que en todo caso será el resultado de restar a las cantidades efectivamente cobradas en virtud de dicha cláusula, la que se debería haber cobrado por aplicación del último Euribor publicado a fecha de cada liquidación, más el diferencial que le resultara de aplicación en cada cuota en función de lo previsto en la escritura pública. Todo ello desde el inicio de vigencia del contrato de préstamo hipotecario y activación de la cláusula suelo hasta la efectiva eliminación de la misma.

Finalmente, CONDENO a la entidad demandada a abonar los intereses legales de las cantidades anteriores desde la fecha de su respectivo cobro hasta la fecha de la presente resolución. Todo ello con expresa imposición de costas a la entidad demandada

Recupera ya tu dinero de la cláusula suelo

Si aún tenéis cláusula suelo o no os han devuelto el dinero pagado de más no dudéis en enviarnos un correo a demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos a anularla totalmente (si no la tenéis anulada), recuperar lo pagado y rebajar vuestra cuota mensual.

 Estamos ganando el 100% de los casos de cláusulas suelo mediante la demanda judicial en toda España y de todos de bancos: Banco Popular, Sabadell, La Caixa, Targobank,  Ibercaja, BMN, La Caixa, , Bankia, Unicaja, Credifimo, Caja España Duero,  CCM, Liberbank, Caja Segovia, Cajas Rurales..
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jueves, 21 de septiembre de 2017

Los bancos tienen que devolver el dinero cobrado por la cláusula suelo aunque se firmara un acuerdo posterior

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La Audiencia Provincial de Salamanca ha ratificado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que puede suponer un gran beneficio a miles de personas que firmaran un acuerdo con su banco tras la sentencia del tribunal europeo sobre la devolución del dinero de las cláusulas suelo. Así, los bancos tienen que devolver toda la cantidad que le correspondía a los hipotecados.

En la sentencia en cuestión se ha logrado que Ibercaja Banco deba rehacer el cuadro de amortización del préstamo hipotecario y proceda a la devolución de las cantidades que se hubieran cobrado en virtud de la condición declarada nula. Una sentencia que permitirá a una pareja de Salamanca recibir 11.000 euros.


Los hechos se remontan al año 2007, cuando una pareja firmó una hipoteca para poder comprarse una vivienda. Ellos pensaban que firmaban a tipo de interés fijo los primeros seis meses y variable el resto con una serie de bonificaciones por tener las tarjetas con el banco, los seguros de vida y de hogar y varios productos más con el mismo banco (antes Caja Círculo), pero cuál fue su sorpresa cuando se dieron cuenta que hicieran lo que hicieran seguían pagando lo mismo.
En el año 2013 fue dictada la sentencia del Tribunal Supremo que consideraba nulas las denominadas cláusula suelo y el banco les ofreció una rebaja en el tipo de interés, pasando del 3,75 al 2,25%. El banco suscribió un contrato de novación de préstamo en el que los hipotecados manifestaban que conocían la existencia de la cláusula suelo y de sus consecuencias, renunciando a realizar cualquier acción.



Si aún no has demandado, no dudes en hacerlo ya!

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sábado, 9 de septiembre de 2017

Nueva sentencia favorable de nuestro abogado recuperando todo el dinero de una cláusula suelo en Albacete

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De nuevo tenemos buenas noticias para un usuario de nuestra web pues ha conseguido la anulación y devolución de la cláusula suelo gracias a nuestro abogado colaborador Jose Carlos. En este caso la sentencia se ha conseguido en el Juzgado de Primera Instancia nº3 (sentencia 00246/2017) de Albacete.

La cláusula suelo anulada estaba establecida en un 3,5% en una hipoteca firmada en 2015 del Banco Popular. A parte de la nulidad y devolución de todas las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo se ha conseguido la condena en costas al Banco.


Aquí podéis ver el fallo de la mencionada sentencia:

FALLO 

ESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Ana Luisa      en nombre y representación de José Antonio         y Dolores     , frente a BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A., y, en consecuencia:

DECLARO la NULIDAD de la cláusula suelo, limitativa a la baja del tipo de interés variable al 3,5%, que aparece en el punto cuarto de la cláusula financiera tercera bis de la escritura de préstamo hipotecario suscrito entre las partes el día 16 de junio de 2005.

CONDENO a la entidad demandada a estar y pasar por la declaración anterior, a eliminar dicha cláusula del contrato y a abstenerse de aplicarla en lo sucesivo, manteniendo la vigencia del contrato con el resto de sus cláusulas.

Igualmente CONDENO a la entidad demandada a devolver a los demandantes la cantidad que se determine en ejecución, y que en todo caso será el resultado de restar a las cantidades efectivamente cobradas en virtud de dicha cláusula, la que se debería haber cobrado por aplicación del último Euribor publicado a fecha de cada liquidación, más el diferencial que le resultara de aplicación en cada cuota en función de lo previsto en la escritura pública. Todo ello desde el inicio de vigencia del contrato de préstamo hipotecario y activación de la cláusula suelo hasta la efectiva eliminación de la misma.

Finalmente, CONDENO a la entidad demandada a abonar los intereses legales de las cantidades anteriores desde la fecha de su respectivo cobro hasta la fecha de la presente resolución.

Todo ello con expresa imposición de costas a la entidad demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación ante este Juzgado para su conocimiento y resolución por la Audiencia Provincial de Albacete.


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viernes, 1 de septiembre de 2017

La Justicia obliga a Ibercaja a devolver las cantidades cobradas por cláusulas suelo y gastos en tres hipotecas

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Tres sentencias obligan a Ibercaja a devolver los importes cobrados por distintos conceptos en sendos contratos hipotecarios. En dos de ellas se declara como nula la cláusula suelo y en la tercera la nulidad afecta a los gastos hipotecarios. En los tres casos, se condena a la entidad a restituir las cantidades obtenidas por su aplicación.
Desde la entidad bancaria recuerdan que ellos nunca han comercializado préstamos hipotecarios con cláusulas suelo, y que las que tienen han sido heredadas de Caja3. Apuntan, además, que en todos los casos tratan de comprobar si el cliente comprendió dicha cláusula y, en caso de estimar que así fue, "se defiende la posición en los tribunales".
La primera de las sentencias, a las que ha tenido acceso este medio, es del 23 de mayo de 2017 y la emite la Audiencia Provincial de Zaragoza. El 1 de diciembre de 2016, y tras la demanda interpuesta por el cliente, se declara la nulidad, “por abusividad, de la cláusula que contiene la limitación mínima del 4 % a la variación del tipo de interés nominal del contrato de préstamo hipotecario”. Además, se condena a Ibercaja “a restituir al actor las cantidades que hubiese pagado en aplicación de la anterior cláusula desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013.
El cliente presentó entonces un recurso de apelación y la nueva sentencia condenó a la demandada a abonar las cantidades cobradas desde la fecha del contrato del préstamo.
La otra sentencia que afecta a la cláusula suelo, de la misma fecha que la anterior, declara “la nulidad de la condición general de la contratación referente al interés mínimo”. En este caso, directamente se condenó a que la demandada “restituya a los actores en los intereses que hubiesen pagado en aplicación de la cláusula nula (…) desde el principio del contrato y desde que la cláusulas se hubiese aplicado". Ibercaja presentó recurso de apelación que fue desestimado.

Gastos hipotecarios

El tercero de los casos se encuentra en un episodio previo a las antedichas sentencias. El 7 de junio de 2017, la representación legal del cliente presentó una demanda de juicio ordinario solicitando la nulidad de “los gastos de hipoteca atribuidos al prestatario y devolución de las cantidades indebidamente cobradas por ese concepto (…), cuantificadas en 4.337,70 euros”.
Dicha demanda fue estimada parcialmente por el juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 12 Bis de Zaragoza, en sentencia del 21 de julio de 2017, declarando “la nulidad por abusivos” de algunos de los apartados incluidos en la cláusula referente a los gastos hipotecarios y condenando a Ibercaja a pagar 1.022,45 euros.


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lunes, 14 de agosto de 2017

El primer fallo del juzgado especial de cláusulas suelo de Barcelona condena al banco Sabadell

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Es la primera sentencia del juzgado de Barcelona especializado para tratar cláusulas suelo.

El juez ha condenado al Banco Sabadell a devolver a una clienta todo el dinero que le cobró en aplicación de estas cláusulas de limitación del tipo de interés variable. En una sentencia, este juzgado (Primera Instancia 50 de Barcelona) ha declarado "nula de pleno derecho" esta cláusula y ha condenado a la entidad a devolver a M.D.F.B. el dinero que le cobró al aplicarla.

Este juzgado es uno de los 54 que creó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el 1 de junio ante el aluvión de demandas previstas, con el fin de concentrarlas en una única sede provincial; en Catalunya, también se han activado el de Primera Instancia 3 de Girona; el de Primera Instancia 6 de Lleida y el de Primera Instancia 8 de Tarragona.

En este caso, el banco deberá volver a calcular las cuotas del préstamo hipotecario sin las cláusulas suelo y recalcular las cantidades a restituir por la aplicación de dicha cláusula desde el inicio del contrato. La condena se produce después de la entidad haya presentado un escrito de allanamiento (conformidad) con la demanda, pero no de forma total: admitía las pretensiones de la clienta pero discrepaba de que se le reclamasen las costas y solicitaba que no se le impusieran. La jueza sí ha aceptado esta petición del Sabadell.

A mediados de junio, en la presentación de la memoria judicial de 2016, la juez decana de Barcelona, Mercè Caso, apeló a la "responsabilidad" de las entidades bancarias para que negocien con los clientes las devoluciones para no colapsar los juzgados. Caso alertó de que de que el volumen de reclamaciones por estas causas puede ser "insoportable" para los juzgados (el de Barcelona recibe más de 40 demandas diarias) y por eso les instó a negociar, ya que el criterio de las sentencias está siendo muy claro.

Los 54 juzgados forman parte del plan de urgencia en el que empezó a trabajar en febrero el CGPJ para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.

Cómo recuperar el dinero de la cláusula suelo del Sabadell de manera efectiva y rápida

Nuestros abogados han ganado ya más de 1000 casos contra el Banco de Sabadell anulando la cláusula suelo y recuperando lo pagado de más y en pocos meses están resolviendo la anulación y recuperación de cantidades de manera efectiva por lo que si no habéis recuperado vuestro dinero os aconsejamos poneros en contacto con ellos lo antes posible en el correo demandas@clausulasuelo.info.




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jueves, 20 de julio de 2017

Nueva demanda ganada de cláusula suelo recuperando 12000 euros en Barcelona

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De nuevo nos notifican nuestros abogados colaboradores de Barcelona una nueva victoria en los juzgados de Primera Instancia anulando la cláusula suelo de Targobank y recuperando todo lo pagado de más.

Esta nueva victoria se ha producido al ganar una nueva sentencia contra Tragobank que le obliga a devolver todo el dinero pagado de más por una cláusula suelo del 4% que el juez estima que no fue transparente.

Nuestro usuario recupera 12.000€ aproximadamente, y la hipoteca le bajará de manera considerable, unos 225€ al mes.
También se condena al banco a pagar todos los gastos del pleito, por lo que el
cliente recuperó lo pagado por el juicio.

Aquí tenéis un extracto de la sentencia, con el fallo de la misma:

cláusula suelo Targobank



Cómo eliminar y/o recuperar el dinero de la cláusula suelo

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