Atención!! Recupera todo el dinero de la cláusula suelo y ahora también los gastos de tu hipoteca y de los intereses de tu tarjeta revolving. Envíanos un email a clausulasuelo.info@gmail.com para recuperarlo.

lunes, 29 de mayo de 2017

Un juez anula una cláusula suelo y obliga a un banco a devolver más de 43.000 euros

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Un juez de Sevilla ha declarado la nulidad de una cláusula suelo y ha acordado que una entidad bancaria devuelva a un cliente 43.225,10 euros por las cantidades indebidamente cobradas en virtud de la cláusula que ahora se anula. En la sentencia, el juez de lo Mercantil número 2 de Sevilla estima así la demanda presentada por una pareja. Así, el juez declara la nulidad de la cláusula limitativa del interés variable o cláusula suelo contenida en la escritura pública de 22 de noviembre de 2006 otorgada ante notario. De nuevo los clientes recuperan su dinero de la misma manera que nuestros usuarios lo están haciendo con nuestro servicio de demandas (para informarte envíanos un email a demandas@clausulasuelo.info)

Los demandantes alegaron que la cláusula cuya nulidad se insta es una condición general de la contratación "que adolece de falta de transparencia y es, en consecuencia, abusiva", mientras que la entidad bancaria negó que dicha cláusula "incumpliera sus deberes de información y transparencia". no consta que las cláusulas impugnadas hayan sido fruto de una negociación individualizada entre las partes El juez dice que, en este caso, "no consta que las cláusulas impugnadas hayan sido fruto de una negociación individualizada entre las partes, y puede suponerse únicamente un muy limitado tracto negocial en el que la entidad bancaria hace una oferta determinada que está previamente configurada y es irrevocable, y el consumidor se ve obligado a aceptar la cláusula o a acudir a cualquier otra entidad bancaria que realizará una oferta prácticamente idéntica". "Resulta evidente que este procedimiento no puede considerarse en ningún caso una negociación libre e individualizada", argumenta el juez, que considera que, con las pruebas practicadas, "el demandado no ha acreditado que informara al actor durante el procedimiento precontractual sobre la existencia y contenido de la cláusula suelo, dado que no se ha aportado ninguna prueba documental sobre este extremo". Al hilo, pone de manifiesto en esta sentencia que, "recayendo sobre la parte actora la obligación de acreditar el procedimiento de información precontractual, cabe concluir que no ha cumplido con tal obligación, y en consecuencia la cláusula sería, desde este momento, nula". A todo ello se suma, según expone el juez, que "no consta que se ofreciera al ejecutado ningún escenario relacionado con el comportamiento 'razonablemente previsible' del tipo de interés en el momento de contratar, ni que se le ofreciera información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la entidad". "Tampoco consta que se le ofrecieran simulaciones que permitieran al contratante conocer el funcionamiento real de la cláusula en el contrato", asevera el juez. 


"Farragosa" explicación

En este sentido, dice que "lo esencial no es que los consumidores conocieran la existencia e incluso el funcionamiento de la cláusula, sino el alcance de la misma, es decir, su proyección futura e incidencia en el contenido de las relaciones obligatorias de las partes, encontrándose la oscuridad de la cláusula, no en su redacción formal, sino en la ausencia de explicación material de la misma, siendo una falta de claridad que se proyecta sobre el contenido y no sobre el continente, sobre el fondo y no sobre la apariencia de la cláusula". Por ello, "el hecho de que el notario afirme que los consumidores conocen la cláusula se refiere a su conocimiento externo o formal y no interno o material, que es lo que determina la posibilidad de controlar la abusividad de la cláusula". Asimismo, el juez agrega que la cláusula "no aparece redactada en la escritura con la importancia que habría de tener dado que afecta a un elemento esencial del contrato, ya que en primer lugar se recoge en el apartado 3.3 de la escritura, tras una farragosa explicación del funcionamiento de los intereses que dificulta enormemente su comprensión para el consumidor medio". 


El banco informó al cliente del funcionamiento de la cláusula 

Todos estos elementos "permiten concluir que la entidad demandada no informó correctamente a su cliente del funcionamiento de la cláusula, que se traduciría en que en el supuesto de bajar el índice de referencia, el préstamo se convertiría de hecho en un préstamo a interés fijo en el que las variaciones del tipo a la baja no afectarán o lo harán de manera imperceptible en su beneficio". Por ello, "le fue imposible identificar la cláusula como definidora del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos", afirma el juez, que concluye que la entidad bancaria "no ha desplegado la más mínima actividad probatoria de que se ciñó a lo exigido por la normativa". La declaración de nulidad implica que la entidad bancaria haya de recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde su constitución "como si nunca hubiera estado incluida la cláusula en cuestión,", rigiendo dicho cuadro en lo sucesivo hasta el fin del préstamo. Asimismo, la entidad bancaria deberá reintegrar a los demandantes las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula desde su constitución, más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento. 

Recupera ya tu dinero!

Si el banco no te de ha devuelto tu dinero demanda YA. Para informarte como hacerlo de manera gratuita con nuestros abogados sólo debes enviar un email a demandas@clausulasuelo.info. Ya hemos ayudado a miles de persona y hemos recuperado más de un millón de euros de afectados por esta cláusula suelo. Cada semana estamos consiguiendo recuperar el dinero de varios usuarios de la web y esperamos que muy pronto ningún usuario de la web tenga cláusula suelo y todos hayan podido recuperar su dinero pagado de más. No dejéis de luchar por vuestro dinero
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domingo, 28 de mayo de 2017

El Gobierno aprueba la comisión de seguimiento de la devolución exprés de las cláusulas suelo

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El Consejo de Ministros ha aprobado la comisión de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones de los clientes por las cláusulas suelo, prevista en el decreto de medidas urgentes de protección de los consumidores de estas condiciones abusivas incluidas en las hipotecas.
La comisión de seguimiento estará compuesta por consumidores y abogados y se recoge en el decreto aprobado el pasado 20 de enero. El objetivo es que emita un informe semestral y vele por que las entidades cumplan sus obligaciones de información, sobre todo, con respecto a personas vulnerables.

Según el Ministerio de Economía, la comisión de seguimiento se va a encargar de recabar y evaluar la información que le traslade el Banco de España obtenida a su vez de las entidades.
Los bancos deberán proporcionar el número de solicitudes presentadas por los clientes, las que hayan terminado con acuerdo y las que no, así como los motivos. Además, el importe de las devoluciones y de las medidas compensatorias distintas de la devolución del efectivo. Cada entidad deberá a su vez informar sobre el sistema que haya implantado para garantizar la comunicación previa a los consumidores con hipotecas con cláusulas suelo.
Asimismo, la comisión podrá solicitar al Ministerio de Justicia información sobre procedimientos judiciales.
La miembros de la comisión serán el subgobernador del Banco de España, que la presidirá; el secretario general técnico del Ministerio de Economía; representantes de los ministerios de Justicia y Sanidad; del Consejo de Consumidores y Usuarios; del Consejo General de la Abogacía Española, del Consejo General del Poder Judicial; y un representante de la Asociación Hipotecaria Española.

"Pantomima"

Para las organizaciones de defensa de los consumidores esta comisión carece de utilidad. FACUA-Consumidores en Acción denuncia que "no es más que otra pantomima del Gobierno y los partidos que lo apoyan en su estrategia de ayudar a la banca a librarse de multas y no devolver todo el dinero que corresponde a la totalidad de afectados por el mayor fraude de la historia".
FACUA advierte de que, "en su objetivo de dar oxígeno a la banca, el Ejecutivo de Mariano Rajoy ha retrasado nada menos que cuatro meses la aprobación de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones" por las cláusulas suelo.
También la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera insuficiente esta competencia, ya que sólo se limita a informar sobre las irregularidades que puedan estar cometiendo las entidades, pero no podrá tomar medidas sancionadoras al respecto.
OCU critica además que este informe se haga de forma semestral, un periodo que considera demasiado largo y poco efectivo, y que los consumidores no tengan un papel más activo en esta comisión.

Cómo recuperar de manera efectiva todo el dinero de la cláusula suelo


En nuestra web y en nuestro foro hemos constatado que los bancos no están devolviendo de manera efectiva todo el dinero pagado de más por la cláusula suelo. Algunos bancos no devuelven nada y los que devuelven en la mayoría de casos están devolviendo mucho menos dinero del que corresponde. Sí queréis recuperar todo vuestro dinero contactar con nuestro equipo de abogados que os ayudará de manera rápida y efectiva. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.



gobierno cláusula suelo

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jueves, 4 de mayo de 2017

El caso de la alicantina que tumbó las cláusulas suelo en Europa ya tiene sentencia

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya le dio la razón el pasado mes de diciembre pero todavía faltaba que los juzgados españoles lo ratificaran. Y lo acaban de hacer. La Audiencia Provincial ha condenado al BBVA a devolver a la alicantina Ana Palacios todos los intereses que le cobró de más por la aplicación de la cláusula suelo de su hipoteca desde el inicio de la misma, después de que su caso fuera uno de los que propició que se anulara la limitación impuesta por el Tribunal Supremo, que en su día decidió que los bancos sólo reintegraran el dinero desde mayo de 2013 con el argumento salvaguardar la estabilidad del sistema financiero.

Una decisión que, no por esperada, ha causado menos satisfacción a la afectada, que interpuso su demanda hace ya más de tres años, en marzo de 2014. «Por fin se ha hecho justicia. Porque mucha gente piensa, cuando oye este tipo de sentencias, que te ha tocado la lotería y no es así. Lo que hacen es devolverte un dinero del que se habían apropiado de la manera más descarada», apuntaba ayer su abogado quien le propuso plantear la cuestión prejudicial al TJUE. «Lo que es alarmante es que se tuviera que llegar a Europa para que reconocieran que había que devolver todo el dinero», señaló.

En su caso, la sentencia de la Audiencia Provincial, contra la que todavía cabe recurso, le supondrá recuperar más de 4.500 euros, según las estimaciones de su abogado.

Doble complicación

El caso de esta afectada era doblemente complicado porque, por un lado, se enfrentaba a la jurisprudencia que había sentado el Supremo al decidir que las entidades sólo debían devolver los intereses cobrados de más desde mayo de 2013; y, por otro lado, porque el banco al que demandó -el BBVA- argumentaba el precepto de «cosa juzgada», precisamente, porque fue una de las tres entidades -junto a Cajamar y Abanca- afectadas directamente por el fallo del Supremo. Este precepto impide juzgar dos veces el mismo hecho y es uno de los motivos por los que aquellos que ya tenían sentencias firmes antes de la decisión de la Justicia europea no pueden volver a reclamar.
Por este motivo, en primera instancia el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante había desestimado su demanda, lo que llevó a presentar un recurso ante la sección octava de la Audiencia Provincial. Ante la perspectiva de un nuevo resultado desfavorable decidió arriesgarse y solicitar que la Audiencia presentara una cuestión prejudicial ante el TJUE para aclarar si la jurisprudencia sentada por el Supremo era acorde a la normativa europea de protección al consumidor. Una cuestión que se unió a otra presentada por el representante de un matrimonio de Torrevieja y la que planteó un juzgado granadino, con el resultado ya conocido, que obligó al Gobierno a legislar un procedimiento exprés para que los afectados pudieran reclamar el dinero sin que se colapsaran los tribunales.

Cláusula abusiva

La sentencia de la Audiencia Provincial deja claro que no se puede aplicar el precepto de «cosa juzgada» porque la afectada no formaba parte de la demanda colectiva que originó el fallo del Supremo y, por tanto, debe entrarse en el fondo de la cuestión. Es decir, si la cláusula suelo de la hipoteca en cuestión era transparente y se aceptó voluntariamente por la clienta. Al respecto, el fallo considera probado que el banco no negoció en ningún momento la citada cláusula con la afectada, a pesar de que se trataba de «un elemento esencial del contrato» ya que forma parte del precio del servicio. No hay que olvidar que las cláusulas suelo impiden a los afectados beneficiarse de las caídas de tipos de interés, a partir de determinado límite. Por tanto, considera que se trata de una condición impuesta.
Igualmente, la sala señala que la citada cláusula no estaba destacada de ninguna forma en la escritura ni tampoco su redacción facilitaba la comprensión de su importancia, por lo que considera que no era transparente y la declara nula a todos los efectos.

¿Qué hacer para recuperar tu dinero de la cláusula suelo del BBVA?

Si tienes tu hipoteca en el BBVA no dudes en enviarnos un email a demandas@clausulasuelo.info y nuestros abogados os ayudarán a recuperar todo vuestro dinero. Si tenéis la hipoteca en otro banco no dudéis también en enviarnos un email ya que estamos recuperando el dinero en todos los bancos.


¿Realmente se puede recuperar lo pagado de más por la cláusula suelo desde el inicio de la hipoteca?



SSí, aunque el Decreto que estableció el Gobierno se está demostrando ineficaz en muchos casos la vía judicial permite recuperar todo lo pagado de más desde el inicio de la hipoteca. Nuestros abogados están ayudando a miles de afectados a recuperar su dinero y ya hemos recuperado más de un millón de euros de afectados por cláusulas suelo desde 2013 cuando empezamos en nuestra lucha contra esta cláusula totalmente injusta y poco transparente.
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miércoles, 26 de abril de 2017

Nueva cláusula suelo eliminada del Banco Popular y recuperado todo el dinero de más

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De nuevo hemos conseguido, a través de nuestros abogados colaboradores, otra victoria en la lucha contra las cláusulas suelo.  En este caso hemos conseguido la eliminación judicial de una cláusula suelo del Banco Popular en Cádiz y la recuperación de todas las cantidades pagadas de más.


Cláusula suelo Banco Popular


En este caso hemos conseguido la eliminación y devolución de una cláusula suelo del Banco Popular del 2,5% en el juzgado Mercantil nº 1 de Cádiz.



Además, la sentencia, como en todos los casos hasta ahora, condena en costas al banco por lo que el proceso le ha salido totalmente gratuito a nuestros usuarios de la web.

Aquí tenéis el fallo de la sentencia recuperando todo lo pagado de más por la cláusula suelo:




Con este nuevo éxito son centenares ya las personas a las que hemos ayudado a eliminar su cláusula suelo y recuperar el dinero pagado de más. Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo, tanto las de Banco Popular (al cuál le hemos ganado en todos los casos, más de 100 demandas) como las de otros bancos, que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Los que estéis interesados podéis contactar en nuestro correo demandas@clausulasuelo.info.
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lunes, 24 de abril de 2017

Decreto para la devolución de las cláusulas suelo; tres meses desde su publicación

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El Real Decreto 1/2017 aprobado por el Gobierno el pasado 20 de enero obligaba a que la banca ofreciera una negociación extrajudicial a sus clientes para la devolución de lo cobrado por cláusulas suelo hipotecarias, por lo que las entidades han comenzado a contestar a sus clientes. Aunque no se trate de procedimientos judiciales, se hace más que necesario contar con el asesoramiento de abogados expertos, dado que se está detectando que los bancos han puesto en marcha prácticas que entorpecen estos procesos para el consumidor o, incluso, ofrecen propuestas perjudiciales para el cliente. Hay entidades que exigen al cliente que sea él quien justifique por qué cree tener derecho a recuperar el dinero que se le ha cobrado, en contra de lo que el decreto dice.
A aquellos clientes que firmaron un acuerdo por el que se les rebajó la cláusula a cambio de renunciar a reclamar, se les está denegando la solicitud, cuando existen centenares de sentencias declarando nulos dichos acuerdos.
También se les deniega la reclamación a aquellos que ya han terminado de pagar la hipoteca, cuando la jurisprudencia reconoce que la posibilidad de solicitar la nulidad nunca prescribe. En todos estos casos, el afectado puede ejercitar sus derechos ante los Tribunales”-
En relación al inicio de los trámites, no son pocas las entidades que están obstaculizando la presentación de las reclamaciones mediante maniobras tales como exigir que se presenten a través solamente del formulario diseñado por ellas o aceptando únicamente su presentación en la oficina en la que el cliente tiene la cuenta del préstamo (siendo que legalmente se puede presentar en cualquier oficina), u otras que incluso redirigen las peticiones a un correo electrónico desde el que luego contestan que el único medio válido para estas reclamaciones es la presentación física del impreso en las oficinas designadas.
Y en cuanto al procedimiento que deberían seguir los bancos, “recordemos que una vez recibida la reclamación, el banco debe realizar su propuesta por escrito, desglosando la cantidad a devolver y sus intereses, sin embargo, con carácter general, los bancos, están realizando propuestas por vía telefónica en la que no se les ofrece la devolución de todo el dinero ni la completa eliminación de la cláusula suelo”. Es importante en no presentar ningún escrito ni firmar ningún documento sin estar asesorados, dado que puede contener algún dato que será luego utilizado por la entidad en contra del cliente, si la reclamación llega hasta los tribunales. Los consumidores tampoco deben firmar ninguna oferta del banco, ya que puede esconder un acuerdo lesivo para sus intereses.

Es el momento de recuperar tu dinero

Si el banco ya ha denegado tu solicitud o no quiere devolverte todo el dinero que te corresponde envíanos cuanto antes un email a demandas@clausulasuelo.info te informaremos de todo.
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lunes, 10 de abril de 2017

Nueva sentencia ganada de cláusulas suelo en Valencia contra Banco Popular

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Nuevas buenas noticias en la lucha contra las cláusula suelo. En este caso hemos conseguido la eliminación judicial de una cláusula suelo del Banco Popular en Valencia y la recuperación de todas las cantidades pagadas de más.
Este éxito, es una nueva victoria judicial contra el Popular de nuestro abogado colaborador que lleva los casos de Valencia a través de nuestro servicio de demandas judiciales.

Cláusula suelo Banco Popular


En este caso hemos conseguido la eliminación y devolución de una cláusula suelo del Banco Popular del 3% en el juzgado Mercantil nº 3 de Valencia.

Además, la sentencia, como en todos los casos hasta ahora, condena en costas al banco por lo que el proceso le ha salido totalmente gratuito a nuestros usuarios de la web.

Aquí tenéis el fallo de la sentencia recuperando todo lo pagado de más por la cláusula suelo:





Ya tenemos más de 3000 personas que, como José y Rosa María (los usuarios que han eliminado su cláusula suelo con esta sentencia), han iniciado el proceso de estudio de viabilidad y demanda judicial. Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo, tanto las de Banco Popular (al cuál le hemos ganado en todos los casos, más de 100 demandas) como las de otros bancos, que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Los que estéis interesados podéis contactar en nuestro correo demandas@clausulasuelo.info.

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lunes, 27 de marzo de 2017

El decreto del Gobierno de cláusulas suelo se queda en papel mojado

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El real decreto sobre cláusulas suelo aprobado por el Gobierno el pasado 20 de enero con el propósito de canalizar un solución extrajudicial a la devolución del dinero cobrado de más a los clientes de la banca "es papel mojado". Así, al menos lo consideran abogados, jueces y asociaciones de consumidores

El decreto se aprobó para evitar que los juzgados se vieran saturados de demandas por este tema. Pero la verdad es que ha tenido el efecto contrario. Tan sólo ha servido para que los bancos públicos --Bankia y BMN-- pusieran en marcha el mecanismo para devolver el dinero cobrado desde la constitución de las hipotecas con cláusulas suelo no transparentes, tal como establece la sentencia del Tribunal de Justicia de Unión Europea (TJUE) del pasado de diciembre. El resto de entidades han optado por la negociación individual, o lo que es lo mismo, una aplicación de mínimos del decreto, lo que prácticamente quiere decir dejar el tema en manos de los jueces.

"Nuestros clientes que han ido a reclamar al Sabadell explican que el banco les quita la cláusula suelo a quién aún la tiene, pero lo normal es que no le devuelvan el dinero. En el caso del BBVA, no se le da la razón al cliente cuando se trata de la retroactividad [antes de la sentencia del Supremo de mayo del 2013]", describe un abogado especializado en temas bancarios. Serrano no puede precisar cuántas reclamaciones se han tramitado por ahor por el procedimiento reglamentario, una vez que los bancos pusieron en marcha el mecanismo el pasado 20 de febrero. "Tenemos unas 2.000 reclamaciones que están en el primer paso. Sin duda, muchas acabarán en los tribunales, pero no sabemos cuántas", ha señalado. "Hay que ver en qué acaban esas reclamaciones que se han presentado a los bancos y cómo responden estos al final del periodo de tres meses que tienen disponible. Entonces se podrán hacer números", explica Paz Cano, vocal de la Comisión de Normativa del Colegio de Abogados de Barcelona.


No solo los abogados esperan la judicialización del proceso de reclamación. "Los jueces de lo Civil ya han visto como se han incrementado el número de procedimientos. Y están molestos porque parece insuficiente los medios establecidos por el Gobierno para atender esta situación", ha comentado fuentes judiciales. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha advertido recientemente al Gobierno que no pondrá en marcha ningún tipo de medida destinada a dedicar afrontar el previsible incremento de demandas relacionadas con cláusulas suelo si la administración no concede los medios humanos y materiales necesarios. El Poder Judicial demanda recursos materiales ordinarios y extraordinarios, como el incremento de plazas destinadas específicamente a esta materia. Ha instado al Ministerio de Justicia a que proceda a crear las plazas de jueces de adscripción territorial precisas para asumir este plan, además de las restantes que integren el plan anual de creación de plazas.
Lo cierto es que pese a que algunas asociaciones de consumidores apuntan que muchos bancos se dispondrán a pactar con los clientes antes de que la reclamación acabe en juicio, para de esa forma evitar las costas judiciales, en el caso de que el juez le diera la razón al cliente. Pero algunos de los despachos de abogados que gestionan las demandas judiciales supeditan su retribución a esas costas judiciales, lo que permite pensar que no habrá pacto con el banco antes de que el juez lleve a cabo el procedimiento. "Si efectivamente, hay más de un millón de cláusulas suelos, solo que un 10% de los afectados acudan a los tribunales, será casi imposible atender ese volumen de casos", destacan fuentes judiciales. Los cifras aún no son precisas, pero si Bankia, que ha aceptado devolver el dinero a todos sus clientes, reconoce que al menos 1.000 casos acabarán o han acabado en los tribunales, los procedimientos de las entidades que más cláusulas suelo tienen, pero menos disposición a devolver el dinero, pueden acabar superando todas las previsiones.

La manera efectiva para eliminar la cláusula y recuperar todo el dinero

Desde clausulasuelo.info recomendamos que nos enviéis un email a clausulasuelo.info@gmail.com y estudiaremos vuestro caso de manera gratuita para informaros como recuperar el dinero de la manera más adecuada.
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miércoles, 15 de febrero de 2017

El Supremo obliga a devolver también las cláusulas suelo anteriores a 2013

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El Tribunal Supremo aplica la retroactividad total a las cláusulas suelo. Es decir, obliga a devolver a las entidades todo lo cobrado desde el inicio de la aplicación de estas condiciones si los contratos eran abusivos. Hasta ahora, los bancos solo estaban obligados a anular esas cláusulas desde mayo de 2013, según falló ese año el Supremo. El alto tribunal adecua ahora su decisión a la jurisprudencia a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, que falló en diciembre en este sentido. En concreto, el TJUE señaló que no se podía acotar en el tiempo la devolución si era por una cláusula abusiva. Gracias a ello ya podéis recuperar todo lo pagado de más desde el inicio. Sólo debéis enviarnos un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.


El Supremo ha obligado este miércoles por primera vez a un banco a devolver una cláusula suelo firmada antes de mayo de 2013. La Sala de lo Civil ha aplicado este miércoles por primera vez la sentencia dictada en diciembre pasado por el Tribunal de Justicia de la UE, que obliga a las entidades financieras españolas a devolver íntegramente el dinero cobrado por la aplicación de las cláusulas suelo que fueran abusivas o poco transparentes en las hipotecas.


Sentencia importantísima

La banca española lleva meses esperando la sentencia de este miércoles, la primera desde que el tribunal europeo dictaminó a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo que se aplicaron sin transparencia. La sentencia de Europa ha obligado al Supremo a corregir su propia doctrina, que hasta este miércoles estaba fijada en una sentencia del 9 de mayo de 2013 en la que el alto tribunal español declaró nulas las cláusulas abusivas por falta de transparencia”, pero limitó las devoluciones a lo cobrado a partir de ese día. Es decir, los clientes que tuvieran una hipoteca con una cláusula suelo considerada no transparente solo podían pedir que le devolvieran lo cobrado de más a partir del 9 de mayo de 2014.
Pero la sentencia del Supremo no dejó conformes a miles de clientes y a varios jueces, que preguntaron al tribunal europeo si tenían que haber retroactividad desde la firma de la hipoteca. Por lo general, estas cláusulas empezaron a aplicarse en 2009, cuando algunos bancos incluyeron en sus hipotecas apartados (a menudo escondidos en letra pequeña) que limitaban la repercusión de la caída del euríbor y de otros índices a favor de los clientes. El Tribunal de Justicia de la UE dio la razón a los clientes que reclamaban la rertroactividad total y el Supremo se ha visto obligado a aplicar ese fallo y cambiar su criterio.  
El fallo ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes, pero la sentencia no está redactada y el texto íntegro se conocerá en los próximos días.

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