Atención!! Recupera todo el dinero de la cláusula suelo y ahora también los gastos de tu hipoteca y de los intereses de tu tarjeta revolving. Envíanos un email a clausulasuelo.info@gmail.com para recuperarlo.
Mostrando entradas con la etiqueta Credifimo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Credifimo. Mostrar todas las entradas

martes, 17 de mayo de 2016

Nueva sentencia de nuestros abogados eliminando una cláusula suelo de Credifimo y recuperando lo pagado de más

3 comentarios
Nueva sentencia conseguida por nuestros abogados colaboradores que han eliminado nuevamente una cláusula suelo de Credifimo, recuperando más de 12.000 euros de manera judicial en el juzgado de Primer Instancia nº8 de Barcelona.  Este éxito, es una nueva victoria judicial de nuestro abogado de Barcelona Martí a través nuestro servicio de demandas judiciales.




En este caso, nuestros usuarios Roser y Miguel tenía una cláusula suelo del 3%. Es claro y evidente que Credifimo no cumple los requisitos de transparencia que estableció la sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 2013 en ningún caso y por ello estamos eliminando judicialmente todas sus cláusulas suelo.

Además, la sentencia condena en costas al banco por lo que el proceso de eliminación de las cláusulas suelo les ha salido totalmente gratuito y podrán ahorrar mucho dinero cada mes por la eliminación de las dos cláusulas suelo que tenían tan altas.


Aquí tenéis la sentencia completa:



Si queréis conocer todos los detalles de nuestro servicio de demandas para anular vuestra cláusula suelo sólo tenéis que acceder al siguiente enlace y os informaremos de todo:
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html

Ya hemos conseguido eliminar centenares cláusulas suelo mediante la demanda judicial en toda España y de la mayoría de bancos: Caja España Duero, Banco Popular, Banco Sabadell, La Caixa, Bankia, Unicaja, BMN, Credifimo, Caja Segovia...
Leer más...

miércoles, 18 de febrero de 2015

Nueva demanda ganada por nuestros abogados contra Credifimo eliminando la cláusula suelo de 2 hipotecas y ganando las costas

1 comentario
Nueva victoria por nuestros abogados colaboradores que han eliminado nuevamente dos cláusulas suelo de Credifimo de manera judicial en el juzgado Mercantil nº10 de Barcelona (sentencia 34/2015). Con esta nueva sentencia ya son a día de hoy casi 260 los casos ganados judicialmente eliminando la cláusula suelo, manteniendo el 100% de efectividad por esa vía de los casos ya resueltos.

Este éxito, es una nueva victoria judicial de nuestro abogado de Barcelona Martí a través nuestro servicio de demandas judiciales.




En este caso, nuestros usuarios Meritxell y Óscar tenían dos cláusulas suelo, una cláusula suelo del 3,95% y otra del 5,95% hemos conseguido anular las dos en la misma demanda. Es claro y evidente que Credifimo no cumple los requisitos de transparencia que estableció la sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 2013 en ningún caso y por ello estamos eliminando judicialmente todas sus cláusulas suelo.

Además, la sentencia condena en costas al banco por lo que el proceso de eliminación de las cláusulas suelo les ha salido totalmente gratuito y podrán ahorrar mucho dinero cada mes por la eliminación de las dos cláusulas suelo que tenían tan altas.


Aquí tenéis la sentencia completa:



Si queréis conocer todos los detalles de nuestro servicio de demandas para anular vuestra cláusula suelo sólo tenéis que acceder al siguiente enlace y os informaremos de todo:
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html

Ya hemos conseguido eliminar centenares cláusulas suelo mediante la demanda judicial en toda España y de la mayoría de bancos: Caja España Duero, Banco Popular, Banco Sabadell, La Caixa, Bankia, Unicaja, BMN, Credifimo, Caja Segovia...
Leer más...

domingo, 21 de septiembre de 2014

Un juez anula en Sevilla una cláusula suelo de Credifimo y obliga a la entidad bancaria a devolver 9.000 euros a un cliente

1 comentario
Un juez de Sevilla ha declarado la nulidad de una cláusula suelo y ha acordado que la entidad bancaria Credifimo devuelva a un cliente 9.000 euros por las cantidades indebidamente cobradas en virtud de la cláusula que ahora se anula.
En la sentencia, el juez de lo Mercantil número 1 de Sevilla relata que todo parte de la cláusula suelo del 4,10 por ciento incluida en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria celebrado entre las partes el 20 de mayo de 2008.
El demandante, pidió la nulidad de dicha cláusula "por presentar un carácter claramente abusivo", por ser "contraria a la buena fe", por su "falta de transparencia", y por causar en perjuicio de los consumidores "un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes derivados del contrato".
Frente a ello, la entidad alegó que se trata de una condición general de la contratación y se opuso a que la misma sea "abusiva" y "no transparente", rechazando de este modo la devolución de las cantidades reclamadas por el afectado.
El juez entiende que la documentación aportada por Credifimo "no prueba que la cláusula haya sido negociada y no impuesta, pues es práctica habitual que el banco pase a la firma dicho documento como requisito necesario para la concesión del préstamo".
"Una negociación supone una variación de los parámetros de la operación, y eso debe dejar rastro documental de algún tipo en la entidad que refleje cómo se empezó la negociación y cómo ha concluido", pero "nada de eso se ha aportado".
El juez subraya que la demandada "tenía en su mano haber aportado prueba acreditativa de que la cláusula controvertida fue negociada, pero no lo ha hecho, por lo que debe estimarse que estamos ante una condición general de la contratación".

"ABRUMADORA"
El afectado pidió la nulidad de la cláusula por vulneración de las reglas sobre transparencia, y el juez considera que dicha cláusula "no es oscura, pero tampoco es clara, pues siendo la idea la contratación de un préstamo a interés variable, no era completamente comprensible qué venía a significar y cómo iba a funcionar un interés mínimo".
A su juicio, si la cláusula "hubiera sido más extensa y explícita, seguramente hubiera sido más comprensible para el consumidor", pero frente a ello, asimismo, "se encuentra ubicada en el condicionado general tras una abrumadora cantidad de datos entre los que queda enmascarada y que contribuye a diluir la atención sobre la misma del consumidor".
La cláusula, asimismo, "recibe un tratamiento impropiamente secundario, de modo que el consumidor no percibirá su verdadera relevancia".

38 AÑOS
"En definitiva, la cláusula se inserta de una forma que dificulta la apreciación de su alcance real como un elemento esencial del contrato, y no meramente accesorio o accidental, faltando así la información que le permita tener al consumidor 'un conocimiento real y razonablemente completo de cómo juega o puede jugar en la economía del contrato'".
Además, "no hay prueba alguna de que hubiera simulaciones de subidas y bajadas del tipo --teóricas-- que hubieran permitido ilustrarse al consumidor en ese momento de contratar el juego de la cláusula suelo, de manera que en fase precontractual comprendiera que estaba en realidad contratando un préstamo con un tipo de interés mínimo fijo --del 4,1 por ciento-- y que este era el 'suelo' durante 38 años que iba a impedir mayores bajadas aunque se redujera el tipo de referencia".
Tras subrayar que "la cláusula no supera el control de transparencia y ello conlleva su nulidad", el juez declara que también "hay abusividad" en el 'suelo' del contrato y obliga a la entidad a devolver al cliente las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula con el interés legal correspondiente.

Si aún tienes cláusula suelo no dudes en demandar judicialmente ya que se están eliminado todas. Aquí te informamos del proceso de demanda:

Leer más...

jueves, 11 de septiembre de 2014

Los Juzgados Mercantiles de Sevilla anulan varias cláusulas suelo de Unicaja y Credifimo

1 comentario
Aluvión de sentencias favorables a los clientes. Unicaja Banco y CaixaBank, las entidades condenadas a eliminar la cláusula suelo, por abusiva y poco transparente.
En apenas dos días, los Juzgados Mercantiles 1 y 2 de Sevilla han anulado las cláusulas suelo de los contratos de otros tantos clientes, tres de ellos de Unicaja Banco y uno de Credifimo –entidad luego absorbida por CaixaBank
En el dictado el 25 de julio por el Juzgado Mercantil nº 1 de Sevilla, se anula una cláusula del 3,75% incluida en un contrato hipotecario firmado en 2006 con Credifimo –filial de Cajasol, luego Banca Cívica y, finalmente, CaixaBank–.
La entidad argumenta que la cláusula fue negociada con el cliente y no impuesta. Para probarlo, aporta la oferta vinculante que se le entregó al cliente.
Pero el juez entiende que “tal documento no prueba que la cláusula haya sido negociada y no impuesta, pues es práctica habitual que el banco pase a la firma dicho documento como requisito necesario para la concesión del préstamo”. Para el magistrado, “una negociación supone una variación de los parámetros de la operación, y eso debe dejar rastro documental de algún tipo en la entidad, que refleje cómo se empezó la negociación y cómo ha concluido. Nada de eso se ha aportado”.
Por tanto, el juez considera que la cláusula suelo puede ser considerada como una condición general de la contratación.
En cuanto a la transparencia de la misma, la sentencia expone que aunque la redacción de la cláusula es clara, la referencia a ella se ubica “en medio de variados datos, tras cierto recorrido clausular, al que un consumidor llega agotado tras su lectura.
Claramente, el interés se define como variable, utilizando incluso la negrita para su expresión, lo que parece contribuir a la desinformación del consumidor bancario”.
Lo mismo sucede con la oferta vinculante: “los datos son tan escuetos que puede concluirse que un consumidor medio no puede comprender qué supone, dentro de un préstamo a interés variable, las expresiones ‘tipo de interés mínimo: 3,750%; tipo de interés máximo: 20%’”.
El juez también echa en falta que hubiera “simulaciones de subidas y bajadas de tipo (teóricas), que hubieran permitido ilustrarse al consumidor en ese momento de contratar del juego de la cláusula suelo”.
Según la sentencia, “la carga de la prueba sobre el cumplimiento de los requisitos de transparencia corresponde al Banco, y de ninguna forma puede entenderse cumplida dicha carga. En definitiva, la cláusula no supera el control de transparencia y ello conlleva su nulidad”.

Sí aún tienes cláusula suelo no dudes en demandar judicialmente ya que se están eliminado todas. Aquí te informamos del proceso de demanda:


Leer más...