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jueves, 14 de marzo de 2013

La justicia europea permite a los jueces parar deshaucios por cláusulas abusivas

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Hoy se ha producido una gran noticia para los hipotecados con problemas para pagar la hipoteca y con riesgo de deshaucio. La justicia europea mediante el Tribunal de Luxemburgo establece que la normativa hipotecaria española es contraria a una directiva europea de 1993 sobre protección de los consumidores porque no permite a los jueces adoptar unas medidas cautelares, como la paralización del desalojo.

Una de las anomalías del proceso de ejecución español es que si el hipotecado deja de pagar algún mes al banco, la entidad acreedora puede desahuciarlo a través de un procedimiento acelerado. Si el deudor considera que el contrato que firmó era abusivo, puede acogerse a un procedimiento más largo, denominado declarativo, cuya resolución suele llegar tarde. Incluso cuando el magistrado falla a favor del deudor, la hipoteca ya se ha ejecutado. Podrá reclamar una indemnización, pero ya ha perdido su casa.

Por ello, la sentencia concluye que "la normativa española, que impide al juez, que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato hipotecario, suspender el procedimiento de desahucio iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión".
Esto es muy importante pues abre una vía a suspender los deshaucios en casos con cláusula suelo abusivas.

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