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miércoles, 28 de febrero de 2018

El Supremo aborda hoy los gastos de constitución de las hipotecas

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El Tribunal Supremo ha abordado hoy uno de los asuntos bancarios que más litigiosidad ha despertado en los últimos tiempos (a parte de las cláusulas suelo): el del reparto de los gastos de constitución de la hipoteca. En concreto, el Pleno de la Sala Primera de lo Civil estudiará dos recursos de casación contra sentencias de la Audiencia Provincial de Oviedo que condenaban a los clientes a abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) derivado de la hipoteca.
Esta materia viene siendo objeto de un amplio debate judicial en los últimos años, dando lugar a sentencias dispares pese a que el Tribunal Supremo ya se pronunció sobre los gastos de constitución de la hipoteca en diciembre de 2015.
Su sentencia de entonces establecía que las cláusulas hipotecarias que imponen al consumidor el pago de todos los gastos asociados a la concesión del préstamo son abusivas y, por tanto, nulas. Sin embargo, los magistrados no aclaraban qué reparto de costes sería válido, ni quien debe abonar el citado impuesto, los gastos de notaría, registro y gestoría. Como consecuencia, los fallos posteriores han recogido todas las resoluciones posibles: desde cargar toda la factura al banco que impuso la cláusula a seleccionar determinados gastos para que los asuma cada parte.

Finalmente hoy el Tribunal Supremo se ha pronunciado para establecer que el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) debe abonarlo el consumidor. Eso no quiere decir que los otros gastos derivados de la constitución no puedan recuperarse, ya que ya se estableció que dicha cláusula era nula, sino que este impuesto en concreto debe abonarlo el consumidor.

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jueves, 22 de febrero de 2018

Devuelven a un cliente más de 21.000 euros de una cláusula suelo de Banco Popular que no existía

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Nueva sentencia en Málaga que obliga a Banco Popular que devuelva 21.774 euros por una cláusula suelo que ni siquiera existía en el contrato del préstamo hipotecario. El socio de Facua Málaga formalizó en 2000 un préstamo hipotecario con Banco Popular para la compra de su vivienda. En la escritura del mismo, se acordó un interés fijo del 3,75% durante 11 meses, siendo aplicable posteriormente un interés variable del 0,5% sobre el tipo de referencia Mibor (más tarde Euríbor).
A pesar de que en este contrato hipotecario no venía recogida ninguna cláusula suelo, la entidad estuvo aplicando ilícitamente en las revisiones anuales del préstamo un límite mínimo del 4,5% de interés sobre el capital pendiente hasta febrero de 2016.
En su demanda, se alegó falta de transparencia por parte de Banco Popular y denunció que su socio en ningún momento acordó en el contrato ni negoció el establecimiento de esta cláusula y es más, que ni siquiera tuvo conocimiento de la existencia de la misma. La asociación recordó además que el establecimiento de la cláusula suelo devendría nula por falta de transparencia, siguiendo la doctrina establecida tanto por el Tribunal Supremo como el TJUE, que ya han declarado en diferentes sentencias la ilegalidad de esta práctica.
Tras la denuncia Banco Popular, entidad del grupo Santander, informó al afectado de que le haría el reintegro de 17.125 euros cobrados indebidamente en los últimos quince años, más otros 4.649 euros en concepto de los intereses generados durante todo este tiempo.

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lunes, 19 de febrero de 2018

El Supremo aclarará el día 28 la rebaja de cláusulas suelo

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El Tribunal Supremo aclarará finalmente el próximo 28 de febrero si los acuerdos que la banca ofreció a los clientes para rebajar sus cláusulas suelo son válidos o no. El asunto la iba a debatir el pasado 28 de enero la Sección Tercera de la Sala de lo Civil, pero dada la trascendencia del asunto lo decidirán todos los magistrados de la Sala, el citado día.
El primer recurso que ha llevado el asunto al Alto Tribunal es de Ibercaja, por una cláusula suelo heredada de la CAI. Cuando el Supremo puso en duda todas las cláusulas suelo por falta de transparencia, la entidad, como otras, convocó a los clientes para ofrecerles rebajar el diferencial, firmando de puño y letra que entendían el acuerdo y a condición de que no reclamaran al juzgado. Aun así algunos les demandaron, y la Audiencia de Zaragoza les ha dado la razón, porque si la cláusula es nula, no se modifica. Ahora falta el criterio del Supremo.

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Si aún tenéis cláusula suelo o el banco no os ha devuelto lo pagado de más, no dudéis en contactar con nosotros en el email: demandas@clausulasuelo.info. Os ayudaremos a anular la cláusula suelo totalmente y/o recuperar hasta el último euro pagado de más.
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viernes, 9 de febrero de 2018

Nueva sentencia ganada anulando la cláusula suelo de Caja Laboral y recuperando lo pagado de más por la cláusula suelo y los gastos de la hipoteca

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Nuevamente nuestra abogada colaboradora Ane Miren Magro ha conseguido otra victoria judicial contra las cláusulas suelo y los gastos de constitución de hipoteca.

En este caso la sentencia es del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Getxo que ha dictado una sentencia en la que anula la cláusula suelo y condena al banco, en este caso Caja Laboral, a la devolución de las cantidades asumidas como consecuencia de esta cláusula suelo que  era del 2,5%. La sentencia también condena al banco a devolver los gastos hipotecarios. Finalmente comentar que el banco  ha sido condenado a pagar todas las costas del proceso.

Aquí tenéis el fallo de la última sentencia conseguida :

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