Atención!! Recupera todo el dinero de la cláusula suelo y ahora también los gastos de tu hipoteca y de los intereses de tu tarjeta revolving. Envíanos un email a clausulasuelo.info@gmail.com para recuperarlo.
Mostrando entradas con la etiqueta Tribunal Supremo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Tribunal Supremo. Mostrar todas las entradas

miércoles, 15 de febrero de 2017

El Supremo obliga a devolver también las cláusulas suelo anteriores a 2013

Deja un comentario
El Tribunal Supremo aplica la retroactividad total a las cláusulas suelo. Es decir, obliga a devolver a las entidades todo lo cobrado desde el inicio de la aplicación de estas condiciones si los contratos eran abusivos. Hasta ahora, los bancos solo estaban obligados a anular esas cláusulas desde mayo de 2013, según falló ese año el Supremo. El alto tribunal adecua ahora su decisión a la jurisprudencia a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, que falló en diciembre en este sentido. En concreto, el TJUE señaló que no se podía acotar en el tiempo la devolución si era por una cláusula abusiva. Gracias a ello ya podéis recuperar todo lo pagado de más desde el inicio. Sólo debéis enviarnos un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.


El Supremo ha obligado este miércoles por primera vez a un banco a devolver una cláusula suelo firmada antes de mayo de 2013. La Sala de lo Civil ha aplicado este miércoles por primera vez la sentencia dictada en diciembre pasado por el Tribunal de Justicia de la UE, que obliga a las entidades financieras españolas a devolver íntegramente el dinero cobrado por la aplicación de las cláusulas suelo que fueran abusivas o poco transparentes en las hipotecas.


Sentencia importantísima

La banca española lleva meses esperando la sentencia de este miércoles, la primera desde que el tribunal europeo dictaminó a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo que se aplicaron sin transparencia. La sentencia de Europa ha obligado al Supremo a corregir su propia doctrina, que hasta este miércoles estaba fijada en una sentencia del 9 de mayo de 2013 en la que el alto tribunal español declaró nulas las cláusulas abusivas por falta de transparencia”, pero limitó las devoluciones a lo cobrado a partir de ese día. Es decir, los clientes que tuvieran una hipoteca con una cláusula suelo considerada no transparente solo podían pedir que le devolvieran lo cobrado de más a partir del 9 de mayo de 2014.
Pero la sentencia del Supremo no dejó conformes a miles de clientes y a varios jueces, que preguntaron al tribunal europeo si tenían que haber retroactividad desde la firma de la hipoteca. Por lo general, estas cláusulas empezaron a aplicarse en 2009, cuando algunos bancos incluyeron en sus hipotecas apartados (a menudo escondidos en letra pequeña) que limitaban la repercusión de la caída del euríbor y de otros índices a favor de los clientes. El Tribunal de Justicia de la UE dio la razón a los clientes que reclamaban la rertroactividad total y el Supremo se ha visto obligado a aplicar ese fallo y cambiar su criterio.  
El fallo ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes, pero la sentencia no está redactada y el texto íntegro se conocerá en los próximos días.

Leer más...

martes, 14 de febrero de 2017

El Supremo aclara mañana la nueva doctrina sobre cláusulas suelo

Deja un comentario
El dictamen por el que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) impuso el pasado 21 de diciembre que los bancos deben devolver a sus clientes todo lo cobrado, con retroactividad absoluta, en aplicación de cláusulas suelo opacas no solo supuso un varapalo para la banca, que afronta un impacto potencial de unos 5.000 millones de euros.
También enmendó la plana al Tribunal Supremo español, que había limitado esta retroactividad a mayo de 2013 en referencia a la fecha en que fijó los criterios necesarios para considerar transparentes estas cláusulas y anuló las primeras (de BBVA, Cajamar y Novagalicia) por abusivas. El Alto Tribunal tiene previsto volver a pronunciarse mañana sobre las cláusulas suelo para matizar su fallo inicial y adaptarse al criterio europeo.
Inicialmente estaba previsto que el Supremo matizara su doctrina a mediados de enero en relación a una causa relacionada con cláusulas suelo de Unicaja pero las partes llegaron a un acuerdo, lo que hizo innecesario el pronunciamiento del Tribunal.

Será finalmente mañana cuando el Supremo estudie el primer recurso relativo a cláusulas suelo desde que se publicara la sentencia del TJUE. En concreto, el Supremo tiene previsto analizar un recurso que afecta a BBVA y otro, informa Europa Press, relativo a Caja Rural de Teruel.
Más allá de la claridad que aporte el Supremo sobre su doctrina, el pronunciamiento referente a estos recursos tiene especial interés para los clientes de BBVA (así como para aquellos de Cajamar y Novagalicia, hoy Abanca tras la venta de la nacionalizada al grupo venezolano Banesco).
La sentencia de la justicia europea dejó en el aire aclarar qué ocurre con aquellos casos que se consideren ya cosa juzgada, esto es, que al contar con una sentencia en firme no podrían volver a someterse a juicio. Es el caso de los clientes de estas tres entidades financieras, principalmente. El Supremo deberá aclarar si el fallo del TJUE les beneficia, y dichas entidades también deben devolverles todo lo cobrado con retroactividad total o si, por el contrario, al haberse ya pronunciado sobre estos casos, no tendrán derecho a compensaciones por lo que les habían cobrado antes de mayo de 2013.
“Tan pronto como el Tribunal Supremo, digamos, interprete esta resolución de Europa, nosotros procederemos de forma rapidísima a devolver todo ese dinero a todas aquellas personas que, lógicamente, tengan derecho a ello”, aseveró el presidente de BBVA, Francisco González, durante la rueda de prensa de presentación de resultados del año que acaba de concluir.
BBVA suspendió las cláusulas suelo de todas sus hipotecas en mayo de 2013, cuando el Supremo las calificó de abusivas por opacas. La entidad estima que si todos los clientes que tenían estas condiciones en sus contratos recibieran lo que les cobró, tendría que abonarles 1.200 millones de euros. Sin embargo, la entidad ha provisionado solo 577 millones brutos (404 millones netos) porque considera que con esta cuantía bastará para hacer frente al impacto que encara.

¿Cuál es la mejor manera para recuperar lo pagado de más desde el inicio?


Desde clausulasuelo.info recomendamos que nos enviéis un email a clausulasuelo.info@gmail.com y estudiaremos vuestro caso de manera gratuita para informaros como recuperar el dinero de la manera más adecuada.
Leer más...

miércoles, 13 de julio de 2016

El abogado de la UE avala al Supremo en las devoluciones de la cláusula suelo

Deja un comentario
El abogado general de la Unión Europea ha avalado hoy los límites temporales a la retroactividad de la devolución de las cláusulas suelo en las hipotecas: no se devolverá la totalidad del dinero cobrado de más por esas cláusulas pero sí lo pagado desde 2013 a quien demande. La decisión del abogado suele prefigurar la sentencia definitiva, pero no siempre: la banca tendrá que esperar para saber si se libra de una factura que podría rondar los 3.000 millones de euros.

El Supremo consideró abusivas las cláusulas suelo hace poco más de tres años. El alto tribunal dictaminó que los consumidores no habían sido bien informados de las cargas económicas que suponen esas cláusulas, que impiden que la carga de intereses de los préstamos siga bajando a partir de un umbral, pese a que los índices hipotecarios estén en el 0% o incluso en negativo. Pero el Supremo decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de esas cláusulas: solo se aplican a partir de la fecha de esa sentencia, el 9 de mayo de 2013. El tribunal buscaba proteger a la banca española del impacto de esas devoluciones, pocos meses después del multimillonario rescate europeo y con el sector financiero en un mar de dudas.

La Comisión Europea se pronunció hace unos meses a favor de la devolución total, lo que llevó a las entidades financieras a provisionar el impacto de la decisión judicial. Pero también Bruselas se lleva un revés tras la aparición del abogado general: "Corresponde al ordenamiento jurídico interno precisar las condiciones [de los efectos de las cláusulas abusivas], siempre que se respete el Derecho de la Unión", según el letrado Paolo Mengozzi tras las denuncias de clientes de Cajamar, BBVA y Abanca. Esa opinión no es vinculante, pero suele ser un indicador fiable de la sentencia definitiva, que se espera para final de año. Las consecuencias podían ser demoledoras para el sector financiero: el Banco de España calcula el impacto entre los 5.000 y 7.000 millones, aunque otros informes rebajan esa cifra a unos 3.000 millones.
Los préstamos hipotecarios fijan un tipo de interés vinculado a un índice, generalmente el Euríbor. La letra pequeña de muchas entidades españolas establecía que aunque el Euríbor bajara --hoy se adentra en territorio negativo--, los intereses que pagaba los clientes nunca bajarían de un umbral. El Supremo y la justicia europea calificaron de abusivas esas cláusulas

¿Qué debo hacer si mi banco no me ha devuelto el dinero desde 2013 por la cláusula suelo?

Si el banco no quiere devolverte lo pagado de más desde mayo de 2013 no dudes en contactar con nuestros al email demandas@clausulasuelo.info y te ayudaremos a conseguirlo! Ya hemos ayudado a miles de afectados a recuperar su dinero!


Leer más...

lunes, 2 de mayo de 2016

El Popular no devolverá las cláusulas suelo de las hipotecas

5 comentarios
El consejero delegado de Banco Popular, Francisco Gómez, anunció que la entidad tiene pensado recurrir la sentencia de un tribunal de Madrid que le condenó a devolver las cláusulas suelo. Durante la presentación de resultados trimestrales del banco, Gómez recordó que esta sentencia está en primera instancia y permite recurso y, puesto que "sabemos que otras entidades van a recurrir, nosotros seguramente también vamos a recurrir". Por eso, el Popular ha decidido no devolver los importes de los suelos cobrados hasta terminar el proceso judicial, lo que podría demorar el proceso. El Popular ha provisionado 350 millones, pero no entregará, por ahora, el dinero a los 101.000 afectados por los suelos.

Gómez sostuvo que sus cláusulas suelo estuvieron correctamente comercializadas. "Vamos a recurrirlo y lo haremos, porque entendemos que nuestras cláusulas suelo son transparentes y cumplen todos los requisitos para seguir estando vigentes en la actualidad", aseveró el número dos del banco. No quiso adelantar cuánto les podría suponer el pago de estas cláusulas con retroactividad hasta 2009, algo que está estudiando el Tribunal de Luxemburgo. 
Pese a que la entidad no ha realizado una campaña específica con sus clientes para negociar con ellos y evitar un posible efecto negativo para el banco, Gómez sí reconoció que "mantenemos una negociación permanente con los clientes".

Gómez recordó que a final del año pasado el banco hizo una provisión que cubría los posibles riesgos legales por la retroactividad estimada hasta mayo del ejercicio 2013.

El consejero delegado argumentó que la sentencia del Tribunal Supremo sobre la retroactividad afecta a las cláusulas de una serie de entidades, "pero no a las de Popular y por tanto no estamos entre las entidades afectadas".
De todas maneras a día de hoy no hay problema a recuperar estas cantidades pues nuestros abogados están ayudando a miles de afectados del Popular a recuperarlas. Si queréis más información al respecto sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.
Leer más...

jueves, 21 de enero de 2016

El Supremo declara abusivas varias cláusulas de los contratos bancarios de BBVA y Banco Popular

23 comentarios
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado nulas por "abusivas" varias cláusulas incluidas en contratos bancarios con consumidores del BBVA y del Banco Popular, al rechazar los recursos de infracción procesal y de casación interpuestos por las entidades.
En un comunicado, el Supremo ha concretado que la decisión afecta a determinadas cláusulas suelo, intereses moratorios, vencimiento anticipado, atribución de gastos de las operación al consumidor y contratación telefónica.
El procedimiento se inició por una acción colectiva interpuesta por la OCU, en la que la organización de consumidores solicitaba la nulidad de múltiples cláusulas de varios contratos bancarios del BBVA y del Popular. 
La Sala declara nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado en los préstamos hipotecarios del BBVA, que permitía a la entidad exigir anticipadamente la devolución de la totalidad del préstamo por la falta de pago de una parte de cualquiera de las cuotas.
El Alto Tribunal defiende que la validez general de las cláusulas de vencimiento anticipado no excluye la posibilidad de que sean consideradas abusivas, y por tanto, nulas, atendiendo a las circunstancias del caso. Además, considera que la cláusula predispuesta por el BBVA no supera los "estándares exigibles", puesto que no modula la gravedad del incumplimiento en función de la duración y cuantía del préstamo, no permite al consumidor evitar su aplicación mediante una conducta diligente de reparación y posibilita la resolución del préstamo por el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial.
La sentencia también declara nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco.
En materia de interés de demora, la sentencia mantiene la declaración de nulidad por abusivo del tipo fijado al 19% en el préstamo hipotecario del BBVA.
Por otro lado, la sentencia considera nula la cláusula suelo en el préstamo del Popular por no cumplir las exigencias de transparencia, en aplicación de la doctrina sobre estos casos. Precisamente, reafirma la nulidad de la cláusula suelo del contrato del BBVA ya declarada en otras sentencias anteriores.

Para cualquier duda al respecto podéis contactar con nuestro servicio de demandas: demandas@clausulasuelo.info

Leer más...

jueves, 16 de abril de 2015

El Tribunal Supremo acaba de dar a conocer las nuevas sentencias sobre las cláusulas suelo, se confirma la nulidad y devolución desde el 9 de mayo de 2013

24 comentarios
El Tribunal Supremo ha apelado al “trastorno económico” que supondría para la banca devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo de hipotecas declaradas abusivas y ha zanjado de forma definitiva la discrepancia entre los jueces sobre el asunto, al concluir que se restituirán aquellas desde el 9 de mayo de 2013.
Ese día, el Supremo dictó una sentencia en la que declaraba nulas todas las cláusulas suelo que no cumplieran con los criterios de transparencia, incluso si el cliente se benefició “durante un tiempo” de caídas en el euríbor y declaraba la irretroactividad de su decisión.
Las dos nuevas sentencias del Supremo (138/2015 y 139/2015) establecen claramente que "cuando en aplicación de la doctrina fijada en la sentencia de Pleno de 9 de mayo de 2013, ratificada por la de 16 de julio de 2014, y la de 24 de marzo de 2015, se declare abusiva y, por ende, nula la cláusula suelo inserta en un contrato de préstamo con tipo de interés variable, procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula a partir de la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013". Si aún tenéis cláusula suelo y queréis anularla y recuperar lo pagado de más desde esa fecha sólo tenéis que enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos del proceso de demanda judicial para conseguirlo.
La nueva sentencia del Supremo cuenta, además, con el voto particular del magistrado Francisco Javier Orduña, partidario de haber distinguido la acción individual de la colectiva y de devolver las cantidades íntegras cuando se haya anulado una de estas cláusulas.
Considera que hace dos años sus compañeros condenaron a las entidades de crédito a cesar en la aplicación de las cláusulas suelo y abstenerse de utilizarlas en el futuro, pero “en ningún caso” se pronunciaron “en relación a la restitución de las cantidades indebidamente cobradas”.
Por ello, opina que es necesario examinar cada caso individual y, de declararse la nulidad, deberá tener un “efecto devolutivo” de las cantidades percibidas por la aplicación de la cláusula.
“Todo ello, sin contar que el verdadero motivo de la limitación del denunciado efecto retroactivo de la nulidad de la cláusula, en su momento, no fue otro que el posible riesgo de trastornos graves o sistémico en las entidades financieras; riesgo que en la actualidad ha desaparecido merced al saneamiento financiero efectuado”, concluye.

Aquí tenéis las sentencias completas: Sentencias del Tribunal Supremo anulando cláusulas suelo 2015

Se confirma lo avanzado por clausulasuelo.info sobre la nulidad de las cláusulas suelo

Con estas dos sentencias, se confirma lo que avanzamos hace unas semanas pues el pleno precisa que la doctrina tiene efecto a 9 de mayo de 2013, con lo que los bancos que sean condenados a reintegrar las cantidades cobradas por la cláusula suelo abusivas, deberán hacerlo desde esa fecha. Además vuelve a afirmar otra vez que las cláusulas suelo con falta de transparencia son nulas así judicialmente se pueden anular sin problema prácticamente todos. Si queréis saber si la vuestra es anulable y podéis recuperar todo lo pagado desde el 9 de Mayo de 2013 sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y nuestro abogado os revisará el caso de manera gratuita y os informará de la viabilidad de la demanda para eliminarla y recuperar lo pagado de más así como del precio de la demanda judicial para eliminarla y recuperar lo pagado de más. Ya lo hemos conseguido en más de 300 casos.

Posibilidad de recuperar cantidades pagadas desde el 9 de mayo de 2013 en todos los casos judicialmente

Con esta sentencia se abre la puerta a todo el mundo a anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más desde el 9 de Mayo de 2013. Aquí os informamos de la demanda judicial ya que ahora más que nunca vale la pena:

De hecho justamente hoy mismo hemos conseguido una nueva sentencia en Madrid con los términos exactos de la nueva sentencia del Supremo, es decir nulidad y devolución de cantidades desde 9 de mayo de 2013:
http://www.clausulasuelo.info/2015/04/nueva-sentencia-conseguida-en-madrid.html

Sentencia Tribunal Supremo cláusulas suelo
Leer más...

sábado, 28 de febrero de 2015

Sentencia del Tribunal Supremo, los bancos deberán devolver lo pagado de más desde Mayo de 2013 a quien demande

75 comentarios
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha avanzado una nueva sentencia este miércoles que la banca deberá devolver las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo declaradas abusivas a partir del 9 de mayo de 2013, fecha en la que anuló aquellas que no cumplieran con los criterios de transparencia. Eso permitirá a la gente que demande judicialmente, eliminarla y recuperar lo pagado de más desde esa fecha.
El Supremo que ha tomado esta decisión en pleno tras rechazar un recurso de Cajamar y aceptar otro de BBVA, dará a conocer su nueva sentencia cuando esté redactada y firmada, ha informado el Supremo en una nota de prensa. Asimismo, los magistrados han desestimado otro presentado por Cajasur, que pretendía que rectificara la doctrina que marcó hace casi dos años sobre la nulidad de las cláusulas suelo por abusiva en su sentencia de Mayo de 2013.

El 9 de mayo de 2013, el Supremo declaró que las cláusulas suelo son «ilícitas cuando su transparencia no permita al consumidor» identificarlas «como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos». Con esta resolución, la banca quedó obligada a advertir expresamente a los clientes de que si firman una hipoteca con cláusula suelo no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del euribor y permite a todos los usuarios de nuestra web con cláusula suelo no transparente, eliminarla y recuperar los miles de euros pagados de más desde el 9 de Mayo de 2013.  Aquí tenéis la información de nuestro servicio de demandas judiciales para eliminar la cláusula suelo y recuperar lo pagado: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
Posteriormente al 9 de Mayo, las dos entidades, junto con la Caja de Ahorros de Galicia, Vigo, Orense y Pontevedra (hoy NCG Banco), cuyas cláusulas también quedaron anuladas, pidieron que precisara si el fallo de la sentencia debía aplicarse automáticamente a clientes con las mismas o similares cláusulas afectadas por éste o solo podía hacerse caso por caso y teniendo en cuenta las características de cada operación. El 12 de junio, el Supremo respondió que basta con que no cumplan alguno de los requisitos de transparencia exigidos en su sentencia para que sean nulas. Precisaba que también lo son incluso si el cliente se benefició «durante un tiempo» de caídas en el euribor, y que meros «formalismos carentes de eficacia», como la lectura del contrato por parte del notario, no pueden sustituir el «perfecto conocimiento» de todos los términos del contrato, imprescindible para que el consumidor decida si lo firma o no.

Nulidad cláusulas suelo

Tras este fallo, en el que se establecía «el carácter irretroactivo de la nulidad de las cláusulas suelo», los distintos tribunales que se han decantado a favor de los clientes han mostrado criterios dispares a la hora de determinar si los bancos debían devolverles las cuantías que pagaron por esas cláusulas declaradas nulas. Ahora, el pleno precisa que la doctrina tiene efecto a 9 de mayo de 2013, con lo que los bancos que sean condenados a reintegrar las cantidades cobradas por cláusulas suelo abusivas, deberán hacerlo desde esa fecha. Además vuelve a afirmar otra vez que las cláusulas suelo con falta de transparencia son nulas así judicialmente se pueden anular sin problema prácticamente todos. Si queréis saber si la vuestra es anulable y podéis recuperar todo lo pagado desde el 9 de Mayo de 2013 sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y nuestro abogado os revisará el caso de manera gratuita y os informará de la viabilidad de la demanda para eliminarla y recuperar lo pagado de más así como del precio de la demanda judicial para eliminarla y recuperar lo pagado de más. Ya lo hemos conseguido en más de 250 casos.

Posibilidad de recuperar cantidades pagadas desde el 9 de Mayo de 2013 en todos los casos judicialmente

Con esta sentencia se abre la puerta a todo el mundo a anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más desde el 9 de Mayo de 2013. Aquí os informamos de la demanda judicial ya que ahora más que nunca vale la pena:
Tribunal Supremo cláusula suelo

Leer más...

viernes, 24 de octubre de 2014

El Tribubal Supremo anula 8 cláusulas suelo más de Caja Segovia

Deja un comentario
Las cláusulas suelo siguen cayendo como fichas de dominó. Y ya no sólo derribadas por las diferentes audiencias provinciales de justicia, también por el Tribunal Supremo (TS). El Supremo ha vuelto a dictar un fallo en el que ha anulado otras ocho cláusulas suelo -esta vez, comercializadas por Caja Segovia- por falta de transparencia.
En concreto, "la sentencia, de la que es ponente el magistrado Francisco Javier Orduña, reitera la doctrina ya fijada por la anterior en la sentencia del 9 de Mayo de 2013 que anuló todos los suelos de BBVA, NCG Banco y Cajamar) y en orden a la consideración de la cláusula suelo inserta en los préstamos como una cláusula impuesta al consumidor y no negociada", explica el TS en un comunicado.
De este modo, el TS indica que estas nuevas ocho cláusulas suelo anuladas, insertadas en los préstamos de Caja Segovia, "no superan este juicio de transparencia al no formar parte de las negociaciones y tratos preliminares que se llevaron a cabo, ni tampoco resultó destacada y diferenciada en el contrato ni en la previa oferta vinculante al quedar inserta en una cláusula mucho más amplia y genérica sobre el interés variable"."En esta línea", prosigue la nota, "la sentencia (...) consagra definidamente el control de transparencia real que se enmarca en elcontrol general de abusividad y que implica el necesario cumplimiento por el predisponente de unos especiales deberes a la hora de configurar estos contratos que permitan que el consumidor comprenda realmente las consecuencias jurídicas y económicas del producto o servicio ofertado". "Y este control de transparencia", añade, "no se reduce a la necesidad de que las cláusulas sean simplemente claras desde el punto de vista gramatical"

Por último, el dictamen emitido concluye que 
"la Sala se ve imposibilitada de examinar las consecuencias de la declaración de nulidad de la cláusula suelo a la hora de declarar si las cantidades cobradas por el banco en aplicación de dicha cláusula habrían de devolverse al consumidor ya que tal cuestión fue rechazada en primera instancia y no fue recurrida por la parte perjudicada".En este comunicado, el TS aclara que "la sentencia reconoce también la labor realizada por los notariosen el control previo de la abusividad de las cláusulas contractuales". "Si bien", insiste, "el juicio de transparencia es un juicio judicial".

Podéis descargar la sentencia completa aquí:
Sentencia Tribunal Supremo anulación cláusulas suelo Caja Segovia

Aquí podéis obtener toda la información sobre las demandas judiciales a través de los abogados colaboradores de la web que están consiguiendo centenares de eliminaciones y siguen sin perder un solo caso: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
Leer más...