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miércoles, 22 de octubre de 2014

El Juzgado de lo Mercantil de León tumba la cláusula suelo de tres contratos hipotecarios de Banco Popular

1 comentario
El Juzgado de lo Mercantil de León declara la nulidad de las cláusulas suelo, insertas en tres contratos hipotecarios.
Se ha logrado este pronunciamiento, en una sentencia fechada el 17 de octubre, tan sólo un día después de que se celebrara el juicio. Se trata de una sentencia novedosa, porque “por primera vez no se hace hincapié en una única vivienda sino que la sentencia se refiere a tres viviendas compradas en el mismo año por el mismo comprador”.
En este caso, “la declaración de la nulidad de estas cláusulas suelo insertas en tres contratos hipotecarios, supone la bajada del tipo de interés de dichos préstamos al tipo de interés acorde con el Euribor, que a esta fecha está al 0,33%”, por lo que, a partir de ahora, el demandante “sólo tendrá que pagar el diferencial más el Euribor, es decir, un 1,33%”.
Además, según detallan el auto judicial condena “a la entidad bancaria demandada, Banco Popular, a pagar las costas”.
Esta sentencia sigue criterios mantenidos por este juzgado en otras sentencias dictadas por el mismo, “en las cuales declara la nulidad de las cláusulas suelo insertas en los contratos hipotecarios, que sean declaradas oscuras por falta de transparencia”. De este modo, este juzgado también sigue el criterio establecido por la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de mayo de 2013.

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1 comentario:

  1. cada vez hay más y más sentencias reconociendo la nulidad de la cláusula suelo.

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