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lunes, 19 de enero de 2015

Otra victoria que hemos conseguido judicialmente contra Banco Popular eliminando nuevamente una cláusula suelo

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Nuevo éxito conseguido por nuestros abogados colaboradores que han eliminado nuevamente una cláusula suelo de Banco Popular de manera judicial en el juzgado Mercantil nº8 de Barcelona. Con esta nueva sentencia ya son a día de hoy 217 los casos ganados judicialmente eliminando la cláusula suelo, manteniendo el 100% de efectividad por esa vía de los casos ya resueltos.

Este éxito, es una nueva victoria judicial de nuestro abogado coordinador Martí y la letrada de su bufete Lourdes a través de nuestro servicio de demandas judiciales.



En este caso, nuestros usuarios Pablo y Ana tenían una cláusula suelo del 2,75% en una hipoteca de 180.000 euros de Banco Popular lo que les impedía beneficiarse de las bajadas del Euribor. En la sentencia se deja claro que el Banco Popular no cumple los requisitos de transparencia que estableció la sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 2013 y por ello anula la cláusula suelo por falta de transparencia.

Esta sentencia se une a la decenas de sentencias que los abogados colaboradores de la web han conseguido contra Banco Popular anulando la cláusula suelo. Además, la sentencia condena en costas al banco por lo que el proceso de eliminación de la cláusula suelo le ha salido totalmente gratuito a Pablo y Ana.

Aquí tenéis el fallo completo de la sentencia:




Aquí podéis ver algunas de las sentencias conseguidas por nuestros abogados contra Banco Popular:
http://www.clausulasuelo.info/p/clausula-suelo-banco-popular.html

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sábado, 17 de enero de 2015

La Audiencia de Murcia abre la puerta a recuperar lo pagado de más a los afectados de NCG, BBVA y Cajamar

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El Banco Novogalicia (NCG) deberá devolver a un cliente de su banco los 4.579 euros que pagó en por la existencia de la cláusula suelo, según se dispone en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia. 
Esa sentencia abre el camino para que todos los afectados de Murcia de bancos BBVA,  Banco Novogalicia y Cajamar puedan recuperar lo pagado de más. Si tenéis la hipoteca en alguno de esos bancos y queréis ver la viabilidad de vuestro caso, podéis contactar a través de nuestro servicio de demandas judiciales con nuestros abogados colaboradores (demandas@clausulasuelo.info

La sentencia desestima el recurso que aquella entidad bancaria presentó contra la resolución del Juzgado de lo Mercantil de Murcia que, al estimar la demanda del cliente, acordó también dejar sin efecto la aplicación de citada cláusula, contenida en una escritura de préstamo hipotecario suscrita en julio de 2006.
Al desestimar la apelación, la Audiencia Provincial indica que "entendemos, de acuerdo con reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, que la cuestionada obligación de restitución es inherente y consecuencia directa de la propia acción de nulidad".
Y añade que, "en este caso, la declaración de nulidad de la denominada cláusula suelo, por abusiva, aceptada por la entidad financiera, tiene como efecto jurídico inherente la devolución de los desplazamientos patrimoniales producidos por la misma".
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domingo, 4 de enero de 2015

Nueva sentencia en el Mercantil de Alicante que elimina la cláusula suelo y recupera 12.500 euros pagados de más

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Una sentencia del juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, con sede en Elche, ha condenado al Banco CEISS (Caja España - Duero) a eliminar la cláusula suelo de un préstamo hipotecario y a devolver más de 12.000 euros a un matrimonio ilicitano, cantidad pagada de más desde 2008 por la aplicación de esta cláusula.

cláusula suelo Alicante, Caja España Duero

La entidad bancaria incluyó en el préstamo la cláusula suelo, con un límite del tipo de interés del 3 por ciento anual sin posibilidad de bajar a pesar de la evolución del Euribor, y con ello sin que se pudiera aplicar la bajada del tipo de interés en estos préstamos.
La sentencia determina que la cláusula suelo "no se ha negociado" sino que ha sido "impuesta" y "adolece de claridad y está viciada de falta de transparencia, al no ser adecuadamente percibida por los prestatarios que creyeron contratar un préstamo a tipo de interés variable cuando era fijo".
La resolución obliga a Banco CEISS a devolver 12.700 euros por la "indebida aplicación de la cláusula controvertida" y la rebaja de 165 euros mensuales en la cuota hipotecaria, además del pago de las costas del procedimiento.

Los que estéis interesados podéis contactar en nuestro correo:  demandas@clausulasuelo.info

Si queréis conocer todos los detalles de nuestro servicio de demandas para anular vuestra cláusula suelo sólo tenéis que acceder al siguiente enlace:http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html

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sábado, 3 de enero de 2015

Otra demanda ganada por nuestros abogados colaboradores, en este caso anulando una cláusula suelo de Caja España Duero

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Seguimos cosechando éxitos cada semana con nuestro servicio de demandas judiciales a través de nuestros abogados colaboradores.
cláusula suelo Caja España Duero
En este caso hemos conseguido la eliminación de una cláusula suelo de Caja España Duero (Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria) del 3,5% en Barcelona en poco más de tres meses hábiles ya que se presentó en Mayo y a finales de Setiembre ya teníamos la sentencia favorable anulando la cláusula suelo (recordar que en Agosto el juzgado no trabaja). El caso ha sido llevado y ganado por nuestro abogado colaborador Martí (demandas@clausulasuelo.info) que lleva nuestros casos de Barcelona.

Además, la sentencia, como en todos los casos hasta ahora, condena en costas al banco por lo que el proceso le ha salido totalmente gratuito a nuestros usuarios de la web.

Ya tenemos más de 1500 personas que como Manuel y María (los usuarios que han eliminado su cláusula suelo con esta sentencia contra Caja Duero España) que han iniciado el proceso de estudio de viabilidad y demanda judicial. Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Los que esteis interesados podéis contactar en nuestro correo demandas@clausulasuelo.info.


Aquí podéis ver el fallo de la sentencia de anulación de la cláusula suelo de Caja España Duero:

Sentencia cláusula suelo Caja Duero España




Aquí tenéis todos los detalles de nuestro servicio de demandas:


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Nuevo caso ganado por los abogados de clausulasuelo.info contra Bankia anulando la cláusula suelo y recuperando 3000 euros pagados de más

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Empezamos el año 2015 con buen pie, con una nuevo caso ganado anulando otra cláusula suelo de Bankia y recuperando 3.000 euros. El auto del Juzgado Mercantil de Segovia, conseguido por nuestro abogado colaborador Martí, homologa la transacción con el acuerdo conseguido permitiendo a nuestros usuarios Elías y Raquel eliminar la cláusula suelo de su hipoteca y recuperar los mencionados 3.000 euros.


La cláusula suelo que se ha eliminado en este caso era del 3% y se ha conseguido la anulación en 4 meses. Dado que Bankia, una vez presentada la demanda, ha aceptado eliminar la cláusula suelo y devolver a Elías y Raquel los 3.000 euros cobrados de más no ha sido necesario que el juez dictará sentencia sino que se ha resuelto la demanda con el siguiente auto:

auto eliminar cláusula suelo Bankia (sentencias)


Ya tenemos más de 1600 personas que como Elías y Raquel que han iniciado el proceso de estudio de viabilidad y demanda judicial para anular la cláusula suelo. Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Los que estéis interesados podéis contactar en nuestro correo demandas@clausulasuelo.info.

Si queréis conocer todos los detalles de nuestro servicio de demandas para anular vuestra cláusula suelo sólo tenéis que acceder al siguiente enlace:
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jueves, 11 de diciembre de 2014

Nueva sentencia favorable conseguida por el abogado de la web contra Banco Popular

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Hoy publicamos un nuevo éxito en la eliminación judicial de una cláusula suelo del Banco Popular en Barcelona en el Mercantil nº7. La sentencia es de hace unas semanas y se consiguió la anulación en menos de 5 meses.

Este éxito, es una nueva victoria judicial de nuestro abogado colaborador Martí Solà a través de nuestro servicio de demandas judiciales.



En este caso, nuestro usuario (Marcelino) tenía una cláusula suelo del 3,75% lo que le impedía beneficiarse de las bajadas del Euribor. A pesar de que le entregaron oferta vinculante, el juez ha dejado claro que dicha entrega no es suficiente para que la cláusula suelo sea transparente tal y como estableció la sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 2013.

Además, la sentencia condena en costas al banco por lo que el proceso le ha salido totalmente gratuito a Marcelino.

Aquí tenéis el fallo de la sentencia:


Aquí tenéis todos los detalles de nuestro servicio de demandas:
Ya hay más de 1500 personas que, como Marcelino (el usuarios que haneliminado su cláusula suelo con esta sentencia), han iniciado el proceso de estudio de viabilidad y demanda judicial. Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Los que estéis interesados podéis contactar en nuestro correo demandas@clausulasuelo.info.


Si queréis ver la sentencia completa aquí la tenéis disponible:

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La Audiencia Provincial de Sevilla establece la retroactividad a la hora de eliminar las cláusulas suelo

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un fallo pionero en Sevilla sobre la cláusula suelo hipotecaria por el que una entidad bancaria tendrá que devolver a un particular los 2.237 euros de los intereses que éste reclamó por la imposición de la citada cláusula en su préstamo hipotecario.
Hasta ahora, el Tribunal Supremo había venido anulando las citadas cláusulas al entender que los bancos aplicaban un tope inferior al interés del dinero, pero no obligaban a devolver las cantidades con carácter retroactivo.
El fallo ha declarado la nulidad de la citada cláusula «por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia» en referencia a que cuando se firmó la hipoteca estipulaba que el tipo de interés en ningún caso podría exceder del 10 por ciento ni ser inferior al 2,5 por ciento.
Los jueces consideran que el préstamo debe quedar con la siguiente redacción: «El tipo de interés será objeto de revisión anual siempre que haya variación del tipo de referencia y con independencia de cual sea ésta». La nulidad implica, según los jueces, que el banco deba recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde su constitución como si nunca hubiera estado incluida la cláusula y que el banco reintegre el dinero, en este caso 2.237 euros.

A continuación, podéis obtener toda la información sobre las demandas judiciales a través de los abogados colaboradores de la web que están consiguiendo centenares de eliminaciones y siguen sin perder un sólo caso. No dudéis en contactar con nosotros si estáis interesados en la eliminación de la cláusula suelo o en la eliminación y devolución de todo lo pagado:

Aquí podéis ver la sentencia completa:

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miércoles, 10 de diciembre de 2014

Nuevas sentencias anulando la cláusula suelo de Caixabank en Huelva

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Dos nuevas victorias judiciales en la lucha contra las cláusulas suelo. En este caso las victorias han sido en Huelva.

  Después de una primera sentencia del pasado 24 de noviembre, el pasado 15 de diciembre el citado juzgado onubense dictó otras dos que declaran nula la cláusula suelo, lo que supone para los beneficiarios, dos particulares onubenses, un ahorro mensual que ronda los 400 euros.

  Estas dos sentencias declaran nula la cláusula suelo e imponen la devolución de lo pagado de más desde mayo de 2013. Las dos sentencias son en contra de Caixabank, y gracias a ellas estos dos onubenses van a experimentar un considerable alivio en sus cuentas mensuales. El primero de ellos pagaba un 4,25% con esta cláusula suelo. Sin ella, pasará de pagar 635,67 euros mensuales de hipoteca a abonar 430,62. Además, el capital amortizado aumenta de manera considerable. Hasta ahora, amortizaba unos 178 euros mensuales, y a partir de lo dictado por la Justicia amortizará unos 296 euros. Entre lo que deja de pagar y lo que amortiza, ahorrará unos 323 euros al mes.

   El otro beneficiario pagaba un 4,90% de cláusula suelo, lo que suponía un pago mensual de 817,32 euros por su hipoteca y la amortización de capital era de unos 188 euros. A partir de ahora, amén de recuperar lo pagado de más desde mayo de 2013, pagará por su crédito hipotecario 546,39 euros mensuales y lo amortizado aumenta hasta los 328 euros, por lo que el ahorro mensual rondará los 411 euros.

Aquí tenéis todos los detalles de nuestro servicio de demandas que ofrece su servicio para todos los afectados de Andalucía (así como del resto de España):
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martes, 2 de diciembre de 2014

Una nueva sentencia protege a las empresas también de la cláusula suelo anulándola y estableciendo retroactividad

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La Justicia ha vuelto a volcarse con las empresas afectadas por las polémicas cláusulas suelo de las hipotecas. Si hace unos días se publicaba la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga que declaró la nulidad y devolución de las cantidades pagadas indebidamente de más a una compañía malagueña por la aplicación de la cláusula suelo en su hipoteca, esta vez ha sido el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba el que ha estimado la demanda de una compañía.

El fallo del Juzgado, de 31 de octubre de 2014, y del que ha sido ponente el magistrado-juez Fernando Caballero, se hace eco de la sentencia del Supremo de 9 de mayo de 2013. Entonces, el Pleno de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal partió del concepto de control de transparencia entendido como aquél en el que "el consumidor tenga un conocimiento real de cuál es el sacrificio económico y de la carga jurídica que se deriva del contrato".

Como consecuencia, declaró la nulidad de varias cláusulas por falta de transparencia y condenó a eliminarlas y a abstenerse de ponerlas en el futuro. Ahora, sentencias como la del Juzgado de Córdoba o la del Juzgado de lo Mercantil de Málaga, abre la puerta a que se establezca el criterio de que también las empresas puedan denunciar la inclusión de esta cláusula en sus contratos hipotecarios y no sólo las personas físicas, consideradas como consumidores-.

En el caso concreto, el Juzgado cordobés declara la nulidad de un límite mínimo del 3,5 por ciento y un límite máximo del 12 por ciento nominal, y, repasando los argumentos de la citada sentencia de 9 de mayo del Supremo, concluye que las cláusulas discutidas "no superan el control de transparencia" por lo que cabe examinar su carácter abusivo.

De este modo, y entre otros extremos, sostiene que "al entrar en juego una cláusula suelo como la examinada, convierte al tipo nominalmente variable al alza y a la baja, en fijo variable exclusivamente al alza".
Sí a la retroactividad
Por último, decide el Juzgado que el banco debe devolver la devolución de las cantidades indebidamente cobradas como consecuencia de la cláusula suelo declarada nula, "desde el momento de la interposición de la demanda".

Lo cierto es que la mencionada sentencia del Tribunal Supremo negó esta retroactividad, si bien lo hizo en el marco procesal de una acción colectiva de cesación y respecto de quienes son parte en aquel proceso. Pero, además, en aquel procedimiento "no se ejercitó una acción accesoria de condena a la restitución (como prevé el artículo 12 de la Ley sobre condiciones generales de la contratación), sino solo de nulidad y correlativa eliminación de la cláusula, así como de prohibición de uso futuro.

Aquí podéis obtener toda la información sobre las demandas judiciales a través de los abogados colaboradores de la web que están consiguiendo centenares de eliminaciones y siguen sin perder un sólo caso:

http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html

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domingo, 23 de noviembre de 2014

La Audiencia de Pontevedra anula la cláusula suelo de un préstamo contratado con el Banco Pastor

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La sección 1ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, especializada en mercantil, ha declarado abusiva y ha anulaado la 'cláusula suelo' de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria suscrita con el Banco Pastor, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La sentencia dictada por este órgano judicial considera que esa cláusula fue "redactada de antemano e impuesta al cliente sin posibilidad real de negociación", por lo que, en contra de las exigencias de buena fe, ha perjudicado al firmante al causar un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones que derivan del contrato de préstamo.

En la sentencia se subraya que, aunque la cláusula cumple con las exigencias de la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994, la información que facilita y la escritura pública de préstamos son "manifiestamente insuficientes" para que el cliente pudiera tener una "idea cabal de las consecuencias económicas" derivadas de esa cláusula.

Según la Audiencia, entre todos los datos e información incluidos en la escritura, la 'cláusula suelo' pasa "desapercibida" y se impide al firmante que la entienda como una condición relevante y merecedora de la atención necesaria. Por ello, el tribunal sostiene que ese elemento de la escritura no responde a las exigencias de transparencia.

Al margen de esa cuestión, también considera que es "abusiva" porque "estipula el suelo en el 4 por ciento y el techo en el 12,50 por ciento introduce una desproporción muy relevante entre los derechos y obligaciones que el contrato establece para las partes, en perjuicio del consumidor".

Los magistrados subrayan en la sentencia que había una alta probabilidad de que el interés bajara del 4 por ciento, mientras que las posibilidades de que subiese por encima del 12,5 por ciento eran casi "nulas", así no había protección frente a las subidas de tipos.

Esto implica que la cláusula queda anulada y, con efecto desde la fecha de la sentencia, queda sin efecto el límite mínimo a la variación del tipo de interés. Esta sentencia será inscrita en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, para evitar casos similares en el futuro, y la sala ha admitido que la resolución abre la puerta a la impugnación de todos los contratos actuales en los que se contengan estipulaciones similares a la que se ha declarado como nula.

Aquí podéis obtener toda la información sobre las demandas judiciales a través de los abogados colaboradores de la web que están consiguiendo centenares de eliminaciones y siguen sin perder un sólo caso:

http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
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