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martes, 31 de diciembre de 2013

El Tribunal Supremo confirma la sentencia del 9 de Mayo de 2013 por la que declaró nula la cláusula suelo

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Mediante auto dictado con fecha 6 de noviembre, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado el incidente de nulidad promovido por las entidades bancarias demandadas, confirmando de este modo la Sentencia dictada el pasado 9 de mayo de 2013 en que declaraba la nula cláusula suelo por falta de transparencia.

No era de extrañar que Cajas Rurales Reunidas, BBVA y NCG Banco, fueran a hacer uso de cualquier resquicio procedimental para dar la vuelta a una resolución que les obligó a eliminar la cláusula suelo de todas las escrituras con garantía hipotecaria.
Como cabía esperar, el incidente de nulidad ha sido desestimado por varios motivos siendo los más relevantes: 

  •  La Sala considera que la Sentencia del 9 de mayo es correcta ya que “la sentencia cuya nulidad se pide no se apartó de las cuestiones debatidas en el proceso, que las partes tuvieron oportunidad de realizar alegaciones y prueba sobre las mismas y que el fallo no fue extraño a las pretensiones ejercitadas “.
  •  La Sala afirma que no puede negarse el control abstracto en acciones colectivas ya que «estaba plenamente justificado por la existencia de condiciones generales de contratación empleadas en una pluralidad de contratos y en la utilización por las entidades demandadas de pautas estandarizadas en la contratación de estos préstamos, propias de la contratación en masa».
  • La Sala considera que el control de transparencia es perfectamente válido y señala que no se trata de una innovación sino que reciente doctrina y jurisprudencia venía pronunciándose en el sentido de considerar el control de transparencia como un control distinto del de inclusión.
  • La Sala descarta una posible infracción de la tutela judicial efectiva argumentando, en resumen, que el presente incidente no es la vía para revisar los fundamentos de Derecho de la Sentencia.

Por todo, consideramos que todo perjudicado por la cláusula suelo tiene el respaldo suficiente para hacer valer su derecho reclamando la eliminación de la misma, junto con el reembolso de cantidades cobradas indebidamente.

Para concluir, señalar que la Sentencia del Tribunal Supremo ha sido secundada por numerosos Juzgados y Audiencias Provinciales de nuestro país. A modo de ejemplo citar la Sentencia del JPI 1 de Barcelona de 31 de mayo de 2013, la del JPI 1 de Bilbao de 19 de junio de 2013, la de la AP de Álava de 19 de julio de 2013 o la AP de Madrid de 26 de julio de 2013, entre otra.

Juan Bartolomé.
Abogado.


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Cajamar, obligada a devolver 6.000 euros de una cláusula suelo

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El juzgado mercantil número 2 de Málaga ha condenado a Cajamar a devolver a un cliente las cantidades pagadas por efecto de la cláusula suelo de su hipoteca, que ha sido declarada abusiva. El demandante, representado por Ausbanc, recupera 5.022 euros más las cuantías pagadas de más desde la interposición de la demanda hasta el 9 mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, que condena a Cajamar a eliminar de sus contratos esta cláusula.

Para el delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, nos encontramos ante una «importante sentencia que condena a Cajamar a devolver las cantidades pagadas por aplicación de la cláusula suelo al entender que, tratándose de una acción individual, no se da la excepción aplicada por el Tribunal Supremo para dejar sin efectos la declaración de nulidad». Y es que el juzgado malagueño estima que en una acción individual, la devolución de cantidades no implica riesgo alguno para el sistema económico español».

La asociación considera que la sentencia da la razón a la tesis que viene defendiendo, en el sentido de que anular una cláusula y no aplicarle todas las consecuencias que establece el ordenamiento jurídico español, y europeo, por tratarse el condenado de un banco es «una vergüenza extrema para la historia de España y de su judicatura». «Afortunadamente la correcta interpretación de la Sentencia del Tribunal Supremo admite la devolución de cantidades a los consumidores en procedimientos individuales», apunta Martínez.

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viernes, 29 de noviembre de 2013

Condenan a NCG a devolver todo el dinero cobrado de más por la claúsula suelo de una hipoteca

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El Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Pontevedra ha condenado a NCG Banco a devolver a un pontevedrés el dinero cobrado de "manera abusiva" al amparo de la cláusula suelo firmada por el demandante desde el primer momento en el que la cuota cobrada se tendría que haber situado por debajo de este tope.
La sentencia dictada por el juzgado de la capital señala expresamente que la entidad deberá reintegrar todo el dinero cobrado de más, y no solo a partir del momento en el que la sentencia del Tribunal Supremo, de mayo de 2013, declara ilegal la citada cláusula suelo, así como los intereses devengados.
El fallo, susceptible de ser apelado ante la Audiencia Provincial, difiere de la sentencia de nulidad del Supremo en la que expresamente se señala la no retroactividad de la resolución judicial y, por tanto, obliga a las tres entidades condenadas a reintegrar las cuotas desde la fecha de la sentencia a todos los clientes, lo que han hecho. El Tribunal Supremo, sin embargo, sí dejaba abierta la puerta a demandas individuales.
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lunes, 4 de noviembre de 2013

CajaSur deja de aplicar cláusulas suelo afectadas por sentencia de un juzgado de Córdoba

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CajaSur Banco dejará de aplicar de inmediato las cláusulas suelo afectadas por la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, que ha obligado a la ejecución provisional de la misma antes de que el Tribunal Supremo resuelva el recurso en casación presentado por la entidad financiera.

Según ha informado CajaSur en un comunicado, la entidad ejecutará provisionalmente la sentencia, por lo que dejará de aplicar temporalmente algunas cláusulas suelo incluidas en los préstamos suscritos con consumidores, aunque dicha suspensión afecta sólo a las cláusulas que prevén un suelo del 3 y 4 por ciento, y un techo del 12 por ciento.

La entidad financiera respeta y acata las decisiones judiciales, y recuerda que la aplicación de la sentencia es provisional a todos los efectos, aunque existe planteado un recurso en casación ante el Tribunal Supremo.

Aunque hasta ahora no ha habido obligatoriedad alguna en eliminar las citadas cláusulas, la entidad se encontraba ya estudiando de modo personalizado la situación particular de cada uno de los titulares de préstamos que recogieran estas cláusulas, añade el comunicado.

Además, CajaSur en su nueva etapa en el Grupo Kutxabank "ha demostrado con hechos que sigue una cultura financiera ética, transparente y sólida".

Como ejemplo de estas "buenas prácticas" se encuentra la solución dada con las participaciones preferentes, ya que una vez adquirida la entidad cordobesa, Kutxabank se hizo cargo de las emisiones de las citadas participaciones y dio una solución a sus titulares, recomprando las mismas y convirtiéndolas en un depósito a plazo, por importe superior a los 149 millones de euros, sin pérdida alguna para los clientes de CajaSur.

Las cláusulas suelo aplicadas por CajaSur son "claras, transparentes y perfectamente válidas", y la entidad confía en el recurso planteado ante el TS porque, como ha indicado, la ejecución de la sentencia "es meramente con carácter provisional".

En este sentido, el propio TS ha razonado que su pronunciamiento "no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores", concluye el comunicado.
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domingo, 20 de octubre de 2013

El Supremo decide esta semana sobre si anula su sentencia sobre las cláusulas suelo de BBVA y Cajamar

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El Tribunal Supremo decidirá esta semana sobre el incidente de nulidad interpuesto por BBVA y Cajamar contra la sentencia en la que anulaba las cláusulas suelo en los casos en los que se produjera falta de transparencia, han informado hoy a Efe fuentes jurídicas.
Ambas entidades reclamaron la nulidad de la sentencia del Supremo, paso previo y obligatorio para que puedan pedir amparo al Tribunal Constitucional, más de dos meses después de que éste dictara su sentencia, el pasado 9 de mayo.
El Alto Tribunal declaró que las cláusulas suelo son "lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor" identificarlas "como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos".
Con esta resolución, la banca está obligada a advertir expresamente a los clientes de que si firman una hipoteca con cláusula suelo no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del euribor.
Posteriormente, las dos entidades, junto con Caja de Ahorros de Galicia , Vigo, Orense y Pontevedra (hoy NCG Banco), cuyas cláusulas también quedaron anuladas, pidieron que precisara si el fallo debía aplicarse automáticamente a clientes con las mismas o similares cláusulas afectadas por éste o sólo puede hacerse caso por caso y teniendo en cuenta las características de cada operación.
El 12 de junio, el Supremo respondió que basta con que no cumplan alguno de los requisitos de transparencia exigidos en su sentencia del 9 de mayo para que sean nulas.
Precisaba que también lo son incluso si el cliente se benefició "durante un tiempo" de caídas en el euribor y que meros "formalismos carentes de eficacia", como la lectura del contrato por parte del notario, no pueden sustituir el "perfecto conocimiento" de todos los términos del contrato, imprescindible para que el consumidor decida si lo firma o no.
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viernes, 11 de octubre de 2013

El Banco Santander elimina las cláusula suelo de Banesto

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Tenemos buenas noticias, el Banco Santander ha decidido retirar todas las cláusulas suelo de las hipotecas procedentes de Banesto. “Con la finalidad de adecuar la cartera de préstamos hipotecarios de Banesto a la política de Banco Santander sobre no utilización de cláusulas suelo, el banco decidió voluntariamente dejar de aplicar las cláusulas suelo de los contratos de los clientes de Banesto con efectos desde el 1 de julio de 2013”, señala el banco ante un requerimiento de información formulado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El Santander señala que Banesto “formalizó algunos contratos de préstamo hipotecario, con cláusula suelo, con determinados clientes y empleados”, sin especificar su cuantía. Fuentes de la entidad señalan que afectaban a una mínima parte de las hipotecas, a una cantidad “irrelevante”. Con todo, el Santander se convierte en la primera entidad que retira de forma general las cláusulas suelo de las hipotecas sin estar afectada por la sentencia del Supremo de mayo pasado en la que se anularon cláusulas suelo de BBVA, NCG Banco y Cajamar.

El Santander no aplica cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios concedidos a sus clientes y ha podido eliminar de forma general la aplicación de esas cláusulas a hipotecas de Banesto sin apenas impacto económico porque afectaban a muy pocos préstamos. Es la primer entidad que retira las cláusula suelo sin que sea obligado por una sentencia por lo que es una muy buena noticia. Hasta ahora tampoco ponían problemas a la gente que reclamaba para eliminarla, todo lo contrario que otros bancos como el Popular que pone muchísimos problemas para hacerlo.

De momento, otras entidades, como el Popular, el Sabadell o Bankia, han defendido la validez de las cláusulas suelo. CaixaBank anunció que estudiaría las hipotecas caso por caso y ha realizado ofertas para rebajar el suelo de la hipoteca a cambio de una mayor vinculación con la entidad.
 
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domingo, 6 de octubre de 2013

Un juez obliga a Cajasur a eliminar las cláusulas suelo de sus hipotecas

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Cajasur tendrá que eliminar las cláusulas suelo de las hipotecas firmadas con clientes que en la actualidad no están beneficiándose de la bajada del Euribor en sus pagos mensuales al tener adquirido un compromiso por el que se grava las hipotecas con entre un 3 (suelo) y un 12 (techo) por ciento más.
El juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha ordenado a la entidad financiera, gestionada por el grupo vasco BBK Bank, la continuidad de la ejecución provisional de la sentencia de 16 de noviembre de 2012, es decir, de la sentencia colectiva que declara la nulidad del suelo de los préstamos hipotecarios hasta tanto en cuanto se pronuncie el Tribunal Supremo, al que Cajasur recurrió.
La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios, ha pedido en este sentido que se ordene a la entidad financiera la aplicación de esta medida desde el próximo 1 de octubre. En concreto, Ausbanc ha calculado que las familias cordobesas que tengan firmada su hipoteca con la extinta caja de ahorros podrán ahorrarse hasta 200 euros al mes con la eliminación de esta cláusula suelo, esto es, entre un 25 y un 30 por ciento en los recibos. La estimación es que esta orden judicial afectará a más de 40.000 cordobeses.
En esta demanda, a la que se adhirió el Ministerio Fiscal, se considera que la relación entre cláusula suelo y techo crean un "desequilibrio sustancial en los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor. Y es que estamos en presencia de una condición general de la contratación de carácter abusivo por tratarse de una cláusula incorporada de manera generalizada por la entidad bancaria a los préstamos hipotecarios sin posibilidad de negociación", según ha manifestado Pineda.
No obstante, la entidad financiera ha recurrido la decisión del juez de lo Mercantil número 1 de Córdoba, Fernando Caballero, que dispone ahora del plazo de un mes para dirimir si anula su propia decisión adoptada al respecto. Algo que, el presidente de Ausbanc considera poco probable. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, ya apoyó el primer fallo de este juez que apuntaba en el mismo sentido y que supuso la presentación ante el Supremo por parte de Cajasur de un recurso de apelación, que aún está por resolverse.


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martes, 1 de octubre de 2013

Recopilación sentencias judiciales que anulan las cláusula suelo

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Para los que hayáis reclamado sin éxito a vuestro banco y al banco de España para que os eliminen la cláusula suelo y no hayáis tenido éxito os ánimo a que estudiéis la vía judicial. Aunque implique un desembolso las posibilidades de éxito son muy altas pues la mayoría de los juzgados está declarándolas nulas. Para que tengáis una idea, nuestro abogado colaborador está eliminando todas las cláusulas suelo judicialmente. Comentar también que en caso de que se declaré nula lo normal es que el banco tenga que asumir todas las costas judiciales y los intereses. Como guía vamos a ir poniendo información sobre las sentencias judiciales que anulan la cláusula suelo en hipotecas. Si conocéis alguna sentencia que no esté recogida en el resumen postearla o mandárla y la incluiremos.

Últimas sentencias que anulan la cláusula suelo

Después de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de Mayo



20/04/2015 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº 12 de Las Palmas - Bankia con devolución de cantidades
24/03/2015 Sentencia del Mercantil de Elche (Alicante) - Banco de Valencia (Caixabank)
18/03/2015 Sentencia del Mercantil de Barcelona - Banco Popular
16/03/2015 Sentencia Juzgado Mercantil nº 4 de Madrid - Banco Popular con devolución de cantidades
09/03/2015 Sentencia del Mercantil de Barcelona - CaixaBank
06/03/2015 Sentencia Mercantil de Barcelona - Banco Popular
24/02/2015 Sentencia Juzgado Mercantil de Valladolid - Caja España con devolución de cantidades
05/02/2015 Sentencia Juzgado Mercantil de León - Caja España con devolución de cantidades 
21/01/2015 Sentencia Juzgado Mercantil de Segovia - Bankia con devolución de 9000 euros
17/12/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº8 de Barcelona- Banco Popular
06/11/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº8 de Barcelona-La Caixa (Caixabank)
24/10/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº1 de Valencia - Banco Popular
26/09/2014 Sentencia Juzgado Mercantil de Barcelona - Caja España Duero
19/02/2014 Sentencia Juzgado Mercantil nº8 de Barcelona - Catalunya Banc
19/02/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga que obliga a la devolución de lo pagado de más - Cajamar
12/02/2014 Sentencia del Juzgado Mercantil de San Sebastián - Caja España
31/12/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº2 de Málaga que obliga a la devolución de lo pagado de más - Cajamar
06/10/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Córdoba - CajaSur
29/09/2013 Sentencia del Juzgado Mercantil nº1 de Madrid - - Bantierra
17/07/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Vitoria - Liberbank
20/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Caja España (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
19/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Liberbank (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Caja Extremadura (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres - Liberbank (anula cláusula suelo pero no obliga a la devolución)
18/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº9 de Barcelona -BMN (anula cláusula suelo pero no obliga la devolución)
19/06/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº1 de Bilbao - NCG
23/05/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Cajamar
21/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - Banco Popular
13/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - NCG
10/05/2013 Sentencia Juzgado Primera Instancia nº4 de Ourense - Banco Popular


Antes de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de Mayo

18/03/2013 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Bilbao - Banco Guipuzcoano
15/01/2013 Sentencia Juzgado Mercantil de Cáceres - Caja de Ahorros del Mediterráneo-Cajamar
19/12/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1.Caja de Extremadura (Liberbank)
28/11/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga. Banco Pastor (Banco Popular).
19/11/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Palma de Mallorca - Banco demandado Cajamar
16/11/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba
13/11/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cuenca - Banco de Castilla La Mancha 
12/11/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Orense. Novagalicia (Nova Caixa Galicia)
09/11/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1. Caja de Extremadura (Liberbank)
05/10/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1. Caja de Extremadura (Liberbank)
04/10/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Alicante - Banco demandado BBVA
04/10/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
25/09/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
18/07/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1 - Caja de Extremadura (Liberbank).
11/07/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y Mercantil de Cáceres - Caja de Extremadura (Liberbank).
10/07/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres sección 1 - Caja de Extremadura (Liberbank)
05/07/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Banca Cívica.
05/06/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga - Banca Cívica.
16/05/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Cádiz.
24/04/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Cáceres- Banco demandado Caja de Ahorros de Extremadura
23/03/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Burgos - Banco demandado Caja Rural de Burgos
23/03/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres-Caja Extremadura (Liberbank)
20/03/2012 Sentencia Juzgado Mercantil nº2 de Málaga
20/03/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres.
13/02/2012 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº1 y de lo Mercantil de Cáceres - Caja Extremdura (Liberbank)
10/02/2012 Sentencia Audiencia Provincial de Alicante - Banco demandado Banco Popular
02/02/2012 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº2 de Palma de Mallorca. - Caixa Rural de Balears
09/01/2012 Sentencia Juzgado de Primera Inst. nº2 de San Bartolomé de Tirajana - Caja Grl. de Ahorros de Canarias
21/12/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Cádiz -Unicaja
20/12/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de Málaga - BBVA
24/11/2011 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Zaragoza - Caja España
18/10/2011 Sentencia Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Cáceres - Caja de Ahorros de Extremadura
24/04/2011 Sentencia Audiencia Provincial nº 18 de Cáceres
19/09/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Burgos. Banco Cooperativo (Caja Rural de Burgos)
11/03/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº1 de León. Caja España.
07/04/2011 Sentencia Audiencia Provincial nº 14 de Barcelona
21/02/2011 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº 1 Alicante - Nova Caixa Galicia
30/09/2010 Sentencia Juzgado de lo Mercantil nº2 de Sevilla - BBVA, Cajamar y Caixa Galicia
07/04/2010 Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Mollet del Vallés


cláusula suelo

Cómo véis últimamente todas las sentencias son favorables a los clientes y declaran nulas las cláusulas suelo. Parece pues que cada vez es más fácil eliminar la cláusula suelo, aunque los Bancos obliguen muchas veces a tener que poner la demanda judicial. Por ello tenemos habilitado nuestro servicio de demandas con el que estamos anulando todas las cláusulas suelo:

http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html


PD: Muchas gracias a Miguel que nos ha facilitado más sentencias referentes a la cláusula suelo, hemos ya incluido algunas e iremos incluyendo todas una vez comprobadas

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domingo, 29 de septiembre de 2013

Declarada nula la cláusula suelo de Bantierra

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El Juzgado Mercantil número 1 de Madrid ha declarado la nulidad de la cláusula suelo incluída en los préstamos hipotecarios de Bantierra y por tanto su aplicación. Esta cláusula, que infringe el principio de buena fe, "supone una suerte de redondeo al alza del tipo mínimo de interés", según indica la sentencia. De hecho, añade, constituye "un injusto desequilibrio de prestaciones que el banco blinde su riesgo frente a una evolución bajista del tipo de interés en la propia redacción del clausurado".
El fallo solicita a la entidad resultante de la fusión de Multicaja y Cajalón a "eliminar dicha condición general de la contratación u otras que, en otros términos, establezcan en ella el mismo contenido de determinar un tipo de interés mínimo a pagar por el prestatario".
Según indicó ayer la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), esta sentencia "beneficia a miles de clientes de la entidad, ya que declara nula la cláusula suelo". A partir de esta resolución, los clientes tienen en su mano el poder reclamar las cantidades ya pagadas mediante el ejercicio de una demanda individual, y recuperar así el dinero pagado de más durante la vida del préstamo.
Bantierra respondió ayer al fallo al asegurar que la sentencia contiene "debilidades de planteamiento" que proporcionan argumentos procesales y jurídicos "sólidos" para apelarla. La entidad mantiene que la consideración de "abusivas" de estas cláusulas depende "de cómo se haya informado al cliente en el momento de firmar la hipoteca". Por último, a juicio de Bantierra, la sentencia introduce "elementos de inconsistencia jurídica que no facilitan la adecuada relación cliente entidad".
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lunes, 26 de agosto de 2013

NCG Banco abonará 39 millones por la eliminación de las cláusulas suelo

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NCG Banco abonará 39 millones de euros a un total de 90.000 clientes de Novagalicia, EVO y UGAS, el 9 de septiembre, en concepto de intereses y reducción de principal por la eliminación de la cláusula suelo de sus hipotecas particulares firmadas con las antiguas cajas.

Según ha informado la entidad bancaria este lunes, de los 39 millones, los clientes verán abonadas en sus cuentas 19 millones de euros y 20 millones se destinarán a reducir el capital pendiente de sus préstamos. Los clientes hipotecarios de NCG Banco se ahorrarán, además, la diferencia de intereses y cuotas a partir de ahora y durante toda la vigencia de su crédito hipotecario.
 
NCG Banco tomó la decisión de eliminar las cláusulas suelo en junio, con efectos retroactivos desde el 9 de mayo (de ahí el actual abono a sus clientes). El recálculo y aplicación simultánea de la medida la ha resuelto en dos meses, destaca la entidad.
 
Al pago de los 39 millones de diferencial de cuotas al eliminar la cláusula suelo, NCG Banco añade el abono a sus clientes de un 4 por ciento de interés de forma voluntaria y en concepto de compensación por la demora producida a causa del complejo proceso tecnológico realizado en estos meses. Además, la entidad recuerda que, desde su nacimiento en 2011, NCG Banco no comercializa préstamos con cláusula suelo.

Tras esta operación, las cuotas hipotecarias correspondientes al mes de septiembre, a pagar en octubre por los clientes de las citadas 90.000 hipotecas, ya excluyen la cláusula suelo comercializada por las antiguas cajas.

BENEFICIA AL 49% DE LA CARTERA DE CRÉDITOS

La eliminación de la cláusula suelo beneficia al 49 por ciento de la cartera de créditos con personas físicas del banco, por un total de 6.600 millones de euros de financiación hipotecaria.

Desde junio, en el que el banco anunció la supresión de las cláusulas suelo, ha realizado los cálculos de la operación y ha informado a los clientes beneficiados mediante carta y a través de las redes de oficinas del banco.

La medida de la eliminación de las cláusulas suelo fue adoptada por el banco tras recibir la contestación a la solicitud de aclaración de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, resolviendo un recurso de casación. El máximo órgano jurisdiccional declaró nulas las cláusulas de limitación de tipo de interés a la baja (conocidas como cláusulas suelo). Esta eliminación tendrá un impacto de 48 millones de euros sobre los resultados de NCG Banco en 2013.

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viernes, 23 de agosto de 2013

Unicaja deberá anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas y devolver lo cobrado

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Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga impone a Unicaja a anular las cláusulas suelo de 28 préstamos hipotecarios y a devolver a los afectados lo indebidamente cobrado de más, al considerar ésta "abusiva". Según las estimaciones de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), que impulsó la demanda agrupada que dio lugar a la sentencia, la cantidad supera los 225.000 euros.

A algunos de los afectados la entidad deberá devolver más de 30.000 euros, agregan las mismas fuentes. El volumen de estas cantidades "demuestra el perjuicio económico que esta cláusula abusiva puede llegar a tener para cientos de miles de familias", destacan desde Adicae.

En la sentencia se recoge que Unicaja se oponía a la demanda alegando que la cláusula "no constituye una condición general de la contratación que pueda ser considerada abusiva afirmando que fue individualmente negociada con cada uno de los actores prestatarios, resultando libremente pactadas". La Sala recuerda que para que una cláusula tenga condición de abusiva debe cumplir varios requisitos: que no se haya negociado, que sea contraria a la buena fe y que cause un desequilibrio en los derechos y obligaciones derivados del contrato.
Estaba inserta en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria firmados entre 2005 y 2011

La cláusula a la que se refiere la sentencia se encuentra inserta en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria a interés variable otorgados por las partes en escritura pública, en distintas fechas comprendidas entre 2005 y 2011.

Según la jueza que ha dictado el fallo, "nos encontramos ante una cláusula que aparece integrada en una pluralidad de contratos, elaborada, con carácter general, de manera unilateral y previa por la entidad bancaria en la normalidad de los casos, resultando ser la excepción su variación y negociación particular". "Tampoco consta que la entidad prestamista demandada facilitara a los actores una perfecta comprensión de las implicaciones financieras del contrato de préstamo hipotecario que finalmente contrataron, ni una adecuada comprensión del contenido íntegro del contrato", destaca la resolución jurídica.

Además, señala que no consta que el notario informara a los demandantes de la existencia de esta cláusula en sus contratos ni les advirtiera "expresamente" del significado de aquellas cláusulas que, "por su propia naturaleza, pudieran pasarle inadvertidas". Por ello, concluye que "como consecuencia del desequilibrio que el demandado produce al incluir esta cláusula en el contrato de préstamo, se evidencia que su actuación es contraria a la buena fe, puesto que el desequilibrio causado en perjuicio del consumidor no queda justificado".
El fallo no es firme y puede ser recurrido

Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Además, han señalado que Unicaja ha pedido una aclaración de la misma, de manera que dependiendo de la respuesta del juzgado, la entidad estudiará la presentación del recurso.

Este nuevo revés judicial a la polémica cláusula suelo se suma a la relevante sentencia emitida por el Tribunal Supremo el 9 de mayo que obligaba a tres entidades financieras (BBVA, Novagalica Banco y Cajamar) a quitar el suelo de todos sus préstamos hipotecarios. Desde entonces, las demandas de afectados del resto de entidades financieras ha aumentado.


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lunes, 5 de agosto de 2013

Un juez obliga a BMN a eliminar una cláusula suelo de Caja Granada y devolver el dinero cobrado de más a un cliente

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Poco después de conocerse que BMN no iba a eliminar las cláusula suelo se ha conocido esta noticia que deja en evidencia que las cláusulas suelo de BMN al igual que las de otras entidades en la mayoría de casos adolecen de falta de transparencia. De hecho en varias reclamaciones que hemos hecho a través de nuestro servicio personalizado de reclamaciones hemos conseguido la anulación de la cláusula suelo por la falta de transparencia.

Hoy mismo se ha conocido que el juzgado de lo Mercantil 2 de Málaga ha obligado a Caja Granada, entidad integrada en Banco Mare Nostrum (BMN), a eliminar la cláusula suelo establecida en la hipoteca de un granadino y a devolverle el dinero cobrado de más por este concepto desde la firma del servicio.

La sentencia del juzgado malagueño, que ha dado hoy a conocer la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) de Granada y a la que ha tenido acceso Efe, ha considerado "abusiva" la cláusula suelo incluida por CajaGranada en la hipoteca de uno de sus clientes.

Así, el juzgado de lo Mercantil 2 de Málaga, donde se ha tramitado la demanda, ha condenado a la entidad bancaria a eliminar este punto del contrato hipotecario y a devolver al afectado los poco más de mil euros que le cobró de más atendiendo a esta condición del contrato hipotecario.

El delegado de Ausbanc en Granada, Alfredo Martínez, ha celebrado la decisión judicial y ha detallado que, aunque en este caso la devolución ronda los mil euros, la mayoría de los usuarios bancarios con cláusulas suelo pagan de media entre 5.000 y 7.000 euros por este concepto.

Esta sentencia, aplicable pero contra la que cabe recurso en la Audiencia de Málaga, es la primera que Ausbanc gana frente a CajaGranada.

El pronunciamiento judicial malagueño se apoya en la sentencia del Tribunal Supremo, del pasado mes de mayo, que consideró abusivas las cláusulas suelo incluidas por tres entidades crediticias, aunque en esta ocasión sí se especifica la devolución del importe cobrado por este concepto.

El delegado de Ausbanc en Granada ha subrayado que, de momento, la Asociación ha ganado todos los pleitos interpuestos por particulares, aunque ha detallado que menos del 20 % de los afectados recurre a la vía judicial.

Ausbanc ha apuntado además que estiman alcanzar los 2.000 casos de cláusulas abusivas con CajaGranada, un número mínimo frente a las cerca de 50.000 hipotecas que mantiene la entidad.

Cada afectado por cláusula suelo pagará una media de 20.000 euros de más por su hipoteca, según Ausbanc, mientras las demandas judiciales se tramitan en un plazo medio de ocho meses.

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miércoles, 17 de julio de 2013

La Caixa (Caixabank) y las Cajas Rurales revisarán las cláusulas suelo caso por caso mientras el Banco Popular y Banco Sabadell las mantienen

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La Caixa (CaixaBank) y las Cajas Rurales analizarán caso por caso a quien reclame para eliminar la cláusula suelo. Mientras Banco Popular y Banco Sabadell las siguen manteniendo. Habrá que ver en los próximos meses los movimientos que se producen al respecto.

El aviso que lanzó Luis de Guindos a los bancos para que se sumen a la eliminación de las cláusulas suelo en las hipotecas ha empezado a tener eco en algunas entidades no afectadas directamente por la sentencia del Tribunal Supremo (BBVA, NovaGalicia y Cajamar, que las han suprimido para todos sus clientes). Se trata de CaixaBank y de las cajas rurales, que han empezado a revisar estas cláusulas a los clientes que lo soliciten, aunque se tomará la decisión caso por caso y no se suprimirán de forma generalizada. Mientras tanto,Popular Sabadell -los grandes afectados por este asunto- han hecho oídos sordos al ministro y mantienen sus cláusulas porque consideran que son legales.


Guindos anunció en la Universidad Menéndez Pelayo de Santander que ha pedido al Banco de España que "ponga especial atención en la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo" porque crea una jurisprudencia que es aplicable a otras entidades no afectadas directamente por esta resolución judicial. A su juicio, la opinión del Alto Tribunal debe respetarse en todas las entidades y éste ha definido en qué circunstancias deben considerarse inválidas estas disposiciones. Pero no hace falta que se den todas a la vez; basta con que el cliente no tenga un "perfecto conocimiento de la cláusula, de su trascendencia e incidencia en la ejecución del contrato, a fin de que el consumidor pueda adoptar su decisión económica después de haber sido informado cumplidamente", según una aclaración de la Sentencia dictada el 12 de junio.

Según la mayoría de los expertos, esto implica que prácticamente todas las cláusulas suelo pueden considerarse inválidas. El propio Francisco González, presidente de BBVA, dijo el lunes en el mismo foro que "lo normal es que la supresión de las cláusulas suelo de las hipotecas se vaya extendiendo al resto de las entidades". González argumentó que "en el sistema financiero puede haber cláusulas igual de transparentes que las nuestras, pero no más". Por tanto, si las suyas son inválidas, las de los demás también.

No obstante el aviso del ministro no implica la obligación de suprimir los suelos. El subgobernador del Banco de España, Fernando Restoy, explicó el viernes también en Santander que la próxima semana se enviará a las entidades una circular sobre el reciente fallo del Supremo contra las cláusulas suelo opacas. En ella, "vamos a pedir que analicen a la luz de esa sentencia la naturaleza de sus cláusulas suelo, que en función de ese análisisdecidan cual es la actuación más adecuada y que informen al supervisor de ello, particularmente si esa actuación tienen impacto material sobre la cuenta de resultados". Lo que no hará el Banco de España es "entrar a valorar el contenido de documentos contractuales", añadió.

Estas advertencias han tenido ya respuesta en las primeras entidades. Se trata de CaixaBank y de las cajas rurales, que han puesto en marcha unos "protocolos" por los cuales van a revisar las hipotecas de los clientes que así lo soliciten. Esta política "caso por caso" se basará en un examen de las condiciones de cada cliente aunque sean las mismas para todos, con lo que evita a las entidades reconocer que han incurrido en una mala praxis generalizada. Cosa que sí ocurriría si suprimieran todos los suelos como BBVA, NovaGalicia y Cajamar. Es más, como muchos afectados no lo pedirán, el impacto en sus cuentas será mucho menor.

Porque ese impacto es la principal explicación para que la banca se niegue a suprimir los suelos. En el caso de CaixaBank puede ser relevante puesto que, aunque La Caixa no imponía suelos a sus clientes, sí lo hacían las entidades que formaron Banca Cívica (en especial Cajasol), adquirida en 2011 por la caja catalana. Según estimaciones de N+1, las hipotecas con suelo en CaixaBank alcanzan un importe de 13.000 millones de euros, el 6% de su cartera crediticia en España y el 8% de sus hipotecas. Obviamente, la exposición de las cajas rurales es muy inferior.


Popular y Sabadell se enrocan

Aunque sea caso a caso, estas entidades van a quitar el suelo a muchos de sus clientes, mientras que Popular (10.400 millones en hipotecas con suelo) y Sabadell (12.500 millones) han preferido ignorar la advertencia de Guindos y aferrarse a su argumento de que sus cláusulas son perfectamente legales. En consecuencia, no van a quitarlas salvo que sean condenados; y aun en ese caso, no las suprimirán de forma generalizada, sino sólo a los clientes que ganen las demandas. La razón para este inmovilismo es que la retirada de los suelos a todas las hipotecas acabaría con las previsiones de resultados para este año, e incluso correrían el riesgo de entrar en pérdidas.

Pero en el sector empieza a extenderse la idea de que no van a tener más remedio que claudicar y seguir el camino iniciado por BBVA. Es verdad que el impacto en resultados a corto plazo puede ser muy elevado, pero el daño reputacional puede ser superior, máxime cuando la imagen de la banca está en el peor momento en décadas y tras escándalos como el de los desahucios y el de las preferentes (que no afecta a las entidades sanas, pero la opinión pública mete a todos en el mismo saco). Eso sí, a cambio de esta retirada probablemente exijan a los clientes una contrapartida -subida del diferencial de la hipoteca, más comisiones, etc.-, pero Guindos también avisó de que la eliminación de los suelos debe hacerse "sin ninguna contrapartida para el banco".


La realidad actual, a Enero de 2015


Si bien La Caixa y las Cajas Rurales declararon que iban a revisar los casos y a eliminar las cláusulas suelo que no fueran transparentes, la realidad es que no lo están haciendo. Afortunadamente, los juzgados de toda España dan la razón a las demandas individuales que se planean para eliminar la cláusula suelo.  Prueba de ello es que nuestros abogados están ganando el 100% de las demandas planteadas. Aquí podéis ver algunos de los casos ganados por nuestros abogados los últimos casos:









Podéis ver todos los detalles de nuestro servicio de demandas, al que ya se han apuntado más de 1600 personas:

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sábado, 13 de julio de 2013

BBVA y Cajamar recurren la sentencia del Supremo sobre la cláusula suelo

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BBVA y Cajamar han presentado un recurso de nulidad ante el Supremo sobre la sentencia que este mismo tribunal falló el pasado 9 de mayo declarando nulas las cláusulas suelo opacas. Dicho incidente de nulidad se resolverá en setiembre.

Un fallo que llevó a estas dos entidades y a Novagalicia a anularlas de su cartera, con un impacto millonario para sus resultados. Pese a presentar este recurso, las tres entidades ya han comenzado a retirar las cláusulas suelo de todas sus hipotecas.

Fuentes jurídicas afirman que tanto BBVA como la entidad almeriense ya comunicaron que recurrirían esta sentencia. Aseguran que con los niveles de transparencia exigidos, “la sentencia infringe preceptos constitucionales y cambia las reglas del juego que no estaban contempladas.La sentencia del Supremo no había sido objeto de debate con las partes para tratar el precio con las entidades”.
Otras fuentes jurídicas añaden que la sentencia se centraba “en base a hechos y fundamentos jurídicos distintos de aquellos que habían sido objeto del proceso y declarados probados en la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, con vulneración del principio de congruencia”.
Novagalicia ha decidido no unirse al recurso de nulidad de BBVA y Cajamar al entender que una vez que ha comenzado a eliminar las cláusulas suelo –a los afectados se les paga un 4% de interés desde mayo hasta que se les quite del contrato dicha cláusula– “no tiene mucho sentido para ellos presentar un recurso”



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jueves, 13 de junio de 2013

NCG elimina las cláusulas suelo

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Novagaliciabanco (NCG) elimina las cláusulas suelo de las hipotecas a 90.000 clientes


NCG Banco ha anunciado este jueves que elimina las cláusulas suelo de sus hipotecas vigentes, con efecto a partir del pasado 9 de mayo, una medida que afectará a unos 90.000 clientes de la entidad -el 49% de los créditos con personas físicas- y a unos 6.600 millones de euros de financiación hipotecaria.

La entidad ha informado del acuerdo mediante un comunicado que ha remitido también a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013, que rechazaba este tipo de cláusulas en casos de falta de transparencia, y que fue aclarada en un auto del Alto Tribunal el miércoles. Aquí podéis ver el comunicado: http://www.ncgbanco.es/es/Informacion-Institucional/Oficina-de-comunicacion-/Notas-de-prensa/NCG-Banco-elimina-las-clausulas-suelo-de-sus-hipotecas

De este modo, el banco aplicará la eliminación de las cláusulas con efecto a partir del pasado 9 de mayo y durante las próximas semanas la red de NCG contactará con todos sus clientes para informarles de la modificación de los contratos hipotecarios y sus efectos. Esta medida, explica la entidad presidida por José María Castellano, se ha adoptado después de recibir la contestación a la solicitud de aclaración de la sentencia que habían presentado tanto NCG como BBVA y Cajamar. El Tribunal Supremo, agrega, se pronunció declarando nulas las cláusulas de limitación del tipo de interés a la baja, las conocidas como cláusulas suelo.

BBVA anunció el miércoles que dejaría de aplicar este tipo de cláusulas, mientras que NCG Banco se ha pronunciado ahora al respecto, aunque no ha aclarado el impacto que esta decisión tiene en sus cuentas.
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miércoles, 12 de junio de 2013

BBVA y Cajamar anulan las cláusulas suelo de todas sus hipotecas

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Se acaba de conocer la anulación tanto por parte de BBVA como Cajamar de sus cláusulas suelo

Las aclaraciones emitidas hoy por el Tribunal Supremo sobre su sentencia del 9 de mayo en la que establecía los supuestos en que son consideradas abusivas las claúsulas suelo en contratos hipotecarios han obligado a la banca a mover ficha. “BBVA dejará de aplicar, con efectos desde el pasado 9 de mayo de 2013, la citada cláusula suelo en los contratos de préstamo hipotecario con consumidores en los que hubiera sido incorporada”, reza el hecho relevante que la entidad acaba de enviar a la CNMV. La entidad calcula que la operación supondrá una reducción de su beneficio neto después de impuestos de 35 millones de euros solo en el mes de junio.

La reacción ha sido igualmente taxativa en Cajamar, donde aclaran que consideran sin efecto las cláusulas suelo incorporados en sus hipotecas con efecto desde el 9 de mayo. La sentencia del Supremo no tiene ningún tipo de carácter retroactivo por lo que las entidades no devolverán dinero a sus clientes, pero no aplicarán esta cláusula de nuevo en el futuro. La cláusula suelo establece un interés mínimo fijo sobre los intereses hipotecarios que impide a los clientes beneficiarse de mayores caídas del euríbor.

Comunicado a la CNMV de BBVA

Aquí podéis ver el comunicado publicado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores:
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domingo, 9 de junio de 2013

Situación actual de la cláusula suelo

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Comparecencia en el Congreso sobre la cláusula suelo de los Bancos condenados por el Tribunal Supremo

El pasado 5 de Junio comparecieron en la subcomisión del Congreso los representantes de los tres Bancos condenados a anular las cláusulas suelo por el Tribunal Supremo (BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco). Se esperaban alguna novedad sobre como iban a aplicar la sentencia pero finalmente la comparecencia fue un mero trámite sin ningún tipo de aclaración al respecto. Los tres bancos declararon que estaban a la espera de la aclaración del Tribunal Supremo sobre como aplicar la sentencia y tanto PP como PSOE también dijeron que quedaban a la espera de dicho auto aclaratorio. Por lo tanto a día de hoy no hay nada claro aunque los rumores siguen apuntando a que es muy posible que el BBVA las elimine automáticamente en la mayoría de casos. Nosotros seguimos recomendando reclamar individualmente y no esperar más para poder beneficiarse lo antes posible de la eliminación de la cláusula suelo.

Y mientras los juzgados siguen anulando cláusulas suelo y devolviendo lo cobrado de más

Mientras sigue la pasividad política al respecto, las demandas judiciales resueltas tras la sentencia del Tribunal Supremo han sido todas favorables a la anulación de la cláusula suelo y devolución de lo cobrado de más. En concreto han habido ya cuatro sentencias y en las cuatro el fallo ha sido el mismo, es decir anular la cláusula suelo y condenar a la entidad a devolver lo cobrado de más. Las sentencias han sido contra Unnim (Barcelona), Cajamar (Málaga), NCG (Orense), Cajamar (Málaga).
Las sentencias no son firmes aún y serán recurridas seguro por los Bancos a las Audiencias Provinciales pero las noticias en ese sentido son muy buenas pues dejan patente que en la mayoría de caso ha habido falta de transparencia en las cláusulas suelo y en muchos casos son abusivas.

A parte a destactar que la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a CajaSur a eliminar sus cláusulas suelo en sentencia publicada el 23 de Mayo. Eso quiere decir que quien tenga una hipoteca de CajaSur con dicha cláusula suelo deberá beneficiarse de esta anulación. Aquí podéis ver la sentencia anulando la cláusula suelo de CajaSur.

¿Y ahora qué?

Cómo hemos comentado antes nosotros recomendamos presentar reclamaciones lo antes posible, primero al Servicio de Atención al Cliente, luego al Defensor al Cliente y finalmente al Banco de España. Desde la sentencia del Supremo se están consiguiendo anular muchas cláusulas suelo por esta vía en especial del BBVA de Cajamar y del Banco de Sabadell. En  nuestra web explicamos como preparar la reclamación y tenemos un foro para cualquier duda que tengáis. A parte para quien quiera reclamar pero no quiera o sepa hacer la reclamación disponemos de nuestro servicio de redacción personalizada de reclamaciones.

Si una vez finalizada la vía extrajudicial no conseguimos la eliminación llega el momento de plantearse la demanda judicial. Dicha vía tiene el inconveniente que es cara y larga pero parece que está ofreciendo buenos resultados por lo que si no lo conseguimos mediante una reclamación vale la pena plantearse la demanda. Nosotros estamos trabajando con varios despachos de abogados para conseguir precios reducidos en la demanda para usuarios de clausulasuelo.info. De momento tenemos ya colaboradores en la provincia de Barcelona pero intentaremos conseguir en toda España para quien quiera pueda ponerse en contacto con ellos.

Mantenerse informado sobre la cláusula suelo

Nosotros a través de nuestra web iremos informando de todas las noticias y novedades al respecto de la cláusula suelo. En la actualidad tenemos una página donde vamos informando día a día de las noticias al respecto: Últimas noticias sobre la cláusula suelo y una cuenta de Twitter @Clausula_suelo (por cierto muchas gracias a todos porque ya tenemos más de 1000 seguidores). A parte sobre las noticias más relevantes siempre creamos un artículo detallándolas y explicando las consecuencias que pueden tener para ayudar a eliminar las cláusulas suelo. Finalmente, también recomendamos el Foro pues es una buena herramienta para compartir todos los casos concretos y ver las mejores maneras de eliminarla en cada caso: Foro.


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jueves, 9 de mayo de 2013

La esperada sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusula suelo

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Tal y como apuntaban los rumores que ya avanzamos en clausulasuelo.info se acaba de conocer la sentencia del Tribunal Supremo que anula las cláusulas suelo cuando hay falta de transparencia. A continuación os ponemos un avance de la noticia que iremos ampliando. También podéis descargar la sentencia aquí: Sentencia de anulación de la cláusula suelo por el Tribunal Supremo


La Sala Primera del Tribunal Supremo, en pleno jurisdiccional, ha fijado doctrina sobre la validez y la posibilidad de control judicial del carácter abusivo de las cláusulas suelo, incorporadas a contratos bancarios de préstamo a consumidores con garantía hipotecaria y a interés variable, y ha dictaminado que este tipo de cláusulas serán válidas cuando cumplan los requisitos de "especial transparencia" exigible en los contratos con los consumidores.
El Alto Tribunal ha aprovechado el pleito contra BBVACajamar Caja RuralSociedad Cooperativa de Crédito (hoy Cajas Rurales Unidas) y Caja de Ahorros de GaliciaVigoOrense y Pontevedra(hoy NCG banco) se había solicitado la declaración de nulidad por abusivas de las cláusulas que fijan un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia para sentar jurisprudencia.
Destaca que en el caso enjuiciado se declara la nulidad de estas cláusulas por falta transparencia y, a tal efecto, el Supremo estima que "no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles". El tribunal falla que la nulidad de estas cláusulas "no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas".
El Supremo establece en la sentencia que las cláusulas suelo, que califica de "lícitas", son válidas cuando cumplen los requisitos de especial transparencia exigible en los contratos celebrados con los consumidores.
Además, hace hincapié en que los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euríbor).
También deben ser informados "de forma clara y destacada", sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Supremo indica que el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.
Sienta jurisprudencia
El Supremo ha sentado jurisprudencia a partir de un caso concreto contra BBVA, Cajas Rurales Unidas y NCG Banco. Antes de analizar el asunto, la Sala señala que en los supuestos de cláusulas abusivas, los tribunales deben "atemperar" las clásicas rigideces del proceso, del tal modo que "no es preciso" ajustarse a la estructura de los recursos.
En el caso estudiado, el Supremo hace hincapié en que las cláusulas suelo que se incluían en estos contratos "superan el control de transparencia a efectos de su inclusión como condición general en los contratos, pero no el de claridad exigible en las cláusulas de los suscritos con consumidores".
Entiende que las cláusulas no son transparentes porque, entre otras cosas, se insertan "de forma conjunta" con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas y no existen simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.
También resalta que no hay información previa "clara y comprensible" sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad, en caso de existir, o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.
En el supuesto concreto de BBVA, advierte de que estas cláusulas se "ubican en una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor".
A este respecto, fuentes del banco que preside Francisco González han declarado a Europa Press que la sentencia "no cuestiona la validez de las cláusulas ni afecta a las cantidades pagadas" e insisten que "hay que esperar a conocer el detalle para poder valorar con más profundidad" el contenido de la resolución judicial.
Supresión de las cláusulas
Tras analizar las quejas presentadas por los demandantes, el Supremo procede a condenar a las entidades bancarias a eliminar de sus contratos las cláusulas examinadas "en la forma y modo en que se utilizan" y les prohíbe usarlas en el futuro tal y como estaban contempladas en estos contratos.
Además, establece que los contratos en vigor "seguirán siendo obligatorios para las partes en los mismos términos" pero sin las cláusulas abusivas. También declara la irretroactividad de la sentencia, por lo que la nulidad de las cláusulas no afectará a la continuación del contrato ni a los pagos ya efectuados.

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jueves, 11 de abril de 2013

El Gobierno obligará a los Bancos a informar de la existencia de cláusulas suelo

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Según leemos en EuropaPress, el Gobierno obligará a las entidades financieras a informar a sus clientes de la existencia de cláusulas suelo o techo cuando firmen una hipoteca, con el objetivo de fortalecer la protección del deudor en relación con el banco, aunque no se limita (al menos de momento) el margen de variabilidad de los tipos.

Para poder incluir esta previsión legal, el PP presentó una enmienda parcial al proyecto de ley Antidesahucios para incluir un nuevo artículo en el que se obligue al banco a exigir una "expresión manuscrita" del cliente reconociendo que "ha sido adecuadamente advertido de los posibles riesgos derivados" del contrato de préstamo.
   
Además, se precisa que este reconocimiento expreso de haber recibido información será obligatorio en las hipotecas sobre vivienda o para adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o edificios cuando se trate de un préstamo multidivisas, vaya asociado a la contratación de un instrumento de cobertura del riesgo de tipo de interés, o cuando "se estipulen limitaciones a la variabilidad del tipo de interés, del tipo de las cláusulas suelo y techo, en los que el límite de variabilidad a la baja sea inferior al límite de variabilidad al alza".

De esta manera, el PP solventa un problema que el Tribunal Supremo apreció hace mes y medio, cuando sentenció la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia, aunque sin poner en tela de juicio la propia existencia de estas cláusulas.

La verdad es que pensamos que esta medida se queda muy corta porque no afecta a las cláusulas suelo existentes en las que, en la mayoría de casos, los Bancos no informaron adecuadamente a los clientes. De hecho casi la totalidad de personas que contactan con nosotros y que tienen cláusula suelo en su hipoteca desconocían su existencia, cosa que demuestra claramente la falta de transparencia que han tenido los Bancos en este tema.

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lunes, 8 de abril de 2013

Según el Banco de España, si la cláusula suelo es abusiva Consumo puede multar a la entidad

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El Banco de España advierte que si las cláusulas suelo son abusivas, las autoridades de Consumo pueden actuar multando a los bancos, avalando así las tesis de FACUA-Consumidores
en Acción en cuanto a las competencias de los organismos de protección al consumidor.
En respuesta a una reclamación remitida por FACUA, el jefe del Servicio de Reclamaciones del Banco de España, Fernando Tejada, indica que "no puede pronunciarse" sobre el posible carácter abusivo de estas cláusulas al no ser un asunto de su competencia.

En este sentido, señala que "la atribución y calificación del carácter abusivo de una cláusula contractual, al amparo de lo dispuesto en la normativa contenida en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otra leyes complementarias, que es normativa de consumo, corresponde sancionarlo a las autoridades específicamente competentes en esa materia, o genéricamente a los órganos jurisdiccionales de la Administración de Justicia".

Con esta respuesta, el Banco de España muestra ahora la  misma posición que viene defendiendo FACUA en relación a la responsabilidad de las autoridades de protección al consumidor autonómicas para que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo y multen a los bancos.

A finales de marzo, FACUA denunció a cinco bancos ante las autoridades de consumo de las diecisiete comunidades autónomas. La asociación exige sanciones proporcionales a las dimensiones de las irregularidades cometidas con esta cláusula abusiva y los beneficios económicos que le viene reportando al impedir que los usuarios se hayan beneficiado de las bajadas del euríbor.

A las primeras entidades denunciadas, BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular, se sumarán más de una decena de bancos en los próximos días.

La asociación invita a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para contribuir a ampliar el número de bancos denunciados. Así, pueden enviarlas a su sede central de FACUA en Sevilla: calle Bécquer, 25 A, 41008.

FACUA pide a las CCAA que asuman sus competencias


En las denuncias, FACUA reclama a las agencias, institutos, direcciones y secretarías generales de consumo de las comunidades autónomas que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo, insten a los bancos al cese de las prácticas y la devolución de las cantidades cobradas irregularmente a los usuarios y apliquen sanciones contundentes.

Un altísimo porcentaje de los préstamos hipotecarios a interés variable concedidos en los últimos años incoporan una cláusula por la que se establece un interés mínimo a aplicar. Esto viene impidiendo que al revisarse anualmente el tipo aplicable se tome como referencia el euríbor más el diferencial que aparecen en el contrato si están por debajo del suelo.

Frente a esta cláusula suelo, las entidades financieras o bien no incluyen como contrapartida un tipo de interés máximo o cláusula techo, o ésta sí aparece en los contratos pero implica un tipo de interés desproporcionadamente alto, que en ningún caso se ha alcanzado teniendo en cuenta la evolución del euríbor en los últimos años y los diferenciales incluidos en las hipotecas.

FACUA argumenta en sus denuncias que las citadas cláusulas suelo han sido impuestas por las entidades financieras en sus contratos de préstamos hipotecarios sin que el usuario tuviese capacidad de negociación al respecto, con el claro objetivo de beneficiar al banco, introduciendo una clara situación de desequilibrio entre el prestador del servicio y el usuario.

Prueba de la ausencia de buena fe por parte de los bancos es que el techo establecido en los contratos que lo incluyen no es en ningún caso proporcional al suelo. Para que lo fuese, en el momento del contrato la diferencia a la baja entre el suelo y el euríbor más el diferencial tendría que haber sido la misma que la diferencia al alza entre éste y el techo.

Por qué son abusivas

En sus denuncias, FACUA recuerda que en estas cláusulas se producen los tres requisitos que para ser consideradas abusivas establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: que no exista negociación individual, que se produzca en contra de la buena fe un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes y que las circunstancias concurrentes en el momento de la firma del contrato así como todas las demás cláusulas del mismo lleven a esta conclusión.

El apartado 4 del artículo 82 de la citada ley, referido a la lista de cláusulas abusivas recogida en los artículos 85 a 90 del mismo, plantea que "en todo caso son abusivas", entre otras, las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", recuerda la asociación.

Asimismo, las citadas cláusulas también pueden encuadrarse en el supuesto que contempla el apartado 5 del artículo 87 de la ley, referido a las cláusulas abusivas por falta de reciprocidad: "son abusivas las cláusulas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato, contraria a la buena fe, en perjuicio del consumidor y usuario".

Por su parte, FACUA señala que la directiva europea sobre cláusulas abusivas establece en su artículo 7 que los Estados miembros deben velar por que las organizaciones que tengan un interés legítimo en la protección de los consumidores puedan acudir a los órganos administrativos competentes "con el fin de que estos determinen si ciertas cláusulas contractuales, redactadas con vistas a su utilización general, tienen carácter abusivo y apliquen los medios adecuados y eficaces para que cese la aplicación".
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