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sábado, 20 de junio de 2015

Los autónomos también pueden eliminar su cláusula suelo, nueva sentencia contra Banco Popular

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Nuevos éxitos anulando cláusula suelo: ahora son, los autónomos perjudicados por esta cláusula que también obtienen el amparo de los tribunales. Un juzgado de Murcia ha dictado una sentencia favorable a un trabajador por cuenta propia a quien una entidad bancaria había concedido una hipoteca vinculada a un 'suelo', el cual ha sido anulado.
El Juzgado de lo Mercantil nº1 de Murcia re­solvía así el li­tigio entre el Banco Popular y el tra­ba­jador au­tó­nomo, a quien la en­tidad había otor­gado un prés­tamo por un local im­po­niendo una cláu­sula suelo del 4%. Desestimando los ar­gu­mentos del banco, el or­ga­nismo de Justicia de­ter­minó que no se dieron las con­di­ciones de trans­pa­rencia de­bi­das.
El banco de­fendió en todo mo­mento que se in­formó al tra­ba­jador pun­tual­mente sobre las con­di­ciones de la hi­po­teca. El juz­gado, sin em­bargo, es­timó que la en­tidad no había de­mos­trado haber pro­por­cio­nado datos ve­races y com­pletos a su cliente, de modo que éste pu­diera ac­tuar con total co­no­ci­miento de causa y pleno co­no­ci­miento de lo que es­taba fir­mando.
La re­so­lu­ción del juz­gado mur­ciano sigue el mismo camino de otras si­mi­lares en casos que afectan a pe­queñas y me­dianas em­pre­sas, en­fren­tadas en los tri­bu­nales a bancos que les han con­ce­dido hi­po­tecas por naves o lo­cales in­clu­yendo un 'suelo' que les im­pide be­ne­fi­ciarse de las ba­jadas de los tipos de in­te­rés.
Los tri­bu­nales nos dan la razón
Las cláu­sulas suelo con­sisten en la im­po­si­ción de un lí­mite a las ba­jadas del Euribor en los con­tratos de hi­po­teca. En mayo de 2014, el Tribunal Supremo dictó sen­tencia es­ta­ble­ciendo que estas cláu­sulas eran nulas en todos aque­llos casos en los que no exis­tieran unas con­di­ciones "comprensibles y trans­pa­ren­tes" para el usua­rio.
A partir del fallo del Supremo, se han ve­nido su­ce­diendo los fa­llos en contra de la banca, que llegó a perder casi nueve de cada diez pro­cesos ju­di­ciales por esta causa.
Además, en la ac­tua­lidad está pen­diente de re­so­lu­ción la ma­cro­de­manda co­lec­tiva pre­sen­tada por una aso­cia­ción de con­su­mi­do­res, me­diante la cual se ha so­li­ci­tado la sus­pen­sión cau­telar de las cláu­sulas suelo de 101 en­ti­dades fi­nan­cie­ras. A fi­nales de este mes de junio se ce­le­brará la vista previa de la causa.

Si queréis anular vuestra cláusula suelo con nuestros abogados que han ganado a día de hoy el 100% de demandas de cláusula suelo (más de 400 ya), aquí podéis obtener toda la información: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
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sábado, 17 de enero de 2015

La Audiencia de Murcia abre la puerta a recuperar lo pagado de más a los afectados de NCG, BBVA y Cajamar

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El Banco Novogalicia (NCG) deberá devolver a un cliente de su banco los 4.579 euros que pagó en por la existencia de la cláusula suelo, según se dispone en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia. 
Esa sentencia abre el camino para que todos los afectados de Murcia de bancos BBVA,  Banco Novogalicia y Cajamar puedan recuperar lo pagado de más. Si tenéis la hipoteca en alguno de esos bancos y queréis ver la viabilidad de vuestro caso, podéis contactar a través de nuestro servicio de demandas judiciales con nuestros abogados colaboradores (demandas@clausulasuelo.info

La sentencia desestima el recurso que aquella entidad bancaria presentó contra la resolución del Juzgado de lo Mercantil de Murcia que, al estimar la demanda del cliente, acordó también dejar sin efecto la aplicación de citada cláusula, contenida en una escritura de préstamo hipotecario suscrita en julio de 2006.
Al desestimar la apelación, la Audiencia Provincial indica que "entendemos, de acuerdo con reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, que la cuestionada obligación de restitución es inherente y consecuencia directa de la propia acción de nulidad".
Y añade que, "en este caso, la declaración de nulidad de la denominada cláusula suelo, por abusiva, aceptada por la entidad financiera, tiene como efecto jurídico inherente la devolución de los desplazamientos patrimoniales producidos por la misma".
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