La cláusula suelo no supera el doble control de transparencia
Nuevamente la cláusula suelo no supera el control de transparencia que exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo (como en todos casos que están llevando nuestros abogados). Es evidente que como hemos reiterado muchas veces las cláusulas suelo de Banco Popular no son transparentes y por lo tanto son nulas por lo que nuestros abogados os pueden ayudar sin problema en si tenéis cláusula suelo en este banco en anularla y recuperar lo pagado de más. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.
Detalles de la sentencia de anulación de la cláusula suelo de Banco Popular
A continuación podéis ver el fallo de la sentencia:
FALLO
1. ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Jon contra Banco Popular Español, SA.2. DECLARO la nulidad de la cláusula limitativa de la variación del tipo de interés incluida en la cláusula. cláusula sexta del contrato de compraventa con subrogación y novación de préstamo hipotecario firmado por las partes el 9 de marzo de 2006, en su apartado IV e) (reverso dei folio 0M2084581 de la escritura):
e) Independientemente de lo previsto en los apartados anteriores se acuerda y pacta expresamente por ambas partes que el préstamo hipotecario devengará un interés mínimo a favor del banco del 3,25% por ciento anual". Se tiene por no puesta en el contrato.
3. CONDENO a Banco Popular Español a la devolución de las cantidades que se hubieran cobrado en virtud de la citada cláusula declarada nula desde la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo 241/2013, de 9 de mayo. Dicha cantidad se determinará en ejecución de sentencia y será el resultado de a diferencia de lo pagado en concepto de intereses ordinarios con aplicación de la cláusula suelo y lo que le correspondería haber abonado sin su aplicación mediante el cálculo del tipo con referencia al Euribor y el diferencial acordado conforme a la escritura.
La cantidad total devengará el interés legal desde la fecha de cada cobro hasta hoy y a partir de hoy y hasta su completo pago el interés de mora procesal (interés legal del dinero incrementado en dos conforme al artículo 576 de la LEC.
CONDENO a Banco Popular Español, SA. al pago de las costas procesales al haber sido la demanda estimada en su integridad.
Y aquí no se acaba todo porque tenemos ya 50 procesos más en marcha
Seguimos anulando cláusulas suelo cada semana y tenemos ya 50 demandas más en marcha que muy pronto tendrán también sentencia y seguro que conseguiremos, como en todos los casos hasta ahora anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más. Aquí podéis ver los detalles del proceso de demanda con nuestros abogados:
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
Pero una cosa que no habeis dicho en ninguna sentencia. Estas son de primera instancia y el banco las recurren todas, asinke teneis qe informar de qe estas son valoraciones del juez mercantil o primera instancia. Serán buenas noticias cuando sean sentencia firme mientras son simplemente noticias.
ResponderEliminarAquí en Sevilla la AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA, esta llena de jueces corruptos qe estan obligados a darle la razon al banco para cobrar sus deudas pendientes.
uno de ellos se llama CONRADO GALLARDO cuidaito con este pájaro. ...
Buenos días y feliz 2016!
EliminarLos bancos no las recurren ni mucho menos todas, de nuestras demandas en 2015 sólo fueron recurridas un 15-20% y en segunda instancia las que ya han resuelto se han ganado sin problema.
Debes tener en cuenta que nuestras demandas están muy bien fundamentadas pues son individualizadas no como las de grandes despachos. Por ello los bancos no recurren porque para ellos sólo es gastarse más dinero pues poner un recurso les supone pagar las tasas judiciales (ellos no están exentos), abogado, costas de segunda instancia...
Un saludo!