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sábado, 2 de octubre de 2021

Un juzgado de Madrid anula una tarjeta 'revolving' de Wizink, que debe devolver casi 50.000 euros

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El juzgado de Primera Instancia número 83 de Madrid ha declarado nulo un contrato de Wizink con un cliente de Córdoba por una tarjeta revolving y ha condenado a la entidad a cancelar la deuda pendiente que tenía con el cliente y a devolverle todo lo abonado de más en concepto de intereses.

En concreto, la deuda pendiente ascendía a 12.731 euros, mientras que la entidad deberá ingresar 36.882 euros en concepto de intereses, lo que supone un total de 49.613 euros. El fallo se basa en los intereses aplicados a la tarjeta, con un TAE del 24,6%. La sentencia del juzgado explica que "sea cual sea el parámetro que se utilice para medir la abusividad de un tipo de interés, uno por encima del 20% como el de este caso, está fuera de la media, tanto bancaria como legal".


Es importante  destacar el "riesgo" que supone llevar a cabo una negociación con una entidad "sin estar asesorado por un especial". "Muchos buscan liquidar, cancelar, condonar, pagar, reunificar, refinanciar o amortizar deuda sin asesoramiento de un abogado especialista que les guíe en la negociación y pierden la oportunidad, en muchas ocasiones, de cancelar la deuda pendiente y recuperar todo el dinero cobrado de más".


Si tienes una tarjeta de crédito contacta ya con nosotros

Si tienes una tarjeta de crédito y estás pagando intereses contacta con nosotros y revisaremos tu caso de manera gratuita y si la tarjeta es abusiva nuestros abogados colaboradores presentarán la demanda para recuperar el dinero sin coste para ti.  Para ello sólo debes enviarnos un email a demandas@clausulasuelo.info o clausulasuelo.info@gmail.com.

Aquí puedes ver un ejemplo de sentencia que hemos logrado contra Wizink:

Nuestros abogados colaboradores han ganado ya más de 100 casos de Wizink (el 100% de las demandas presentadas).


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viernes, 21 de octubre de 2016

Nueva victoria contra las cláusulas suelo en Madrid contra Caja España Duero Unicaja

6 comentarios
Hoy volvemos a tener buenas noticias otra vez de un usuario de nuestra web pues hemos conseguido otra nueva sentencia favorable en Madrid (sentencia 518/2014 del Mercantil nº11) anulando una cláusula suelo de Caja Españo Duero y recuperando lo pagado de más desde 2013.

Fallo de la sentencia de anulación de la cláusula suelo

Aquí tenéis la transcripción del fallo:


Se estima íntegramente la demanda interpuesta por D. JOSE MARIA contra la mercantil BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA S.A. y en consecuencia:

- Se declara la nulidad de cláusula de limitación a la variabilidad de los tipos de interés inserta en el contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes.

-Se condena a la demandada a la restitución de las cantidades indebidamente percibidas en aplicación de la cláusula declarada nula desde la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013 hasta la fecha de supresión de la cláusula suelo por la entidad bancaria, más el interés legal correspondiente, cantidad que se determinará en ejecución de sentencia.

Con expresa condena en costas de la parte demandada.

Seguimos ganando el 100% de los casos de cláusula suelo!

Con esta nueva sentencia seguimos ayudando a todos nuestros usuarios a anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más por esta cláusula que se ha demostrado que es nula. Si aún tienes cláusula suelo o el banco no te ha devuelto lo pagado de más no dudes en contactar con nosotros en clausulasuelo.info@gmail.com o demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo.



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miércoles, 8 de junio de 2016

Nuevas sentencias conseguidas en Madrid anulando la cláusula suelo y recuperando lo pagado de más desde 2013

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Volvemos a tener buenas noticias esta semana sobre las cláusulas suelo pues nuestros abogados colaboradores de Madrid han conseguido dos nuevas sentencias (una contra Banco Popular y la otra contra Globalcaja) eliminando la cláusula suelo y recuperando lo pagado de más desde 2013.

Sentencia anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando lo pagado

Este sentencia conseguida en el juzgado Mercantil nº9 de Madrid (sentencia 112/2016) declara la nula la condición general de la cláusula suelo del 2,5% y condena al banco a devolver lo pagado de más desde 2013 y pagar las costas del proceso. Aquí podéis ver el fallo de la sentencia:

"Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. , en nombre y representación de Don  y Doña , contra BANCO POPULAR representada por la Procuradora Sra. , debo declarar y declaro la nulidad de la condición general de la contratación incluida en la escritura pública de préstamo hipotecario de fecha 3 de julio de 2007, suscrita por las partes y que establece que el tipo de interés mínimo aplicable no será inferior al 2,5%; Y debo condenar y condeno a la demandada a que elimine dicha cláusula del contrato y devuelva a la parte actora las cantidades abonadas por aplicación de dicha cláusula desde el 9 de mayo de 2013. Las costas se imponen a la parte demandada"


Sentencia anulando la cláusula suelo de Globalcaja y recuperando lo pagado

Este sentencia conseguida contra la CAJA RURAL DE ALBACETE, CIUDAD REAL Y CUENCA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO (GLOBALCAJA) se ha obtenido en el juzgado Mercantil nº9 de Madrid (sentencia 113/2016) también declara la nula la cláusula suelo del 3,5% y condena al banco a devolver lo pagado de más desde mayo de 2013 y las costas. Aquí podéis ver el fallo completo de la sentencia:

"Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. en nombre y representación de Don  y Doña Consuelo Rubio Mucia, contra CAJA RURAL DE ALBACETE, CIUDAD REAL Y CUENCA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO (GLOBALCAJA), representada por el Procurador SR. , debo declarar y declaro la nulidad de la condición general de la contratación incluida en la escritura pública de fecha 12 de marzo de 2009, suscrita por las partes y que establece “limitaciones a la baja y al alza del 3,50% y 12,00%”; Y debo condenar y condeno a la demandada a que elimine dicha cláusula del contrato y devuelva a la parte actora las cantidades abonadas por aplicación de dicha cláusula desde el 9 de mayo de 2013. Las costas se imponen a la parte demandada.


Seguimos ayudando a la gente en la lucha contra las cláusulas suelo

Estas dos sentencias no son aisladas ya que cada semana estamos consiguiendo ayudar a la gente a anular la cláusula y recuperar lo pagado de más. Este mes sin ir más lejos hemos ayudado a más de 50 usuarios de la web que ya no tienen cláusula y han recuperado su dinero. Durante 2016 hemos recuperado centenares de miles de euros que los bancos habían cobrado de más.

Si aún tenéis cláusula suelo o el banco no os ha devuelto lo pagado de más sólo debéis contactar con nosotros en el email demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo!

cláusula suelo Globalcaja





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domingo, 22 de mayo de 2016

Nueva sentencia firme en Madrid anulando la cláusula suelo de Caja España y recuperando lo pagado de más

2 comentarios
De nuevo otro éxito en nuestra lucha contra las cláusulas suelo pues nuestros abogados colaboradores de Madrid han conseguido una nueva sentencia favorable que ya es firme. A continuación os mostramos el fallo de la sentencia 54/2016 del juzgado Mercantil nº6 de Madrid que fue el encargado de enjuiciar la demanda interpuesta para anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más:

1.- declarar la nulidad parcial de la cláusula 3ª.bis de la escritura de ampliación y
modificación de préstamo con garantía hipotecaria otorgada en 11.3.2005 ante el
Notario de Madrid D. Pablo José con el nº  de su protocolo, en lo
relativo a las limitaciones mínimas y/o máximas a las variaciones en el tipo de
interés; en concreto su apartado final donde se hace constar que “…El ningún caso,
el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación, podrá ser superior al
12,50% ni inferior al 2,90%...”;

2.- declarar la nulidad parcial de la cláusula 2ª.bis de la escritura de novación
modificativa de préstamo con garantía hipotecaria, otorgada el 11.1.2008 ante el
Notario de Madrid D. Pablo José con el nº de su proptocolo, en
lo relativo a las limitaciones mínimas y/o máximas a las variaciones en el tipo de
interés; en concreto su apartado final donde se hace constar que “…El ningún caso,
el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación, podrá ser superior al
12,50% ni inferior al 3,50%...”;

3.- declarar la subsistencia del resto del contrato de préstamo hipotecario suscrito
entre las partes;

4.- condenar a la entidad financiera demandada a la devolución al demandante de
la cantidad cobrada en virtud de la aplicación de la referida cláusula en su
modalidad de tipo de interés mínimo, en la cantidad que supere el EURIBOR a un
año más el 0,350% nominal anual de diferencial [-sin perjuicio de las
bonificaciones señaladas contractualmente, en su caso -], con efectos desde el
9.5.2013 en adelante; debiendo incrementarse dicha cantidad en el interés legal
desde sus respectivos abonos hasta la presente Resolución; y sin perjuicio de los
intereses ejecutorios del art. 576 L.E.Civil desde la presente Resolución;

5.- desestimar las demás pretensiones formuladas; con expresa imposición de las
costas a la parte demandada.


La lucha contra las cláusulas suelo sigue!

Seguimos ayudando a todo el mundo a anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más por esta cláusula que se ha demostrado que es nula. Si aún tienes cláusula suelo o el banco no te ha devuelto lo pagado de más no dudes en contactar con nosotros en clausulasuelo.info@gmail.com o demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo.
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