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jueves, 10 de noviembre de 2016

Cuatro nuevas sentencias anulando cláusulas suelo de Caja España Duero en Valencia

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Nos llegan nuevamente buenas noticias para nuestros usuarios pues nuestro abogado colaborador que lleva los casos de Valencia de anulación de cláusula suelo y recuperación de cantidades, nos acaba de informar de cuatro nueva sentencias contra Caja España Duero de estas últimas semanas y meses. Envíanos ya un correo a demandas@clausulasuelo.info y eliminaremos la tuya y recuperaremos lo pagado de más!

En concreto las sentencias son del Mercantil nº1 de Valencia: 209/2106, del Mercantil nº2 94/2016, y la 1102/2015 y la 183/2016 y anulan cláusulas suelo del 2,5%, del 2,75%, del 2,95% y del 3%.  En todas se recuperan las cantidades desde 2013 así como las costas del proceso judicial. Con ello seguimos anulando cada día cláusulas suelo de Caja España Duero y recuperando miles de euros en cada caso. Ya hemos eliminado más de cien de este banco (el 100% de los casos demandados) y esperamos poder ayudar a todo el mundo a libarse de esta cláusula y recuperar su dinero!

Aquí tenéis los fallos de las sentencias:


FALLO SENTENCIA CLÁUSULA SUELO 209/2016

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gil en la representación que ostenta de sus mandantes D. OSCAR  y Dña. INMACULADA contra la entidad BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA S.A. se efectuan los siguientes pronunciamientos:

1.- Se declara, a todos los efectos procedentes en Derecho, la nulidad dela leyenda inserta en la clÁusula tercera bis ordinal 1 segundo parrafo in fine que enuncia que“… sin que, en ningun caso, el tipo de interes nominal anual resultante pueda ser inferior al 2,00 por ciento”.

2.- En su virtud, se condena a la entidad BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA S.A. a estar y pasar por la anterior declaración, asi como a la eliminación a su costa de la citada cláusula, sin eficacia desde la presente resolución

3.- Se condena a la entidad demandada al reembolso de las cantidades eventualmente cobradas en exceso en el periodo de junio de 2013 y sucesivos vencimientos, en los teminos que se enuncian al penultimo parrafo del fundamento juridico septimo de esta sentencia.

4.- Con imposiciÓn de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, que deberá interponerse en el plazo de veinte dÍas, con observancia del deposito y la tasa correspondientes. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.


FALLO SENTENCIA CLÁUSULA SUELO 94/2016

QUE DEBO ACORDAR y ACUERDO ESTIMAR la demanda interpuesta a instancia de ISABEL  Y GERMAN , contra BANCO POPULAR, y consecuencia:

1.- Se declara la nulidad de: A) CLAUSULA SUELO CONTENIDA EN LA ESTIPULACIÓN TERCERA BIS (Al folio 18), que establecida con la siguiente redacción: "En ningún caso el tipo de interés nominal anual resultante de cada valoración podrá ser superior al 12,50% ni Inferior al 2,95. "

2.- Se condene a la entidad BANCO DE CAJA ESPANA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S. A, a eliminar dicha condición del contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes.

3.- Se declare la vigencia del resto de cláusulas del contrato de préstamo hipotecario sin la aplicación de los límites de suelo, y de techo.

4.- Se condene a la entidad demandada a la devolución de cantidades cobradas por la cláusula suelo desde el 4/06/2013 hasta la retirada de la cláusula, que se fijará en ejecución de sentencia deduciéndose las cantidades cobradas de indebidamente por la diferencia de tipo de interés del Euribor más el diferencial y la cláusula suelo, cuya liquidación se efectuará en la forma prevista en el préstamo para la amortización anticipada del mismo.

5.- Se condenen a la entidad demandada, a recalcular y rehacer el nuevo cuadro de amortización que resultara de aplicar el tipo de interés pactado sin la cláusula suelo desde Junio de 2013; y se minore de la cuantía pendiente de amortizar; la cuantía que debiera haberse amortizado en el caso de la inexistencia del tipo mínimo.
6- Y todo ello, con imposición de las costas generadas a la parte demandada.


FALLO SENTENCIA CLÁUSULA SUELO 1102/2016

Que estimando totalmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Gil, en nombre y representación de Dª. EVA MARIA , contra la entidad BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA SA representada por la Procuradora Sra. Gil Bayo, debo declarar y declaro la nulidad por falta de transparencia y consiguientemente su eliminación del préstamo hipotecario otorgado entre las partes en fecha 29/04/09 ante el Notario, D. Emilio Orts Calabuig (protocolo nº 1426), la cláusula suelo contenida en la estipulación Tercera Bis (tanto en el folio 14 como en el 18), del 3,00%; manteniendo la vigencia del préstamo en el resto de sus condiciones; condenando a la entidad demandada a estar y pasar por tal declaración, a eliminar la clausula del contrato; a rehacer el cuadro de amortización del préstamo desde el 4/06/13 y a restituir a la parte actora la cantidad cobrada en exceso por la aplicación de la clausula declarada nula desde tal fecha, con los intereses legales y procesales desde el pago de cada mensualidad; así como al pago de las costas ocasionadas en esta instancia.

 A tal efecto, se requiere a la demandada para que en el plazo de veinte días presente nuevo cuadro de amortización del préstamo sin aplicación de la clausula suelo desde el 4/06/13, liquidando de las cantidades abonadas por la parte actora en exceso en concepto de intereses remuneratorios y eventualmente deduciendo el principal que debió ser amortizado, conforme al sistema de amortización pactado en la escritura de préstamo.


FALLO SENTENCIA CLÁUSULA SUELO 183
/2016

Que estimando totalmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Gil , en nombre y representación de D. JOAQUIN , contra la entidad BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA SA representada por la Procuradora Sra. Altarriba, debo declarar y declaro la nulidad por falta de transparencia y consiguientemente su eliminación del contrato de subrogación de préstamo hipotecario otorgado entre las partes en fecha 25/08/09 ante el Notario, D. Joaquin  (protocolo nº 1492), la cláusula suelo contenida en la estipulación Segunda (folio 27) con el siguiente tenor “… sin que, en ningún caso, el tipo nominal resultante pueda ser inferior al DOS CON CINCUENTA POR CIENTO”, así como en el folio 31, “la bonificación resultante de los párrafos anteriores no modifica el tipo mínimo establecido en el DOS CON CINCUENTA POR CIENTO, (…) En el supuesto de que no se aplique la bonificación por no cumplirse los criterios establecidos para ello, el tipo de interés mínimo aplicable en la correspondiente revisión será el TRES POR CIENTO”; manteniendo la vigencia del préstamo en el resto de sus condiciones; condenando a la entidad demandada a estar y pasar por tal declaración, a eliminar la cláusula del contrato; a rehacer el cuadro de amortización del préstamo desde el 4/06/13 y a restituir a la parte actora la cantidad cobrada en exceso por la aplicación de la cláusula declarada nula desde tal fecha, con los intereses legales y procesales desde el pago de cada mensualidad; así como al pago de las costas ocasionadas en esta instancia.

 A tal efecto, se requiere a la demandada para que en el plazo de veinte días presente nuevo cuadro de amortización del préstamo sin aplicación de la cláusula suelo desde el 4/06/13, liquidando de las cantidades abonadas por la parte actora en exceso en concepto de intereses remuneratorios y eventualmente deduciendo el principal que debió ser amortizado, conforme al sistema de amortización pactado en la escritura de préstamo.


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No te lo pienses ya, anula de manera sencilla tu cláusula suelo y recupera lo pagado de más con los mejores abogados de España, miles de sentencias favorables (el 100% de las interpuestas) avalan a nuestros abogados colaboradores. Sólo tienes que enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo.






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martes, 8 de noviembre de 2016

Anulada una cláusula suelo de Banco Popular junto con el índice IRPH

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Una juez de Alicante ha anulado una cláusula suelo de un préstamo hipotecario y otra que fijaba un interés anual a partir del Índice de Referencia de Precios Hipotecarios (IRPH) para bancos, por considerar que ambas eran abusivas.
La sentencia, fechada el pasado 10 de octubre, aprecia «falta de transparencia» en los contratos que firmó el usuario con el Banco Popular en 2004 y 2009.
Según la juez, «se creó la apariencia» de que los intereses podían disminuir a la baja en paralelo a la variación del índice Euríbor, cuando lo cierto y verdad es que se estipuló un precio mínimo del 3%» que luego aumentó al 4,5%.

Fallo pionero

Los abogados que han representado en este caso al demandante, Beatriz y Alberto Cañizares (abogados colabores de nuestra web), explicaron que esta es la primera sentencia dictada en Alicante de la que tienen conocimiento que anula la aplicación del índice IRPH a una hipoteca.
«Existen sentencias contradictorias entre las diferentes Audiencias provinciales», señalaron los letrados, aunque matizaron que los tribunales son cada vez «más proactivos» a la hora de eliminar las cláusulas abusivas «en defensa de los derechos de los consumidores».
En este caso, el juzgado de Primera Instancia Número 1 de la ciudad de Alicante considera que el prestamista «enmascaró entre informaciones abrumadoramente exhaustivas» la cláusula de aplicación del IRPH, de «manera que se dificultó su identificación y proyectó sombras sobre lo que considerado aisladamente sería claro».
Información previa inexistente
Del mismo modo, el fallo establece que la información previa al demandante sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad fue inexistente, pese a que esa información le podía «abrir los ojos».
La cláusula de IRPH vulneraba la legislación por «falta de información y transparencia», por lo que el banco deberá devolver al demandante las cantidades cobradas por intereses en aplicación de ese apartado desde febrero de 2010.
Igualmente, la entidad tendrá que abonarle los intereses que le cobró al aplicar un interés mínimo del 4,5% desde mayo de 2013, fecha en la que el Tribunal Supremo decretó la nulidad de las cláusulas suelo.

Si quieres anular tu IRPH contacta con nosotros

Si tienes IRPH y quieres eliminarlo el primer paso es que nuestros abogados colaboradores estudien tu caso (de manera gratuita). Para ello sólo debes enviar un correo a: clausulasuelo.info@gmail.com




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viernes, 21 de octubre de 2016

Nueva victoria contra las cláusulas suelo en Madrid contra Caja España Duero Unicaja

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Hoy volvemos a tener buenas noticias otra vez de un usuario de nuestra web pues hemos conseguido otra nueva sentencia favorable en Madrid (sentencia 518/2014 del Mercantil nº11) anulando una cláusula suelo de Caja Españo Duero y recuperando lo pagado de más desde 2013.

Fallo de la sentencia de anulación de la cláusula suelo

Aquí tenéis la transcripción del fallo:


Se estima íntegramente la demanda interpuesta por D. JOSE MARIA contra la mercantil BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA S.A. y en consecuencia:

- Se declara la nulidad de cláusula de limitación a la variabilidad de los tipos de interés inserta en el contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes.

-Se condena a la demandada a la restitución de las cantidades indebidamente percibidas en aplicación de la cláusula declarada nula desde la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013 hasta la fecha de supresión de la cláusula suelo por la entidad bancaria, más el interés legal correspondiente, cantidad que se determinará en ejecución de sentencia.

Con expresa condena en costas de la parte demandada.

Seguimos ganando el 100% de los casos de cláusula suelo!

Con esta nueva sentencia seguimos ayudando a todos nuestros usuarios a anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más por esta cláusula que se ha demostrado que es nula. Si aún tienes cláusula suelo o el banco no te ha devuelto lo pagado de más no dudes en contactar con nosotros en clausulasuelo.info@gmail.com o demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo.



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jueves, 20 de octubre de 2016

Nueva victoria contra Caixabank recuperando lo pagado de más por la cláusula suelo

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Nueva victoria en una cláusula suelo de La Caixa en el juzgado Mercantil nº 11 de Madrid (Procedimiento Ordinario 123/2015). Gracias a este éxito otro usuario de la web clausulasuelo.info ha ganado la demanda judicial con nuestros abogados colaboradores de Madrid gracias a nuestro servicio de demandas judiciales. En esta nueva sentencia se consigue la anulación total de la cláusula suelo (actualmente La Caixa las tiene suspendidas), la devolución de cantidades y la condena en costas al banco.


Fallo de la sentencia de anulación de la cláusula suelo de Caixabank

Aquí podéis ver el fallo de la sentencia:

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por D. xx, Dª xxx, Dª JUANA ANGUIX JIMENEZ Y D xx contra la mercantil CAIXABANK, S.A. y en consecuencia:

1.- Se declara la nulidad de la clausula suelo contenida en la clausula tercera Apartado 6) limite a la variación del tipo de interés, del contrato de crédito con garantía hipotecaria suscrito entre las partes en escritura de 22 de diciembre de 2011.

2.- Se condena a la demandada a la devolución de las cantidades que se hubieran cobrado en virtud de la condición declarada nula desde la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013 mas el interés legal correspondiente.

Con expresa condena en costas de la parte demandada





Seguimos consiguiendo éxitos día a día

A pesar de que algunos bancos, como La Caixa, han dejado de aplicar la cláusula suelo como trampa para que la gente no reclame la anulación y la devolución de cantidades os aconsejamos que no renunciéis a vuestro dinero ya que son miles de euros que el banco os ha cobrado indebidamente (entre 6000 y 12000 euros por caso). Por ello os aconsejamos que contactéis con nosotros en demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.

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viernes, 14 de octubre de 2016

Nueva cláusula suelo de Bankia anulada recuperando lo pagado de más

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Acaba de pasar a ser firme la nueva sentencia conseguida en setiembre en Barcelona, favorable para nuestros usuarios, que condena a BANKIA a eliminar la cláusula suelo del cliente del 3'75%, y a devolverle los intereses pagados de más desde 2013.

El cliente había reclamado al banco en muchas ocasiones que le quitaran el suelo pero no le hicieron caso como viene siendo habitual. Cuando Bankia recibió nuestra demanda, y para evitarse gastos, presentó un escrito admitiendo la falta de transparencia en la hipoteca.

La cliente recupera 6.000aprox, y la hipoteca le bajará unos 115al mes.
Como antes de demandar se había intentado una conciliación (el banco ni se presentó) el Juez les condena de todos modos a pagar todos los gastos del pleito subrayando que actuaron con MALA FÉ. El juicio se ha tramitado en sólo 6 meses desde la interposición de la demanda hasta la sentencia firme. El abogado director de la demanda ha sido Martí, abogado especialista colaborador de nuestra web.



Seguimos ganando el 100% de los casos y recuperando miles de euros de cada hipoteca con cláusula suelo

Con esta nueva sentencia ya hemos conseguido más de 500 anulaciones de la cláusula suelo recuperando lo pagado de más. Hemos anulado cláusulas suelos de todos los bancos y conseguido recuperar muchísimo dinero para todos nuestros usuarios. Además con el Euribor en mínimo históricos la anulación de la cláusula suelo implica la rebaja de la cuota a pagar cada mes (en algunos casos nuestros usuarios han rebajado la cuota en 500 euros cada mes!).



Tú también puedes recuperar tu dinero de manera sencilla

Si tienes o has tenido cláusula suelo puedes recuperar, con la ayuda de nuestros abogados colaboradores, el dinero pagado de más y conseguir anularla si aún te la están aplicando. No dudes en consultarnos y te informaremos y ayudaremos de manera totalmente gratuita en el email clausulasuelo.info@gmail.com.



cláusula suelo bankia




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jueves, 13 de octubre de 2016

Nuevas sentencias ganadas en Barcelona devolviendo lo pagado de más por las cláusulas suelo de Caixabank

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Nos llegan de nuevo buenas noticias sobre las cláusula suelo desde Barcelona pues nuestros abogados colaboradores han conseguido dos nuevas sentencias favorables recuperando lo pagado de más desde 2013 con la condena en costas favorable por lo que el proceso les ha salido totalmente gratis.

Las primera de las sentencias, conseguida en el Juzgado de Primera Instancia nº9 ha conseguido recuperar más de 7000 euros cobrados de más por una cláusula suelo del 3,5%. De nuevo se demuestra que no hay que renunciar al dinero pagado de más por la aplicación de la cláusula suelo aunque el banco haya dejado de aplicarla pues es dinero que el banco nos ha estado cobrado de más de manera incorrecta y puede recuperarse muy fácilmente con nuestra ayuda.



Aquí podéis ver la sentencia:
Sentencia cláusula suelo Caixabank

En la segunda sentencia, conseguida en el Juzgado Mercantil nº10 ha conseguido recuperar más de 9500 euros cobrados de más por una cláusula suelo del 3%.

Aquí tenéis la segunda sentencia completa:
Sentencia cláusula suelo 3% Caixabank

Más de 4000 personas han iniciado el proceso de estudio de viabilidad y demanda judicial. Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente y recuperar las cantidades pagadas de más! Los que estéis interesados podéis contactar en nuestro correo demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo de manera gratuita y sin compromiso.

Si queréis conocer todos los detalles de nuestro servicio de demandas para anular vuestra cláusula suelo sólo tenéis que acceder al siguiente enlace:
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domingo, 25 de septiembre de 2016

Siguen las anulaciones y devoluciones de cláusulas suelo de Banco Popular

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Seguimos ayudando a recuperar mucho dinero a los afectados de las cláusula suelo.
En este caso hemos eliminado una de Banco Popular en el Juzgado de Primera Instancia nº48 de Barcelona gracias a nuestros abogados colaboradores Martí y Lourdes. Esta anulación supondrá un ahorro de 310 euros cada mes. Además gracias a la sentencia de nulidad de la cláusula suelo nuestro usuario ha podido recuperar 19.000 euros pagados de más!

Una cláusula suelo del 3,55% de Banco Popular muy poco transparente

Con el Euribor en valores negativos la eliminación de la cláusula suelo del 3,55% supone un gran ahorro pero sobretodo la sentencia permite también recuperar 19.000 euros que es una cantidad considerable y que todos los afectados de cláusula suelo pueden recuperar sin problema con nuestra ayuda. Si tenéis o teníais cláusula suelo de Banco Popular sólo debéis enviar un email a: demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos.


Aquí podéis ver la sentencia que anula la cláusula suelo:

Sentencia eliminación cláusula suelo Banco Popular Barcelona con devolución


Seguimos con las anulaciones de cláusulas suelo y la recuperación de cantidades

Seguimos día a día cláusulas suelo y recuperando las cantidades pagadas de más. Hemos ayudado ya a recuperar millones de euros a nuestros usuarios, si aún no tienes tu dinero contacta con nosotros y te informaremos de todo: demandas@clausulasuelo.info


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viernes, 23 de septiembre de 2016

Declarada nula otra cláusula suelo en Sevilla anulando el IRPH por falta de transparencia

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El juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla ha dictado una sentencia en la que por “primera vez” se declara nula la cláusula suelo y el índice de referencia de los Préstamos Hipotecarios Entidades (IRPH Entidades) por falta de transparencia, condenado al Banco Popular a devolver con retroactividad los intereses cobrados desde mayo de 2013, además de tener que recalcular el préstamo hipotecario, que no tendría intereses “al no indicarse un tipo sustitutivo de referencia en la sentencia”.
La sentencia indica que en los préstamos a interés variable, el tipo de interés anual aplicable se conforma con el IRPH de Entidades más 0,250 puntos porcentuales, que se calculan dividiendo los tipos de interés medio ponderados de cada banco y caja entre el número de bancos y cajas. “Es evidente, que el ciudadano medio no entiende absolutamente nada de lo más arriba referenciado”, apunta la sentencia, que entiende que es la entidad la que debe explicar de forma “comprensible” las condiciones a su cliente.
La cláusula IRPH, al igual que la cláusula suelo, “es una condición general de la contratación, que está redactada por la entidad bancaria sin posibilidad de que el cliente interviniese en su contenido, e incorporadas a otros contratos de préstamos similares con la misma redacción”. Ni hubo hubo información precontractual ni negociación individualizada, recalcan.
Así, la sentencia obliga al Popular a recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde la publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013, que regirá hasta el fin del préstamo, y la devolución de las cantidades percibidas desde mayo de 2013, más los intereses legales.


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