Atención!! Recupera todo el dinero de la cláusula suelo y ahora también los gastos de tu hipoteca y de los intereses de tu tarjeta revolving. Envíanos un email a clausulasuelo.info@gmail.com para recuperarlo.
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martes, 2 de agosto de 2022

¿Cómo eliminar la cláusula suelo de la hipoteca y recuperar todo tu dinero? Ahora es posible

236 comentarios
Eliminar la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más es más sencillo de lo que puede parecer que en la mayoría de casos con el procedimiento adecuado se consigue eliminar. Sin ir más lejos a través de nuestro servicio de redacciones personalizadas estamos consiguiendo éxitos en más del 65% de los casos. A nivel judicial los resultados son más espectaculares aún ya que estamos anulando el 99,9% de las que son viables y recuperando lo pagado de más. A día de hoy ya hemos eliminado por esa vía más de 5000 cláusula suelo y recuperando más de 1 millón de euros de clientes afectados.

A continuación os vamos a explicar los pasos a seguir para eliminar la cláusula y recuperar lo pagado de más. Pero para cualquier duda enviarnos un email a clausulasuelo.info@gmail.com o a demandas@clausulasuelo.info.


cláusula suelo


Los dos puntos más importantes para poder eliminar la cláusula suelo son: revisar la oferta vinculante de nuestra hipoteca buscando irregularidades tal y como mencionamos en el artículo la importancia de la oferta vinculante de la hipoteca y preparar un buen escrito de reclamación fundamentado en la falta de transparencia (por ejemplo las irregularidades de la oferta vinculante si existen). Las irregularidades de la oferta vinculante son un muy buen elemento para demostrar falta de transparencia pero tras la sentencia del Tribunal Supremo no son el único motivo por el que puede haber falta de transparencia y por lo tanto ser nula la cláusula suelo.

A continuación os explicamos detalladamente los pasos a seguir para eliminar la cláusula suelo (incluyendo un ejemplo de escrito de reclamación para entregar al Banco).

4 Pasos a seguir para eliminar la cláusula suelo

  • Lo primero que hay que hacer es intentar negociar directamente en vuestra oficina del Banco. Lo más probable es que no consigáis que os eliminen la cláusula suelo, y mucho menos que os devuelvan lo cobrado de más, así que en ese caso hay que pasar al siguiente paso. 
  • El siguiente paso es presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente del Banco o al departamento responsable de las cláusula suelo. Para ello os podéis acercar a vuestra oficina. Con el nuevo decreto del Gobierno en la oficina tienen un formulario para reclamar la anulación de la cláusula suelo y la devolución de lo pagado de más.
  • La respuesta del SAC tardará bastante, normalmente tres meses que es el plazo máximo, pero si no teníais oferta vinculante es bastante posible que os den la razón. Si la teníais  os la dieron correcta y en el plazo correcto (3 días hábiles anteriores a la firma) va a ser más complicado que os den la razón en el SAC.
  • Si el SAC os da la razón genial! Sino el siguiente paso sería la vía judicial o reclamar al Banco de España. Actualmente, y dado que los bancos no están haciendo caso de los informes del Banco de España, nosotros recomendamos ir por la vía judicial que sí es efectiva. Dada la efectividad de las demandas judiciales hemos creado un servicio a través de nuestros abogados colaboradores para demandar judicialmente a un precio reducido. Aquí tenéis la información: demanda judicialmente.
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martes, 14 de agosto de 2018

Devolución de 40.000 euros por la cláusula suelo

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Nos llegan de nuevo buenas noticias desde Córdoba sobre la cláusula suelo pues los juzgados siguen anulando cláusulas suelo y todo el mundo está recuperando lo pagado de más.

La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la nulidad de la cláusula suelo de un contrato de préstamo hipotecario suscrito entre Unicaja Banco y un matrimonio, condenando a la entidad a abonarles más de 40.000 euros, incluyendo intereses legales hasta la fecha. Además, la sentencia impone las costas al banco, por lo que el procedimiento no les ha supuesto ningún coste a los demandantes.

¿Qué debo hacer para anular mi cláusula suelo y/o recuperar lo pagado de más?

Desde clausulasuelo.info recomendamos que nos enviéis un correo sobre vuestro caso a demandas@clausulasuelo.info para que nuestros abogados colaboradores os revisen el caso (de manera totalmente gratuita) y os informen de todo. Ellos han conseguido centenares de sentencias favorables de todos los bancos (Unicaja, Caixabank, BBVA, Sabadell, Banco Popular, Caja España Duero, Caja Laboral, Cajamar, CajaSur, CajaTres, Bantierra...)


cláusula suelo Unicaja

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miércoles, 18 de octubre de 2017

Un juzgado anula una cláusula suelo y además condena a Unicaja a devolver los gastos de formalización de su hipoteca

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y número 2 de Ronda ha dictado una sentencia con la que anula una cláusula suelo y además declara también la nulidad de la cláusula de gastos de formalización de la hipoteca, cuya novedad radica en el hecho de que la sentencia, a diferencia de otros juzgados, no distingue entre gastos. Ello quiere decir que el Banco deberá devolver todos y cada uno de los conceptos por los que pagó el cliente.
Se trata de una resolución inédita, ya que desde que el Tribunal Supremo decretara la nulidad de este tipo de cláusulas hace unos meses, la mayor parte de los juzgados habían interpretado que los gastos debían repartirse entre la entidad y los clientes. En este caso, la entidad bancaria Unicaja deberá devolver todo el dinero que los deudores adelantaron en la formalización de la hipoteca, como son los gastos de Notaría, del Registro de la Propiedad, tasación, gestoría y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
El abogado rondeño que ha dirigido este caso, ha expresado su satisfacción con la sentencia y ha indicado que “esta resolución abre la puerta a que muchos ciudadanos puedan reclamar, junto a la devolución de los importes cobrados indebidamente por la cláusula suelo, la totalidad de los gastos”. En este caso en concreto, Unicaja también ha sido condenada a pagar los intereses y las costas del procedimiento, lo que arrojaría un total de más de 20.000 euros.
El letrado ha hecho hincapié en la importancia de esta sentencia, “es novedosa por varias razones: porque acumula cláusula suelo y gastos de formalización, porque es la primera vez que se incluye la totalidad de estos gastos y porque Unicaja ha recibido este revés en una ciudad como Ronda, donde esta entidad tiene una presencia prominente”.


Si aún no has demandado, no dudes en hacerlo ya!

Si aún tenéis cláusula suelo o no os han devuelto el dinero pagado de más no dudéis en enviarnos un correo a demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos a anularla totalmente (si no la tenéis anulada), recuperar lo pagado y rebajar vuestra cuota mensual.

Estamos ganando el 100% de los casos de cláusulas suelo mediante la demanda judicial en toda España y de todos de bancos: Unicaja, Banco Popular, Sabadell, La Caixa, Targobank,  Ibercaja, BMN, La Caixa, , Bankia, Unicaja, Credifimo, Caja España Duero,  CCM, Liberbank, Caja Segovia, Cajas Rurales..




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jueves, 21 de septiembre de 2017

Los bancos tienen que devolver el dinero cobrado por la cláusula suelo aunque se firmara un acuerdo posterior

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La Audiencia Provincial de Salamanca ha ratificado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que puede suponer un gran beneficio a miles de personas que firmaran un acuerdo con su banco tras la sentencia del tribunal europeo sobre la devolución del dinero de las cláusulas suelo. Así, los bancos tienen que devolver toda la cantidad que le correspondía a los hipotecados.

En la sentencia en cuestión se ha logrado que Ibercaja Banco deba rehacer el cuadro de amortización del préstamo hipotecario y proceda a la devolución de las cantidades que se hubieran cobrado en virtud de la condición declarada nula. Una sentencia que permitirá a una pareja de Salamanca recibir 11.000 euros.


Los hechos se remontan al año 2007, cuando una pareja firmó una hipoteca para poder comprarse una vivienda. Ellos pensaban que firmaban a tipo de interés fijo los primeros seis meses y variable el resto con una serie de bonificaciones por tener las tarjetas con el banco, los seguros de vida y de hogar y varios productos más con el mismo banco (antes Caja Círculo), pero cuál fue su sorpresa cuando se dieron cuenta que hicieran lo que hicieran seguían pagando lo mismo.
En el año 2013 fue dictada la sentencia del Tribunal Supremo que consideraba nulas las denominadas cláusula suelo y el banco les ofreció una rebaja en el tipo de interés, pasando del 3,75 al 2,25%. El banco suscribió un contrato de novación de préstamo en el que los hipotecados manifestaban que conocían la existencia de la cláusula suelo y de sus consecuencias, renunciando a realizar cualquier acción.



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miércoles, 30 de agosto de 2017

La Junta de Andalucía multa con 3,1 millones a Unicaja por cláusulas abusivas en las hipotecas

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El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar con más de 3,1 millones de euros a Unicaja Banco, SAU, por introducir cláusulas abusivas en contratos de préstamos hipotecarios y por incumplimiento de la información de prestación de servicio. El procedimiento se inició en 2016 tras la recepción de 537 denuncias de particulares, que fueron tramitadas en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo por la inclusión de cláusulas suelo en las escrituras.
La sanción incluye 650.000 euros por infracciones muy graves contra la legislación vigente de defensa de los consumidores y, además, el comiso del beneficio ilícito obtenido, cuantificado en casi 2,5 millones de euros. La práctica de cláusulas abusivas conlleva una sanción de 300.000 euros, ha informado en un comunicado la Oficina del Portavoz del Gobierno. De un importe de 350.000 euros es la multa por incumplir el deber de información de prestación de servicio, concretamente sobre las cláusulas suelo. Estas se introducen en los contratos de préstamo hipotecario a interés variable (fundamentalmente Euríbor) y prevén que, aunque el tipo se sitúe por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la hipoteca, la persona seguirá abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidad equivalente a la bajada del Euríbor. Para la fijación de las cuantías se han tenido en cuenta como agravantes el perjuicio causado a los consumidores (valorable en más de 50.000 euros) y la posición relevante del infractor en el mercado.
Respecto a este último punto, la entidad sancionada contaba en 2012 con 690 de las 3.061 oficinas de cajas de ahorro en Andalucía (el 22,5 %). Además de la legislación que se aplica en esta sanción, la comunidad autónoma cuenta también con la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contratación Hipotecaria de Vivienda, que fue aprobada por el Parlamento andaluz en mayo de 2016 para aumentar las garantías y el derecho a la información de los andaluces en estas materia. El texto aporta una serie de mejoras respecto a la normativa estatal en cuanto a los datos que se deben proporcionar a quien suscribe un préstamo hipotecario y, además, extiende la protección a los avalistas.
La Dirección General de Consumo ha recibido en lo que va de año 12.650 reclamaciones y ha atendido 31.820 consultas a través del servicio multicanal Consumo Responde y el sector bancario aglutina 1.293 de las primeras (un 10,22 %) y 2.081 de las segundas (6,53 %).
Por su parte, Unicaja ha anunciado que recurrirá la sanción, ya que, según la entidad financiera, sus condiciones "son claras y transparentes". Tras la decisión de la Junta de multarle por esas cláusulas y por incumplimiento de la información de prestación de servicio, fuentes de la entidad han asegurado a Efe que "las condiciones generales utilizadas por Unicaja Banco en los contratos de préstamos hipotecarios son claras, transparentes y ajustadas a Derecho". Unicaja presentó en el expediente abierto por la Junta, según las fuentes, "alegaciones muy fundadas" y espera que "sean atendidas en la vía jurisdiccional, como ya ha ocurrido en otras ocasiones".
Fuentes financieras han apuntado que hay sentencias que citan pronunciamientos del Tribunal Supremo anteriores a 2016 que declaran que la calificación de una cláusula como abusiva debe corresponder a órganos jurisdiccionales del orden civil, sin que la interpretación de los contratos privados pueda encomendarse a la Administración. Estas fuentes se refieren a procesos similares al de Unicaja seguidos por administraciones autonómicas y entidades financieras.
Unicaja es una de las veinte entidades denunciadas por la federación de consumidores Facua ante la autoridad de consumo autonómica en 2013 por el "macrofraude de las cláusulas suelo", según ha indicado hoy esta organización.
Unicaja es el segundo banco que multa la Junta andaluza tras la sanción de 1,58 millones de euros impuesta a Banco Mare Nostrum (BMN) a finales del pasado julio.

Cómo eliminar y/o recuperar el dinero de la cláusula suelo



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Ya hemos conseguido eliminar decenas de centenares de cláusulas suelo mediante la demanda judicial en toda España y de la mayoría de bancos: Tragobank, La Caixa, Banco Popular, BMN, La Caixa, , Bankia, Unicaja, Credifimo, Caja España Duero, Banco Sabadell, CCM, Liberbank, Caja Segovia, Cajas Rurales..



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jueves, 13 de noviembre de 2014

Unicaja, condenada a devolver más de 14.000 euros a una cliente de Melilla

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La hipoteca, contratada con Unicaja Banco, contenía una cláusula suelo del 3,50%, lo que invalidaba el tipo de interés pactado en la hipoteca, que era del euríbor +1%, y que bajaba a euríbor +0,55% en función de la contratación por parte de la clienta de una serie de productos con la entidad financiera.
Tras reclamar ante la sucursal de Unicaja, la clienta vio cómo se le rebajaba la cláusula suelo apenas un 0,10%, hasta situarla en el 3,40%. Esto suponía que desde junio de 2009, había estado pagado por su hipoteca un total de 14.265,58 euros de más.
El banco alegó la caducidad de la acción de anulación, al entender que habían transcurrido más de cuatro años desde la firma del préstamo hipotecario, que se produjo en el mes de noviembre de 2007.
Según se establece en el artículo 1.301 del Código Civil, “la acción de nulidad sólo durará cuatro años. Este tiempo empezará a correr: en los casos (…) de error, o dolo, o falsedad de la causa, desde la consumación del contrato”.
La sentencia indica que “el momento de la ‘consumación’ no puede confundirse con el de la ‘perfección’ del contrato, sino que sólo tiene lugar cuando están completamente cumplidas las prestaciones de ambas partes’ (…) En consecuencia, encontrándose actualmente vigente el contrato de tracto sucesivo, y estar todavía lejos la fecha de su consumación, la  excepción de caducidad (prescripción) alegada ha de ser desestimada”.
Respecto a la oferta vinculante que la ley obliga a entregar al cliente antes de la contratación, llama la atención el hecho de que está fechada un día antes de la escritura, no lleva firma y, al parecer, está redactada en Alhaurín de la Torre (Málaga), cuando la clienta vive en Melilla, “no obrando en los autos prueba alguna que permita concluir que la parte prestataria acudió a dicha localidad para su firma”.
Por otro lado, la escritura refleja un suelo del 3,50%; la oferta vinculante, en su página 1, refleja un suelo del 3,40%, mientras que en su página tres refleja un suelo del 4,15%. Un despropósito que lleva al juez a señala que “existen dudas acerca de lo realmente contratado, resultando además contradicción entre el límite mínimo de la escritura de préstamo hipotecario (3,50%), y la oferta vinculante (4,15%)”.
Además, en una escritura que consta de 83 páginas, la referencia a la cláusula suelo únicamente se ubica al final de un anexo denominado ‘hipoteca fidelidad’ y con una redacción que induce a error, pues parece que si el cliente no contrata las bonificaciones, entonces no le aplicarán el suelo.
En palabras del juez, “resulta curioso que no se haga referencia a dicha cláusula al analizar el tipo de interés variable (cláusula tercera bis), a pesar de que se dedique a ello la friolera de seis páginas, y que la única referencia a la cláusula suelo se contenga en un Anexo, al final de la escritura de préstamo hipotecario, y bajo la rúbrica ‘Anexo Hipoteca Fidelidad’, que se limita a una bonificación en el interés por la contratación con dicha entidad de determinados productos y servicios, sin que dicha bonificación pueda resultar inferior al 3,50%, y es aquí donde se incluye la llamada cláusula suelo”.
El banco alegaba que ponía a disposición del cliente un simulador en su página web, pero el propio director de la sucursal reconoció que ese simulador no existía entonces: “aunque la demandada manifiesta que puso a disposición de los prestatarios un simulador de hipotecas en su página web, no consta que esa información se facilitase al cliente, que se verificase dicha simulación en presencia del cliente, o que ese simulador realmente existiera en la fecha previa a la firma de la hipoteca”.

Aquí podéis obtener toda la información sobre las demandas judiciales a través de los abogados colaboradores de la web que están consiguiendo centenares de eliminaciones y siguen sin perder un solo caso:

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viernes, 17 de octubre de 2014

La Audiencia Provincial de Ciudad Real condena a Unicaja a anular una cláusula suelo y devolver lo pagado de más

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a Unicaja a la devolución de la totalidad de pagos que hizo un usuario en exceso por una cláusula suelo que fue anulada por un juzgado ciudadrealeño.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), ha explicado hoy en una nota de prensa que la sentencia resuelve el caso de un particular, después de que la Audiencia de Ciudad Real acordase en pleno no jurisdiccional reconocer el efecto devolutivo de las cantidades percibidas indebidamente por entidades bancarias, y la posibilidad de modular esta retroactividad.
La Audiencia Provincial ha estimado el recurso interpuesto por este particular, que solicitaba la devolución de las cantidades pagadas como consecuencia de una cláusula suelo establecida por Unicaja en el contrato de un préstamo con garantía hipotecaria, que fue anulada en primera instancia por el juzgado de Primera Instancia número 4 de Ciudad Real.
En la sentencia, que fue recurrida tanto por el demandante como por la entidad demandada ante la Audiencia de Ciudad Real, el juzgado de Primera Instancia número 4 determinó que la cláusula suelo "era nula por no superar el llamado filtro de transparencia".
El juzgado tuvo en cuenta "la inexistencia de una información por parte de la entidad bancaria que fuera clara, no ambigua ni oscura, a lo que se sumó la falta de previsiones sobre la evolución de los tipos de interés".
La Audiencia de Ciudad Real ha considerado que la falta de transparencia, "produjo un perjuicio al demandante, que se vio perjudicado por la cláusula suelo por no comprenderla en su totalidad".
En cuanto a la petición de devolución de las cantidades pagadas por el afectado por la cláusula anulada, el tribunal ha tenido en cuenta un acuerdo adoptado el 26 de septiembre de 2014, en un pleno no jurisdiccional, "en el que se reconoce este efecto devolutivo en cantidades percibidas indebidamente, cuando existe una nulidad, como es el caso, y la posibilidad de modular dicha retroactividad".
Según la sentencia de la Audiencia de Ciudad Real: "esta modulación en la devolución de las cantidades percibidas de forma indebida por la entidad bancaria no se puede aplicar en el caso concreto que se resuelve, ya que la entidad no ha probado que no hubo enriquecimiento con la cláusula suelo establecida, mala fe y el cumplimiento del requisito de mínima información al demandante".
Atendiendo a estos razonamientos, la Audiencia Provincial ha condenado a la entidad bancaria a que devuelva en su totalidad al demandante los pagos realizados en exceso como consecuencia de la cláusula suelo, aunque la sentencia no es firme y puede presentarse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Si aún tienes cláusula suelo no dudes en demandar judicialmente ya que se están eliminado todas. Aquí te informamos del proceso de demanda:

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jueves, 11 de septiembre de 2014

Los Juzgados Mercantiles de Sevilla anulan varias cláusulas suelo de Unicaja y Credifimo

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Aluvión de sentencias favorables a los clientes. Unicaja Banco y CaixaBank, las entidades condenadas a eliminar la cláusula suelo, por abusiva y poco transparente.
En apenas dos días, los Juzgados Mercantiles 1 y 2 de Sevilla han anulado las cláusulas suelo de los contratos de otros tantos clientes, tres de ellos de Unicaja Banco y uno de Credifimo –entidad luego absorbida por CaixaBank
En el dictado el 25 de julio por el Juzgado Mercantil nº 1 de Sevilla, se anula una cláusula del 3,75% incluida en un contrato hipotecario firmado en 2006 con Credifimo –filial de Cajasol, luego Banca Cívica y, finalmente, CaixaBank–.
La entidad argumenta que la cláusula fue negociada con el cliente y no impuesta. Para probarlo, aporta la oferta vinculante que se le entregó al cliente.
Pero el juez entiende que “tal documento no prueba que la cláusula haya sido negociada y no impuesta, pues es práctica habitual que el banco pase a la firma dicho documento como requisito necesario para la concesión del préstamo”. Para el magistrado, “una negociación supone una variación de los parámetros de la operación, y eso debe dejar rastro documental de algún tipo en la entidad, que refleje cómo se empezó la negociación y cómo ha concluido. Nada de eso se ha aportado”.
Por tanto, el juez considera que la cláusula suelo puede ser considerada como una condición general de la contratación.
En cuanto a la transparencia de la misma, la sentencia expone que aunque la redacción de la cláusula es clara, la referencia a ella se ubica “en medio de variados datos, tras cierto recorrido clausular, al que un consumidor llega agotado tras su lectura.
Claramente, el interés se define como variable, utilizando incluso la negrita para su expresión, lo que parece contribuir a la desinformación del consumidor bancario”.
Lo mismo sucede con la oferta vinculante: “los datos son tan escuetos que puede concluirse que un consumidor medio no puede comprender qué supone, dentro de un préstamo a interés variable, las expresiones ‘tipo de interés mínimo: 3,750%; tipo de interés máximo: 20%’”.
El juez también echa en falta que hubiera “simulaciones de subidas y bajadas de tipo (teóricas), que hubieran permitido ilustrarse al consumidor en ese momento de contratar del juego de la cláusula suelo”.
Según la sentencia, “la carga de la prueba sobre el cumplimiento de los requisitos de transparencia corresponde al Banco, y de ninguna forma puede entenderse cumplida dicha carga. En definitiva, la cláusula no supera el control de transparencia y ello conlleva su nulidad”.

Sí aún tienes cláusula suelo no dudes en demandar judicialmente ya que se están eliminado todas. Aquí te informamos del proceso de demanda:


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sábado, 8 de marzo de 2014

Gran éxito de las demandas para anular la cláusula suelo con nuestros abogados

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Anular la cláusula suelo judicialmente con nuestro abogado

El servicio de demandas judiciales para anular la cláusula suelo a través de nuestros abogados colaboradores está teniendo muy buena acogida! En bastantes casos es necesario ir por la vía judicial ya que los bancos ignoran las reclamaciones extrajudiciales y la única solución para eliminarlas es a través de juicio.

Ya tenemos casi 150 apuntados interesados en dicho proceso de prácticamente toda España. De momento se están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo a través de este servicio y muy pronto habrá muchos resultados ya que semana nuestros abogados van interponiendo nuevas demandas. Incluso en algunos casos ni se llega a juicio pues el banco para evitar la mala publicidad anula la cláusula suelo y paga las costas del proceso.

A todos los que estéis interesados en demandar recordaros que debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info (aquí tenéis la información completa del servicio: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html). Nuestro abogado os realizará un estudio de viabilidad de manera totalmente gratuita y contactará con vosotros para explicaros los detalles de vuestro caso. Si lo preferís podéis ir presencialmente a su despacho a hablar con él personalmente.

Si queréis saber cuanto pagaríais sin cláusula suelo podéis calcularlo aquí:

Importe pendiente: euros
Años pendientes: años
Cláusula suelo: %
Diferencial: %


Cuota sin suelo: euros
Ahorro mensual: euros
Ahorro en dos años: euros

Os daréis cuenta que vale la pena demandar cuanto antes así que no dudéis contactar con nosotros en demandas@clausulasuelo.info

A día de hoy tenemos más de 150 personas que han iniciado el proceso Nuestros abogados colaboradores están consiguiendo eliminar todas las cláusulas suelo que demandan judicialmente así que muy pronto ninguno de ellos tendrá cláusula suelo! Mencionar también que aunque los despachos de nuestros abogados están en Barcelona y Madrid interponen demandas en toda España.

De momento tenemos apuntados en las demandas a través de nuestros abogados gente de las siguientes provincias:

Andalucía
-Cádiz
-Córdoba
-Granada
-Huelva
-Málaga
-Sevilla

Aragón
-Zaragoza
-Huesca

Asturias
-Asturias

Baleares
-Baleares

Cantabria
-Cantabria

Castilla y León
-Burgos
-León
-Salamanca
-Segovia
-Valladolid

Castilla-La Mancha
-Albacete
-Ciudad Real
-Toledo

Catalunya
-Barcelona
-Girona
-Tarragona

Comunidad Valenciana
-Valencia
-Castellón
-Alicante

Galícia
-A Coruña
-Ourense

Madrid
-Madrid

País Vasco
-Guipúzcoa
-Bizcaia

Islas Canarias
-Santa Cruz
-Las Palmas


Dudas sobre la reclamación al Banco de España

Dado que los informes del Banco de España no son vinculantes y están tardando 7 meses en responder en la mayoría de casos es mejor iniciar la vía judicial que reclamar al Banco de España. Está ocurriendo con mucha gente, que después de esperar 7 meses la respuesta del Banco de España, aunque les dé la razón su banco no se la elimina por lo que han perdido 7 meses que han estado pagando la cláusula suelo. Bancos como el Banco Popular, Unicaja, Caja Duero-España, CajaSur, Liberbank, Caja Tres, etc...incumplen los informes del Banco de España así que la única opción es la vía judicial.





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viernes, 23 de agosto de 2013

Unicaja deberá anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas y devolver lo cobrado

25 comentarios
Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga impone a Unicaja a anular las cláusulas suelo de 28 préstamos hipotecarios y a devolver a los afectados lo indebidamente cobrado de más, al considerar ésta "abusiva". Según las estimaciones de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), que impulsó la demanda agrupada que dio lugar a la sentencia, la cantidad supera los 225.000 euros.

A algunos de los afectados la entidad deberá devolver más de 30.000 euros, agregan las mismas fuentes. El volumen de estas cantidades "demuestra el perjuicio económico que esta cláusula abusiva puede llegar a tener para cientos de miles de familias", destacan desde Adicae.

En la sentencia se recoge que Unicaja se oponía a la demanda alegando que la cláusula "no constituye una condición general de la contratación que pueda ser considerada abusiva afirmando que fue individualmente negociada con cada uno de los actores prestatarios, resultando libremente pactadas". La Sala recuerda que para que una cláusula tenga condición de abusiva debe cumplir varios requisitos: que no se haya negociado, que sea contraria a la buena fe y que cause un desequilibrio en los derechos y obligaciones derivados del contrato.
Estaba inserta en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria firmados entre 2005 y 2011

La cláusula a la que se refiere la sentencia se encuentra inserta en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria a interés variable otorgados por las partes en escritura pública, en distintas fechas comprendidas entre 2005 y 2011.

Según la jueza que ha dictado el fallo, "nos encontramos ante una cláusula que aparece integrada en una pluralidad de contratos, elaborada, con carácter general, de manera unilateral y previa por la entidad bancaria en la normalidad de los casos, resultando ser la excepción su variación y negociación particular". "Tampoco consta que la entidad prestamista demandada facilitara a los actores una perfecta comprensión de las implicaciones financieras del contrato de préstamo hipotecario que finalmente contrataron, ni una adecuada comprensión del contenido íntegro del contrato", destaca la resolución jurídica.

Además, señala que no consta que el notario informara a los demandantes de la existencia de esta cláusula en sus contratos ni les advirtiera "expresamente" del significado de aquellas cláusulas que, "por su propia naturaleza, pudieran pasarle inadvertidas". Por ello, concluye que "como consecuencia del desequilibrio que el demandado produce al incluir esta cláusula en el contrato de préstamo, se evidencia que su actuación es contraria a la buena fe, puesto que el desequilibrio causado en perjuicio del consumidor no queda justificado".
El fallo no es firme y puede ser recurrido

Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Además, han señalado que Unicaja ha pedido una aclaración de la misma, de manera que dependiendo de la respuesta del juzgado, la entidad estudiará la presentación del recurso.

Este nuevo revés judicial a la polémica cláusula suelo se suma a la relevante sentencia emitida por el Tribunal Supremo el 9 de mayo que obligaba a tres entidades financieras (BBVA, Novagalica Banco y Cajamar) a quitar el suelo de todos sus préstamos hipotecarios. Desde entonces, las demandas de afectados del resto de entidades financieras ha aumentado.


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