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viernes, 10 de febrero de 2017

El Poder Judicial pide que haya un juzgado especializado en cláusula suelo en cada provincia

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy una propuesta para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas, que entre otras medidas prevé especializar desde el 1 de junio en esta materia un juzgado de primera instancia en cada provincia.
De este modo, explica el órgano judicial en una nota, se reducirá la previsible sobrecarga de trabajo derivada del aumento de litigios tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con las cláusulas suelo.
El CGPJ valora las medidas adoptadas por el Gobierno de protección de los consumidores en materia de cláusulas suelo, que permitirá que en algunos de estos casos no se llegue a la vía judicial.
Pero tras la sentencia del TJUE cabe esperar un aumento de demandas ya que ahora mediante las demandas se puede recuperar todo lo pagado de más por la cláusula suelo, a las que hay que sumar las que ya están abiertas, y ese eso podría provocar el colapso de los juzgados, al retrasar otros asuntos pendientes.
La propuesta del CGPJ consiste en que en cada provincia se especialice de manera exclusiva, pero no excluyente, un juzgado de primera instancia, que se ocupe de las acciones individuales, una posibilidad contemplada en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Para poner en marcha esta iniciativa, ya hay convocada una reunión el 15 de febrero con los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y con las juntas sectoriales de jueces y magistrados; más tarde, el 21 de febrero, se mantendrá otro encuentro con los jueces decanos, con la idea de que esté en marcha el 1 de junio.
Los juzgados podrán presentarse voluntariamente para este cometido, y en caso de que haya varios candidatos se elegirá al mas adecuado.
Para que el sistema sea más eficaz, está previsto que se adscriba al juzgado correspondiente uno o varios jueces de adscripción territorial (JAT), que recibirían formación específica.
También se contempla el nombramiento de letrados de la administración de justicia y de funcionarios por parte de las administraciones competentes, así como la asignación de medios materiales.
En su nota, el CGPJ recuerda que ya quedaron patentes las ventajas de los juzgados especializados con la creación de órganos judiciales centrados en la comercialización de productos híbridos financieros (preferentes).
Y además, se reforzaría la seguridad jurídica al homogeneizarse los criterios, con lo que aumentaría la confianza del ciudadano en los tribunales, "al darle un servicio específico y eficaz frente a un problema que le acucia".

Si quieres recuperar ya tu dinero no dudes en contactar con nosotros

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jueves, 29 de diciembre de 2016

EL TJUE falla en contra de la banca y fija la devolución total de lo cobrado por cláusulas suelo

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El Tribunal de Justicia europeo ha fallado hoy a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo opacas de los contratos hipotecarios. El veredicto supone un tremendo varapalo para el sector bancario, que afronta una factura adicional de 5.000 millones de euros, y un triunfo decepción para los consumidores afectados.
La sentencia, leída hoy en Luxemburgo, contradice la interpretación del Tribunal Supremo español, que en 2013 anuló las cláusulas suelo abusivas, pero limitó el reintegro de las cantidades cobradas de más. Los jueces españoles sólo impusieron la devolución de lo cobrado a partir del 9 de mayo de 2013, por entender que hasta ese momento las entidades financieras podían asumir que las cláusulas eran legales, así como para evitar el impacto económico de una devolución completa. Si tienes o has tenido cláusula suelo, envíanos un correo a demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo.
La sentencia de este miércoles responde a las consultas prejudiciales de un juzgado de lo Mercantil de Granada y dos juzgados de lo Mercantil de Alicante, en relación con contratos hipotecarios de Cajasur, BBVA y Popular.
5.000 millones de impacto a la banca
El veredicto se esperaba con calma tensa ayer en las sedes de muchas de las principales entidades financieras españolas, que ya temían lo que se ha confirmado hoy, un fallo contrario que amenaza con costarles miles de millones de euros y una reacción bursátil que podría teñir de rojo su recta final del año en el parqué.
En concreto, según lo esgrimido en el juicio por el propio Banco de España, a los 2.600 millones que le supone a la banca devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo desde mayo de 2013 y finales de 2015 (los datos más actuales disponibles) habría que añadirle ahora un sobrecoste de unos 5.000 millones por la retroactividad total.
La cifra está en línea con 4.500 millones que estiman en Analistas Financieros Internacionales (Afi), cuyos expertos calculan que la banca ya afrontaba una facturar de 5.269 millones por lo cobrado por estas condiciones desde mayo de 2013 (aunque esta última parte sí han ido provisionándola ya el grueso de entidades financieras).
Mazazo al sector financiero
Un auténtico mazazo, en cualquier caso, para un sector que pelea por recuperar la rentabilidad perdida en un escenario de tipos mínimos que ahoga el negocio crediticio, mientras se adapta a la ingente regulación financiera y compite en la carrera de la digitalización con nuevos y ágiles competidores como las fintech.
De hecho, el principal argumento para limitar la retroactividad en la devolución de lo cobrado por unas cláusulas -que cuando son opacas nadie pone en duda que deben anularse- era precisamente el potencial impacto en un sector financiero que ya requirió un rescate europeo.
Esta tesis había sido manejada por el Tribunal Supremo y recogida luego por el abogado general del TJUE, Paolo Mengozzi, una suerte de fiscal que suele fijar el signo del fallo de la Corte, en su informe de conclusiones del pasado julio.
Las palabras de Mengozzi se pretendían como una primera aproximación al fallo definitivo de hoy y en su momento dieron un respiro a la banca. Esta, sin embargo, ya se temía ayer que los vientos podían cambiar con la publicación de la sentencia definitiva. Fuentes de distintas entidades financieras consultadas ayer revelaban que alguna de las patronales del ramo tenían ya borradores de dos comunicados distintos para amoldarse al sentido del veredicto final.
La concreción del fallo
El fallo de la Corte de Luxemburgo establece que en el caso de las cláusulas suelo que sean nulas por su opacidad, la banca debe devolver lo cobrado por ellas a sus clientes con retroactividad total, y no desde mayo de 2013, cuando el TribunalSupremo español dictó la primera sentencia en este sentido, lo que llevó a BBVA, Novagalicia (hoy Abanca) y Cajamar a retirarlas en bloque de sus carteras.
El sentido del fallo supone que la banca tendrá que abonar a su clientela todo lo cobrado por estas condiciones hipotecarias, que en muchos casos comenzaron a activarse a finales de 2009, debido a que la caída de tipos topó con los suelos establecidos en los créditos.
Las entidades más afectadas
Un informe de Goldman Sachs de este año estimaba que la retroactividad total en la devolución de lo cobrado por las cláusulas suelo restaría a la banca un tercio de sus ingresos del año puesto que a las provisiones que la mayoría viene haciendo para hacer frente a las devoluciones desde 2013 se le suma ahora un coste adicional.
En concreto, según los analistas del gigante de la banca de inversión, la decisión del TJUE arrojará una factura de 1.800 millones más en provisiones para BBVA, que sería la entidad financiera cuantitativamente más afectada, aunque también una de más fuertes.
CaixaBank estimó en su día que la retroactividad total le costaría 750 millones adicionales a los 550 millones ya provisionados para devolver lo cobrado desde 2003.
El golpe será especialmente doloroso para Banco Popular, que aunque ya ha dotado unos 340 millones para la devolución de lo cobrado en los últimos años, afrontaría ahora una factura de 334 millones, según Goldman, en un momento de transición entre presidentes y con el mercado poniendo en duda su capacidad de continuar en solitario.
Para Bankia, que como CaixaBank terminó retirando las cláusulas suelo de su cartera el pasado año, el impacto será de 160 millones, de nuevo según las estimaciones de Goldman Sachs.
Por otra parte, entidades como Banco Sabadell siguen defendiendo que sus cláusulas suelo son perfectamente legítimas dada su claridad y transparencia, por lo que no se plantean retirarlas. No obstante, si el goteo de juicios que afronta el banco termina quitándole la razón, la entidad cuenta con provisiones genéricas suficientes para hacer frente al coste.
Para entidades de menor tamaño, la sentencia de hoy puede suponer un tremendo impacto que podría volver a reactivar un nuevo baile de fusiones que parecía haber quedado aparcado en los últimos años.
Tres millones de beneficiarios
En paralelo, tres millones de familias españolas que aguardaban con la misma expectación que la banca el sentido de la sentencia, podrán beneficiarse del capote del Alto Tribunal europeo.
Según sus estimaciones, de los más de 10,5 millones de hipotecas concedidas en España entre 2005 y 2016, unos tres millones incluyen esta condición que limita la variación a la baja del coste de la hipoteca mientras el euríbor cerró en noviembre su décimo mes consecutivo en negativo, con un -0,073%.
Desde el sector financiero animan a los clientes a acudir primero a sus sucursales para negociar los términos antes de plantarse emprender nuevas acciones legales. La banca asegura que el sector está en condiciones de hacer frente al fallo manteniendo su solvencia.

¿Cómo anular mi cláusula suelo y/o recuperar lo pagado de más?

Para ello el primer paso es estudiar el caso, para ello sólo debes enviar un email a demandas@clausulasuelo.info o a clausulasuelo.info@gmail.com y te informaremos de todo de manera totalmente gratuita. De hecho el mismo día 21 de diciembre (en el que se publicó la sentencia) nuestros abogados ya consiguieron la primera sentencia que recogía el fallo del TJUE. Aquí podéis verlo:
http://www.clausulasuelo.info/2016/12/sentencia-retroactividad-tjue-clausula-suelo.html
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miércoles, 28 de diciembre de 2016

Primera sentencia en España que aplica la retroactividad total de la cláusula suelo según la sentencia del TJUE

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Ya tenemos la primera Sentencia en España que condena al banco a la devolución de cantidades desde el inicio de hipoteca, según interpreta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su Sentencia de21 de diciembre de 2016. La ha conseguido uno de nuestros bufetes recomendados, y es una Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona (232/2016).

Como ya hemos comentado, el pasado 21 de diciembre Europa falló en contra de que los Juzgados Españoles pudieran limitar las indemnizaciones para los afectados por las cláusulas suelo y que, hasta esa fecha, el Tribunal Supremo Español recortaba a mayo de 2013. Así, declaraba contrario al derecho de la Unión Europea que los bancos con cláusulas suelo no informadas  sus clientes pudieran verse beneficiados con limitaciones la hora de devolver lo cobrado de más a sus clientes.

Ese mismo día, -suponemos que por ganas de la propia Juez visto lo injusto de la situación anterior-, se dictaba esta Sentencia imponiendo el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y condenaba al banco declarando la nulidad de la cláusula suelo, condenándole a recalcular el cuadro de amortización sin el suelo desde la primera aplicación del suelo en diciembre de 2009, también a devolver 13.704€ al cliente, a  pagar los intereses legales desde cada uno de los cobros abusivo y, finalmente, a pagar los gastos del juicio que hubiere tenido el afectado.


En definitiva, que uno de vosotros ya ha recuperado TODO como si el suelo no hubiese existido  incluso los intereses legales y las costas. Felicitarlo desde aquí y animaros a seguir reclamando a través de nuestros abogados colaboradores. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.

Aquí podéis ver el fallo de dicha sentencia conseguida contra BBVA (antes Cataluña Banc):




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miércoles, 14 de diciembre de 2016

El día 21 de diciembre, fecha clave para los afectados por cláusulas suelo

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El próximo miércoles, 21 de diciembre, será un día clave para la gente que aún tenga cláusula suelo o no haya recuperado lo pagado de más ya que se hará pública la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La sentencia resolverá si en caso de nulidad de la cláusula suelo debe devolverse lo pagado de más desde 2013 o debe devolverse todo lo pagado de más desde el inicio de la hipoteca.

Es importante destacar que la sentencia en sí no obligará a los bancos a devolver lo pagado ni anulará automáticamente las cláusulas suelo pero sí fijará de una vez por todas los criterios para recuperar lo pagado de manera que con un simple procedimiento judicial se podrá recuperar lo pagado siguiendo el criterio marcado por dicho tribunal. Nuestros abogados colaboradores ya están preparados por lo que los que estéis intereados en recuperar vuestro dinero y anular la cláusula suelo (si aún la tenéis) sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informarán de todo para iniciar el proceso lo antes posible y tener vuestro dinero cuanto antes pues se prevé que dada la cantidad de afectados una avalancha de demandas a partir del día 21.



sentencia TJUE cláusula suelo




¿Cuánto dinero podré recuperar?

Dependiendo de la sentencia del día 21 las cantidades a recuperar variarán pero en cualquiera de los dos casos serán importantes cantidades las que se podrán recuperar. Aquí tenéis una tabla orientativa de dichas cantidades que en algunos casos pueden superar incluso los 25.000 euros para hipotecas altas en bancos como el Banco Popular, Pastor, Sabadell, Unicaja, Caja Duero, Caja España, BMN o Liberbank con diferenciales bajos y que siguen aplicando la cláusula suelo.


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Para cualquier duda que tengáis no dudéis en enviarnos un email a demandas@clausulasuelo.info o a clausulasuelo.info@gmail.com


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miércoles, 13 de julio de 2016

El abogado de la UE avala al Supremo en las devoluciones de la cláusula suelo

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El abogado general de la Unión Europea ha avalado hoy los límites temporales a la retroactividad de la devolución de las cláusulas suelo en las hipotecas: no se devolverá la totalidad del dinero cobrado de más por esas cláusulas pero sí lo pagado desde 2013 a quien demande. La decisión del abogado suele prefigurar la sentencia definitiva, pero no siempre: la banca tendrá que esperar para saber si se libra de una factura que podría rondar los 3.000 millones de euros.

El Supremo consideró abusivas las cláusulas suelo hace poco más de tres años. El alto tribunal dictaminó que los consumidores no habían sido bien informados de las cargas económicas que suponen esas cláusulas, que impiden que la carga de intereses de los préstamos siga bajando a partir de un umbral, pese a que los índices hipotecarios estén en el 0% o incluso en negativo. Pero el Supremo decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de esas cláusulas: solo se aplican a partir de la fecha de esa sentencia, el 9 de mayo de 2013. El tribunal buscaba proteger a la banca española del impacto de esas devoluciones, pocos meses después del multimillonario rescate europeo y con el sector financiero en un mar de dudas.

La Comisión Europea se pronunció hace unos meses a favor de la devolución total, lo que llevó a las entidades financieras a provisionar el impacto de la decisión judicial. Pero también Bruselas se lleva un revés tras la aparición del abogado general: "Corresponde al ordenamiento jurídico interno precisar las condiciones [de los efectos de las cláusulas abusivas], siempre que se respete el Derecho de la Unión", según el letrado Paolo Mengozzi tras las denuncias de clientes de Cajamar, BBVA y Abanca. Esa opinión no es vinculante, pero suele ser un indicador fiable de la sentencia definitiva, que se espera para final de año. Las consecuencias podían ser demoledoras para el sector financiero: el Banco de España calcula el impacto entre los 5.000 y 7.000 millones, aunque otros informes rebajan esa cifra a unos 3.000 millones.
Los préstamos hipotecarios fijan un tipo de interés vinculado a un índice, generalmente el Euríbor. La letra pequeña de muchas entidades españolas establecía que aunque el Euríbor bajara --hoy se adentra en territorio negativo--, los intereses que pagaba los clientes nunca bajarían de un umbral. El Supremo y la justicia europea calificaron de abusivas esas cláusulas

¿Qué debo hacer si mi banco no me ha devuelto el dinero desde 2013 por la cláusula suelo?

Si el banco no quiere devolverte lo pagado de más desde mayo de 2013 no dudes en contactar con nuestros al email demandas@clausulasuelo.info y te ayudaremos a conseguirlo! Ya hemos ayudado a miles de afectados a recuperar su dinero!


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jueves, 14 de abril de 2016

TJUE, contra ley que obliga a pausar acciones individuales por cláusula-suelo

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló hoy contra la ley española que obliga a los jueces a pausar una acción individual de un consumidor contra una cláusula-suelo que cree abusiva a la espera de que se dicte sentencia en cualquier proceso colectivo contra cláusulas similares.
El TJUE considera que las disposiciones establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil española resultan incompletas e insuficientes, y que no constituyen un medio adecuado ni eficaz para que cese el uso de cláusulas abusivas, en contra de lo que persiguen las normativas europeas.
La Corte con sede en Luxemburgo considera que la ley española se opone a la legislación comunitaria, ya que no permite al juez tener en cuenta si la suspensión del proceso individual es realmente pertinente de cara a garantizar la protección del consumidor que la ha iniciado.
Además, tampoco da la posibilidad al consumidor de desvincularse de la acción colectiva que por ejemplo haya puesto en marcha una asociación de consumidores.
La sentencia se refiere al caso de Jorge Sales Sinués y Youssouf Drame Ba, que presentaron sendas acciones contra sus respectivos bancos, Caixabank y Catalunya Caixa, en las que piden que se declare nulas las cláusulas-suelo contenidas en sus contratos de préstamo hipotecario, por ser abusivas.
También solicitan que se les devolvieran las cantidades que habían tenido que pagar, a su juicio, de manera indebida a los bancos por la aplicación de estas cláusulas.
Por su parte, ambas entidades alegan que estas acciones se suspendan hasta que se resuelva una acción colectiva contra las cláusulas-suelo iniciada por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) contra varias entidades bancarias, entre las que se hallan las propias Caixabank y Catalunya Caixa.
Este asunto fue resuelto concretamente el pasado 7 de abril, pero los consumidores defendían antes de la sentencia su derecho a litigar a título individual, desvinculándose de la acción colectiva entablada por la Asociación de consumidores.
El TJUE considera que las acciones individuales y colectivas contra cláusulas abusivas tienen objetos y efectos jurídicos diferentes, de modo que se debe evitar que se dicten sentencias contradictorias, pero evitando en cualquier caso que se merme la protección de los consumidores.
Para la Corte comunitaria, estas suspensiones no se justifican ni por la necesidad de garantizar la coherencia entre las resoluciones judiciales que surjan de las acciones individuales y colectivas, ni por la necesidad de evitar la saturación de los tribunales.
El juez Garnica de la Audiencia Provincial de Barcelona ha hecho un ridículo espantoso pues era el único que defendía esta interpretación.

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viernes, 26 de febrero de 2016

Nueva sentencia ganada por nuestros abogados en Alicante anulando la cláusula suelo con retroactividad total

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De nuevo hemos conseguido una victoria contra las cláusulas suelo a través de nuestros abogados colaboradores, en este caso la sentencia se ha conseguido en Alicante donde ha condenado a Ibercaja a devolver todos los intereses cobrados indebidamente a un cliente por un préstamo hipotecario a partir de la denominada cláusula suelo, según una sentencia que todavía puede ser recurrida. El fallo contradice las resoluciones del Tribunal Supremo (TS) que limitan la retroactividad de esas devoluciones únicamente a partir de mayo de 2013 para no perjudicar el orden socioeconómico.
Por el contrario, la sentencia se alinea con las tesis defendidas por la sección octava de la Audiencia de Alicante, que en julio pasado planteó por primera vez en España una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra la doctrina del Supremo sobre ese asunto, al entender que contraviene directivas europeas relativas a los derechos de los consumidores. En concreto, la sala considera que el criterio del TS supone mantener «parte de los efectos producidos» por una cláusula declarada nula, lo cual «podría entenderse como una suerte de moderación o integración de los efectos de dicha cláusula», lo que no cabe con la más reciente jurisprudencia del TJUE.
El juzgado de Primera Instancia 9 se ha alineado ahora con esta tesis y ha estimado la demanda de un cliente de un banco que reclamaba a la entidad la devolución de todos los intereses que le cobró de forma indebida no solo desde el 9 de mayo de 2013, cuando el TS declaró nulas por ser abusivas las cláusulas suelo, sino desde la firma del contrato de la hipoteca, en 2006.
«La aplicación de la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en relación a la irretroactividad es difícil de encajar con el artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, y la jurisprudencia del TJUE», recoge la sentencia dictada el pasado 28 de enero y que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
El juzgado también encuentra otras contradicciones en la decisión del TS respecto a la legislación, que establece que las cláusulas abusivas son «nulas de pleno derecho» y se deben «tener por no puestas».

Aquí podéis ver la sentencia:

Continuamos con las anulaciones de cláusulas suelo!

Seguimos cada semana anulando cláusulas suelo y para 2016 somos muy optimistas ya que podremos ayudar seguro a centenares de usuarios a anularla y recuperar lo pagado. Aquí podéis ver los detalles del proceso de demanda con nuestros abogados:
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
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lunes, 26 de octubre de 2015

La UE pide que se devuelva todo lo cobrado con las ‘cláusulas suelo’

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La Comisión Europea ha emitido un informe que tumba la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a tres bancos a devolver la cláusula suelo de las hipotecas solo desde mayo de 2013. Bruselas pide que se reintegre todo el dinero cobrado por aplicar estas cláusulas desde mayo de 2013. La Comisión entiende que no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de lo pagado por el consumidor, ya que si una cláusula es declarada nula, “lo es desde el origen”. Los afectados son BBVA, Cajamar y Abanca, pero el sector teme que afectará a todos.
Los juristas de la Comisión Europea han elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea un informe en respuesta a un caso de CajaSur, filial de Kutxabank, por una cláusula suelo de una hipoteca. La demanda fue interpuesta por Ausbanc. Tras 22 folios de razonamiento jurídico, la Comisión desmonta la argumentación del Tribunal Supremo que pidió una devolución parcial de esta cláusula. Este tribunal condenó a las entidades a reintegrar lo cobrado desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia, en adelante, pero no todo lo anterior.

La Comisión desmonta la argumentación del Tribunal Supremo que pidió una devolución parcial de esta cláusula
Desde entonces, miles de afectados han acudido a reclamar que le devuelvan lo cobrado al aplicar la cláusula suelo, que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los tipos acordados con la entidad estén por debajo. Hasta ahora, en la mayoría de los casos los jueces han dado la razón a los clientes, pero sin exigir la retroactividad al banco, es decir, desde el 9 de mayo de 2013 en adelante. La cuestión es clave porque hay 2,5 millones de hipotecas con suelos, y si se aplica a todos los casos, la banca tendrá que devolver miles de millones.
En el escrito, Bruselas considera que “el cese en el uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor, no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad, salvo que dicha limitación sea necesaria para preservar el principio de cosa juzgada”.
Además, añade, según los artículos 6.1 y 7.1 de la directiva 93/13/CEE, “no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia”.
Fuentes jurídicas de una entidad señalaron que "la propia Comisión considera que, para preservar la seguridad jurídica, la protección que otorga la Directiva tiene como límite infranqueable la cosa juzgada, de tal manera que los casos que hayan sido decididos por los Tribunales no podrán ser modificados". También apuntan que "aquellas entidades y clientes cuyas situaciones hayan sido resueltas por sentencia judiciales firmes no podrán ser modificadas". Es decir, estas fuentes creen que los que hayan recibido sentencias sobre sus cláusulas o hayan firmado acuerdos de no litigiosidad, no se verán beneficiados por la posición de la Unión Europea. 
El informe, firmado por Deyan Roussanov y Napoleón Ruiz García, como agentes de la Comisión, es de 13 de julio pasado, si bien se enviaron dos correcciones al Tribunal el 14 de septiembre pasado.

Golpe a la reputación

Sin embargo, fuentes jurídicas del sector financiero, consideran que, al margen de los procesos estrictamente legales, “este asunto tiene unas fuertes connotaciones reputaciones que afectan a todo el sector. Si la Comisión dice que hay que devolver todo el dinero, me temo que, tarde o temprano, reintegraremos todo lo cobrado al aplicar las cláusulas suelo”.¿Qué puede pasar a partir de ahora? En primer lugar, debe posicionarse el Tribunal de Justicia y ver qué implicaciones tiene su sentencia. En el escrito de la Comisión Europea no hay referencia al BBVA, Cajamar y Abanca, condenados por el Supremo tras denuncias interpuestas por Ausbanc.
La semana pasada, CaixaBank y Bankia comentaron que, desde el verano, fecha del escrito de la UE, decidieron dejar de aplicar las cláusulas suelo. El Popular y el Sabadell se niegan a hacerlo, por el momento.

Ha llegado el momento de anular la cláusula suelo y recuperar lo pagado

Sí aún tenéis cláusula suelo y queréis anularla y recuperar lo pagado no dudéis en enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo. Aquí tenéis la información del proceso para conseguirlo:
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