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domingo, 9 de junio de 2013

Situación actual de la cláusula suelo

12 comentarios

Comparecencia en el Congreso sobre la cláusula suelo de los Bancos condenados por el Tribunal Supremo

El pasado 5 de Junio comparecieron en la subcomisión del Congreso los representantes de los tres Bancos condenados a anular las cláusulas suelo por el Tribunal Supremo (BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco). Se esperaban alguna novedad sobre como iban a aplicar la sentencia pero finalmente la comparecencia fue un mero trámite sin ningún tipo de aclaración al respecto. Los tres bancos declararon que estaban a la espera de la aclaración del Tribunal Supremo sobre como aplicar la sentencia y tanto PP como PSOE también dijeron que quedaban a la espera de dicho auto aclaratorio. Por lo tanto a día de hoy no hay nada claro aunque los rumores siguen apuntando a que es muy posible que el BBVA las elimine automáticamente en la mayoría de casos. Nosotros seguimos recomendando reclamar individualmente y no esperar más para poder beneficiarse lo antes posible de la eliminación de la cláusula suelo.

Y mientras los juzgados siguen anulando cláusulas suelo y devolviendo lo cobrado de más

Mientras sigue la pasividad política al respecto, las demandas judiciales resueltas tras la sentencia del Tribunal Supremo han sido todas favorables a la anulación de la cláusula suelo y devolución de lo cobrado de más. En concreto han habido ya cuatro sentencias y en las cuatro el fallo ha sido el mismo, es decir anular la cláusula suelo y condenar a la entidad a devolver lo cobrado de más. Las sentencias han sido contra Unnim (Barcelona), Cajamar (Málaga), NCG (Orense), Cajamar (Málaga).
Las sentencias no son firmes aún y serán recurridas seguro por los Bancos a las Audiencias Provinciales pero las noticias en ese sentido son muy buenas pues dejan patente que en la mayoría de caso ha habido falta de transparencia en las cláusulas suelo y en muchos casos son abusivas.

A parte a destactar que la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a CajaSur a eliminar sus cláusulas suelo en sentencia publicada el 23 de Mayo. Eso quiere decir que quien tenga una hipoteca de CajaSur con dicha cláusula suelo deberá beneficiarse de esta anulación. Aquí podéis ver la sentencia anulando la cláusula suelo de CajaSur.

¿Y ahora qué?

Cómo hemos comentado antes nosotros recomendamos presentar reclamaciones lo antes posible, primero al Servicio de Atención al Cliente, luego al Defensor al Cliente y finalmente al Banco de España. Desde la sentencia del Supremo se están consiguiendo anular muchas cláusulas suelo por esta vía en especial del BBVA de Cajamar y del Banco de Sabadell. En  nuestra web explicamos como preparar la reclamación y tenemos un foro para cualquier duda que tengáis. A parte para quien quiera reclamar pero no quiera o sepa hacer la reclamación disponemos de nuestro servicio de redacción personalizada de reclamaciones.

Si una vez finalizada la vía extrajudicial no conseguimos la eliminación llega el momento de plantearse la demanda judicial. Dicha vía tiene el inconveniente que es cara y larga pero parece que está ofreciendo buenos resultados por lo que si no lo conseguimos mediante una reclamación vale la pena plantearse la demanda. Nosotros estamos trabajando con varios despachos de abogados para conseguir precios reducidos en la demanda para usuarios de clausulasuelo.info. De momento tenemos ya colaboradores en la provincia de Barcelona pero intentaremos conseguir en toda España para quien quiera pueda ponerse en contacto con ellos.

Mantenerse informado sobre la cláusula suelo

Nosotros a través de nuestra web iremos informando de todas las noticias y novedades al respecto de la cláusula suelo. En la actualidad tenemos una página donde vamos informando día a día de las noticias al respecto: Últimas noticias sobre la cláusula suelo y una cuenta de Twitter @Clausula_suelo (por cierto muchas gracias a todos porque ya tenemos más de 1000 seguidores). A parte sobre las noticias más relevantes siempre creamos un artículo detallándolas y explicando las consecuencias que pueden tener para ayudar a eliminar las cláusulas suelo. Finalmente, también recomendamos el Foro pues es una buena herramienta para compartir todos los casos concretos y ver las mejores maneras de eliminarla en cada caso: Foro.


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jueves, 9 de mayo de 2013

La esperada sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusula suelo

356 comentarios

Tal y como apuntaban los rumores que ya avanzamos en clausulasuelo.info se acaba de conocer la sentencia del Tribunal Supremo que anula las cláusulas suelo cuando hay falta de transparencia. A continuación os ponemos un avance de la noticia que iremos ampliando. También podéis descargar la sentencia aquí: Sentencia de anulación de la cláusula suelo por el Tribunal Supremo


La Sala Primera del Tribunal Supremo, en pleno jurisdiccional, ha fijado doctrina sobre la validez y la posibilidad de control judicial del carácter abusivo de las cláusulas suelo, incorporadas a contratos bancarios de préstamo a consumidores con garantía hipotecaria y a interés variable, y ha dictaminado que este tipo de cláusulas serán válidas cuando cumplan los requisitos de "especial transparencia" exigible en los contratos con los consumidores.
El Alto Tribunal ha aprovechado el pleito contra BBVACajamar Caja RuralSociedad Cooperativa de Crédito (hoy Cajas Rurales Unidas) y Caja de Ahorros de GaliciaVigoOrense y Pontevedra(hoy NCG banco) se había solicitado la declaración de nulidad por abusivas de las cláusulas que fijan un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia para sentar jurisprudencia.
Destaca que en el caso enjuiciado se declara la nulidad de estas cláusulas por falta transparencia y, a tal efecto, el Supremo estima que "no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles". El tribunal falla que la nulidad de estas cláusulas "no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas".
El Supremo establece en la sentencia que las cláusulas suelo, que califica de "lícitas", son válidas cuando cumplen los requisitos de especial transparencia exigible en los contratos celebrados con los consumidores.
Además, hace hincapié en que los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euríbor).
También deben ser informados "de forma clara y destacada", sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Supremo indica que el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.
Sienta jurisprudencia
El Supremo ha sentado jurisprudencia a partir de un caso concreto contra BBVA, Cajas Rurales Unidas y NCG Banco. Antes de analizar el asunto, la Sala señala que en los supuestos de cláusulas abusivas, los tribunales deben "atemperar" las clásicas rigideces del proceso, del tal modo que "no es preciso" ajustarse a la estructura de los recursos.
En el caso estudiado, el Supremo hace hincapié en que las cláusulas suelo que se incluían en estos contratos "superan el control de transparencia a efectos de su inclusión como condición general en los contratos, pero no el de claridad exigible en las cláusulas de los suscritos con consumidores".
Entiende que las cláusulas no son transparentes porque, entre otras cosas, se insertan "de forma conjunta" con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas y no existen simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.
También resalta que no hay información previa "clara y comprensible" sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad, en caso de existir, o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.
En el supuesto concreto de BBVA, advierte de que estas cláusulas se "ubican en una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor".
A este respecto, fuentes del banco que preside Francisco González han declarado a Europa Press que la sentencia "no cuestiona la validez de las cláusulas ni afecta a las cantidades pagadas" e insisten que "hay que esperar a conocer el detalle para poder valorar con más profundidad" el contenido de la resolución judicial.
Supresión de las cláusulas
Tras analizar las quejas presentadas por los demandantes, el Supremo procede a condenar a las entidades bancarias a eliminar de sus contratos las cláusulas examinadas "en la forma y modo en que se utilizan" y les prohíbe usarlas en el futuro tal y como estaban contempladas en estos contratos.
Además, establece que los contratos en vigor "seguirán siendo obligatorios para las partes en los mismos términos" pero sin las cláusulas abusivas. También declara la irretroactividad de la sentencia, por lo que la nulidad de las cláusulas no afectará a la continuación del contrato ni a los pagos ya efectuados.

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lunes, 8 de abril de 2013

Según el Banco de España, si la cláusula suelo es abusiva Consumo puede multar a la entidad

22 comentarios
El Banco de España advierte que si las cláusulas suelo son abusivas, las autoridades de Consumo pueden actuar multando a los bancos, avalando así las tesis de FACUA-Consumidores
en Acción en cuanto a las competencias de los organismos de protección al consumidor.
En respuesta a una reclamación remitida por FACUA, el jefe del Servicio de Reclamaciones del Banco de España, Fernando Tejada, indica que "no puede pronunciarse" sobre el posible carácter abusivo de estas cláusulas al no ser un asunto de su competencia.

En este sentido, señala que "la atribución y calificación del carácter abusivo de una cláusula contractual, al amparo de lo dispuesto en la normativa contenida en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otra leyes complementarias, que es normativa de consumo, corresponde sancionarlo a las autoridades específicamente competentes en esa materia, o genéricamente a los órganos jurisdiccionales de la Administración de Justicia".

Con esta respuesta, el Banco de España muestra ahora la  misma posición que viene defendiendo FACUA en relación a la responsabilidad de las autoridades de protección al consumidor autonómicas para que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo y multen a los bancos.

A finales de marzo, FACUA denunció a cinco bancos ante las autoridades de consumo de las diecisiete comunidades autónomas. La asociación exige sanciones proporcionales a las dimensiones de las irregularidades cometidas con esta cláusula abusiva y los beneficios económicos que le viene reportando al impedir que los usuarios se hayan beneficiado de las bajadas del euríbor.

A las primeras entidades denunciadas, BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular, se sumarán más de una decena de bancos en los próximos días.

La asociación invita a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para contribuir a ampliar el número de bancos denunciados. Así, pueden enviarlas a su sede central de FACUA en Sevilla: calle Bécquer, 25 A, 41008.

FACUA pide a las CCAA que asuman sus competencias


En las denuncias, FACUA reclama a las agencias, institutos, direcciones y secretarías generales de consumo de las comunidades autónomas que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo, insten a los bancos al cese de las prácticas y la devolución de las cantidades cobradas irregularmente a los usuarios y apliquen sanciones contundentes.

Un altísimo porcentaje de los préstamos hipotecarios a interés variable concedidos en los últimos años incoporan una cláusula por la que se establece un interés mínimo a aplicar. Esto viene impidiendo que al revisarse anualmente el tipo aplicable se tome como referencia el euríbor más el diferencial que aparecen en el contrato si están por debajo del suelo.

Frente a esta cláusula suelo, las entidades financieras o bien no incluyen como contrapartida un tipo de interés máximo o cláusula techo, o ésta sí aparece en los contratos pero implica un tipo de interés desproporcionadamente alto, que en ningún caso se ha alcanzado teniendo en cuenta la evolución del euríbor en los últimos años y los diferenciales incluidos en las hipotecas.

FACUA argumenta en sus denuncias que las citadas cláusulas suelo han sido impuestas por las entidades financieras en sus contratos de préstamos hipotecarios sin que el usuario tuviese capacidad de negociación al respecto, con el claro objetivo de beneficiar al banco, introduciendo una clara situación de desequilibrio entre el prestador del servicio y el usuario.

Prueba de la ausencia de buena fe por parte de los bancos es que el techo establecido en los contratos que lo incluyen no es en ningún caso proporcional al suelo. Para que lo fuese, en el momento del contrato la diferencia a la baja entre el suelo y el euríbor más el diferencial tendría que haber sido la misma que la diferencia al alza entre éste y el techo.

Por qué son abusivas

En sus denuncias, FACUA recuerda que en estas cláusulas se producen los tres requisitos que para ser consideradas abusivas establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: que no exista negociación individual, que se produzca en contra de la buena fe un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes y que las circunstancias concurrentes en el momento de la firma del contrato así como todas las demás cláusulas del mismo lleven a esta conclusión.

El apartado 4 del artículo 82 de la citada ley, referido a la lista de cláusulas abusivas recogida en los artículos 85 a 90 del mismo, plantea que "en todo caso son abusivas", entre otras, las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", recuerda la asociación.

Asimismo, las citadas cláusulas también pueden encuadrarse en el supuesto que contempla el apartado 5 del artículo 87 de la ley, referido a las cláusulas abusivas por falta de reciprocidad: "son abusivas las cláusulas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato, contraria a la buena fe, en perjuicio del consumidor y usuario".

Por su parte, FACUA señala que la directiva europea sobre cláusulas abusivas establece en su artículo 7 que los Estados miembros deben velar por que las organizaciones que tengan un interés legítimo en la protección de los consumidores puedan acudir a los órganos administrativos competentes "con el fin de que estos determinen si ciertas cláusulas contractuales, redactadas con vistas a su utilización general, tienen carácter abusivo y apliquen los medios adecuados y eficaces para que cese la aplicación".
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lunes, 25 de marzo de 2013

Cláusulas suelo anuladas por el Tribunal Supremo: A la espera de la redacción de la sentencia

25 comentarios
Seguimos a la espera de la sentencia que anula las cláusulas suelo por parte del Tribunal Supremo cuando hay falta de transparencia. Lo único que se sabe de momento es la nota de prensa publicada.



eliminar cláusula suelo, oferta vinculante BBVA




NOTA DE PRENSA


EL PLENO DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL SUPREMO HA RESUELTO UN RECURSO SOBRE LAS DENOMINADAS CLAÚSULAS SUELO

La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha estimado parcialmente un recurso de casación (485/2012) en el que se planteaba un asunto sobre las denominadas “claúsulas suelo”, con arreglo a los siguientes puntos:

1. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.

2. º Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas.

3. º Se razona que este pronunciamiento no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.

No se han anunciado votos particulares al fallo.

Una vez esté redactada por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.

Madrid, 20 de marzo de 2013.

Mientras tanto Ausbanc que fue una de las entidades que interpuso en el recurso en el Supremo ha preparado ya dos tipos de cartas para los afectados con cláusula suelo en función de si son de las entidades demandadas o no.


Para las entidades demandadas (BBVA, Cajamar y Caixa Galicia):

Carta reclamando eliminar cláusula suelo bancos demandados

Para las otra entidades:

Carta reclamando eliminar cláusula suelo


De todas maneras nosotros recomendamos, siempre que sea posible preparar una reclamación personalizada como comentamos en el post ¿Cómo eliminar la cláusula suelo? pues siempre será más efectiva una reclamación adaptada a nuestro caso que una genérica.

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martes, 19 de marzo de 2013

El Supremo debate eliminar las cláusulas suelo de las hipotecas

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, presidida por Juan Antonio Xiol, debatirá entre hoy y el jueves si las cláusulas de ‘suelo’ y ‘techo’ de las hipotecas, que fijan unos tipos mínimos y máximos en los intereses de los contratos hipotecarios, pueden considerarse abusivas y por tanto nulas con lo que se deberían anular en las hipotecas que las tienen actualmente.

El pleno del Tribunal Supremo deberá resolver los recursos de la Fiscalía y de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) que instan eliminar esas cláusulas suelo por ser abusivas. El pleito fue planteado como reclamación colectiva por Ausbanc contra las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Cajamar, Novacaixagalicia.

El propio Tribunal Supremo destaca que su sentencia sentará jurisprudencia y doctrina de obligado cumplimiento para el resto de tribunales españoles. Hasta la fecha de hoy, las Audiencias Provinciales de Cáceres, Burgos y Alicante, así como juzgados de toda España, han ido dictando sentencias anulando cláusulas suelo.

Vamos a estar atentos la semana que viene porque si el Tribunal Supremo declara nulas dichas cláusulas suelo sentará jurisprudencia por lo que los Bancos estarán obligados a eliminar las cláusulas. Desde este blog iremos informando de como se desarrollan los acontecimientos a ver si de una vez por todas se pueden eliminar las cláusulas suelo de todas las hipotecas.
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jueves, 14 de marzo de 2013

El BBVA elimina la cláusula suelo de los funcionarios de Justicia

8 comentarios
Si eres funcionario de Justicia estás de enhorabuena BBVA permite eliminar la cláusula suelo de tu hipoteca.


cláusula suelo


¿Cómo eliminar la cláusula suelo del BBVA si eres funcionario de Justicia?

En concreto el  BBVA permite la eliminación del suelo y techo (la conocida como cláusula suelo) en escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, asumiendo el cliente su coste o permite la posibilidad también de la reducción en contrato privado, sin gastos para el cliente. Para acceder a ello, el BBVA exige domiciliar nómina y recibos, contratar una tarjeta de crédito y seguro del hogar.

La otra opción que permite el BBVA es la posibilidad de optar por la reducción en contrato privado de la cláusula suelo, sin gastos para el prestatario, pero permaneciendo este tope mínimo (Euribor más el diferencial) en el 2,15%.

Podéis encontrar la información exacta en los siguientes enlaces:

Central Sindical Funcionarios, concierto MUGEJU

BBVA Colectivos (en el apartado Hipotecas)

Pienso que al igual que hace con los funcionarios de Justicia el BBVA debería eliminar la cláusula suelo a todos sus clientes pues sigue perdiendo casos judicialmente. Sin ir más lejos el pasado 19 de noviembre, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) conseguía una nueva sentencia a favor declarando abusiva la  cláusula de limitación del tipo de interés de las hipotecas a tipo variable, más conocida como "cláusula suelo”, impuesta por el BBVA. Esta sentencia se une a otras recientes, como la de la Audiencia Provincial de Alicante, del 13 de septiembre de 2012, o la de la Audiencia Provincial de Cáceres, del 19 de junio de 2012. Todas ellas consideran que dichas cláusulas son contrarias a la buena fe, ya que son sólo las entidades financieras las que se benefician de ella. Es por eso que creo que cada vez está más cerca el momento en que todo el mundo pueda eliminar la cláusula suelo de su hipoteca y no sólo los funcionarios que tengan su hipoteca en el BBVA.


 

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miércoles, 27 de febrero de 2013

¿Qué es la cláusula suelo de una hipoteca?

7 comentarios
La cláusula suelo en una hipoteca es el porcentaje mínimo de interés que se aplicará a las cuotas que el prestatario tenga que pagar.
Esto significa que las hipotecas que tengan dicha cláusula no se beneficiarán del tipo de interés actual del Euribor.
 
El principal problema para los que tenemos esta cláusula suelo es que no hemos sido informados correctamente de esta cláusula pues el banco en su día no nos mencionó nada y la incluyó camuflada entre otras muchas condiciones y en muchos casos esta cláusula es claramente abusiva y por lo tanto nula.

Si eres uno de los afectados de esta cláusula no pierdas la esperanza pues en la actualidad hay varias maneras de eliminar la cláusula suelo (que ya ha sido declarada nula en muchos juzgados de España). El objetivo de este blog es explicar cómo eliminarla e ir informando de novedades al respecto en sentencias judiciales y reclamaciones extrajudiciales para que TODOS podamos aprovechar la baja del Euribor y los bancos como siempre no se aprovechen de su posición dominante frente a los clientes.

 

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